martes, 1 de enero de 2002

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2002)

Fuente: CIOSL
 
Las cuantiosas restricciones legislativas con respecto a los sindicatos continúan tal cual. Los trabajadores de los hospitales confrontaron actitudes antisindicales de parte del gobierno.
Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requieren por lo menos 30 trabajadores/as y no puede haber más de uno en una empresa o institución. Por lo menos un 90 por ciento de los miembros del sindicato deben ser ciudadanos hondureños y los extranjeros no pueden ocupar altos cargos sindicales.
Asimismo, se reconoce -aunque en forma limitada- el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los funcionarios no pueden hacer huelga. Los empleados de empresas estatales deben dar un aviso de seis meses y contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga.
El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.
Derechos en la práctica
En la práctica los trabajadores/as son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales y en las zonas francas los trabajadores sindicados son a veces incluidos en listas negras.
Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidaristas como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas.
El gobierno afirma que desea mejorar la aplicación de los derechos sindicales internacionalmente reconocidos y ha habido alguna mejoría, aunque lenta, en las maquiladoras.
Eventos en 2001
Honduras sigue siendo el país menos desarrollado de América Central. Persisten serias disparidades económicas y la delincuencia y la violencia no han menguado. Se piensa que son los grupos paramilitares de derecha los que estuvieron detrás de crímenes como el asesinato de Carlos Roberto Flores, un líder comunitario y ambientalista el 30 de junio, después de haber encabezado las protestas contra la construcción de un dique hidroeléctrico.
Negociaciones salariales bloqueadas
El gobierno bloqueó las negociaciones salariales del Sindicato de Trabajadores de la Medicina, Hospitales y Similares (SITRAMEDHYS) al negarse a responder a las reivindicaciones iniciales presentadas en junio y luego en julio militarizó la escuela del hospital.
En septiembre, el Ministerio de Salud prometió al sindicato que el gobierno haría una contrapropuesta que sería presentada por el Ministerio de Finanzas. No obstante, el Ministerio de Finanzas negó saber nada al respecto. El 14 de septiembre, el Consejo de Ministros emitió un decreto en el que se socavaban las demandas sindicales y se ponía en peligro su existencia. El decreto afirmaba que SITRAMEDHYS y otros sindicatos habían suspendido los servicios de salud poniendo vidas en peligro. SITRAMEDHYS insistió en que sus miembros habían continuado asegurando que se prestaran todos los servicios principales.
En la empresa Yoo Yang en la maquiladora La Lima se conculcaron los derechos de negociación colectiva. El sindicato de trabajadores de Yoo Yang STEVY, que finalmente logró el reconocimiento en 2000, inició negociaciones salariales en febrero de 2001. En noviembre se había avanzado muy poco. La empresa no presentó la contraoferta como había prometido el 3 de noviembre antes de las negociaciones fijadas para el 5 de noviembre. Tampoco se presentó a la reunión ni dio ninguna explicación por su ausencia. El incidente fue uno más en una larga lista de tácticas dilatorias que incluyeron una solicitud anterior de la empresa de que se extendiera un mes más el plazo para preparar su oferta. Este tiempo fue utilizado para intimidar a los efectivos sindicales a través de despidos arbitrarios o enviando a los trabajadores a trabajar en depósitos sin aire acondicionado ni baños, ni agua. A fin de año no se había solucionado este conflicto.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

sábado, 8 de diciembre de 2001

20 años del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República de Honduras y Protocolo anejo al mismo, sobre el Estatuto de Expertos en la Cooperación Técnica

CONVENIO BÁSICO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS

Deseosos de reforzar los lazos de amistad y cooperación existentes;
Reconociendo las ventajas de una estrecha cooperación;
Convencidos de la necesidad de favorecer su futura expansión por considerar los múltiples beneficios que se derivan de ello
Acuerdan lo siguiente:

ARTICULO I
1. Ambas Partes se prestarán Cooperación Científica y Técnica en todas las áreas de interés para ambos países.
2. Ambas Partes elaborarán y ejecutarán conjuntamente Programas y Proyectos de Cooperación Científica y Técnica con el propósito de acelerar y asegurar el desarrollo económico y el bienestar social de las dos Naciones.
3. Los Programas y Proyectos específicos de Cooperación Científica y Técnica, que serán concretados en sucesivos Acuerdos Complementarios, serán ejecutados con arreglo a las disposiciones generales del presente Convenio y a las específicas contenidas, en su caso, en los Acuerdos Complementarios, hechos por escrito y por separado, y firmados entre las Partes en base al presente Convenio.

ARTICULO II
La Cooperación prevista en el artículo I del presente Convenio podrá comprender:
a) El intercambio de Técnicos y Expertos para prestar servicios consultivos y de asesoramiento en la preparación y ejecución de los Programas y Proyectos específicos de Cooperación establecidos en los Acuerdos Complementarios.
b) La concesión de becas de estudio y estadías de adiestramiento o especialización.
c) El intercambio de información científica y técnica.
d) El intercambio de misiones de expertos y especialistas para ejecutar los Programas y Proyectos de Cooperación Científica y Técnica previamente acordados.
e) El desarrollo, decidido de común acuerdo, de estudios que contribuyan al desarrollo económico y social de ambos países.
f) Organización de Seminarios, ciclos de conferencias y programas de Formación Profesional y otras actividades análogas.
g) La entrega de los materiales y equipos necesarios para la realización de los Programas y Proyectos establecidos en los Acuerdos Complementarios.
h) Los trabajos de investigación en común sobre problemas científicos y técnicos, que pudieran eventualmente culminar en realizaciones económicas, industriales, sanitarias, educativas y otras.
i) La utilización en común, mediante los acuerdos previos necesarios, de instalaciones científicas y técnicas.
j) Cualquier otra actividad de Cooperación científica-técnica que sea convenida entre ambas partes.

ARTICULO III
La difusión de la información técnica o científica que ambas Partes intercambien en ejecución del presente Convenio podrá ser excluida o limitada cuando las Partes contratantes o los Organismos por ellas designados así lo convengan, antes o durante el intercambio.

ARTICULO IV
El intercambio de científicos, expertos y técnicos, así como otros extremos relativos a la ejecución del presente Convenio, se regulará por las condiciones de realización que se contienen en el Protocolo anejo sobre el Estatuto de los Expertos, que forma parte integrante de este Convenio.

ARTICULO V
1. Con vistas a asegurar la ejecución de las estipulaciones del presente Convenio, ambas Partes acuerdan la creación de una Comisión Mixta compuesta por los representantes respectivamente designados.
Dicha Comisión se reunirá alternativamente en cada uno de los dos países
La Comisión elaborara su Reglamento si así lo considera oportuno. Podrá crear Subcomisiones y Grupos de Trabajo.
2. Cada una de las Partes podrá, en cualquier momento, presentar a la otra propuestas de cooperación científico-técnica, utilizando al efecto los usuales canales diplomáticos.

ARTICULO VI
La Comisión Mixta, con independencia del examen general de los asuntos relacionados con la ejecución del presente Convenio, tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Identificar y definir los sectores en que es posible la realización de Acuerdos Complementarios así como de Programas y Proyectos específicos de Cooperación Técnica, asignándoles un orden de prioridad.
b) Determinar el programa de actividades de cooperación que deberá emprenderse.
c) Revisar periódicamente el programa en su conjunto.
d) Evaluar los resultados de la ejecución de los programas y proyectos específicos con vistas al mayor rendimiento de las actividades emprendidas en el marco de este Convenio y los Acuerdos Complementarios.
e) Proponer a ambos Gobiernos la aprobación de los Acuerdos Complementarios sobre las actividades de cooperación a que se refiere el artículo II.
f) Hacer las recomendaciones que estimen pertinentes a ambos Gobiernos.
A la terminación de cada sesión, la Comisión Mixta redactará un Acta, en la que se precisarán los resultados obtenidos en las respectivas áreas de cooperación.

ARTICULO VII
La participación de cada Parte en la financiación de los Programas y Proyectos de Cooperación Técnica que se ejecuten según las disposiciones del presente Convenio, será establecida, pare cada caso, en los Acuerdos Complementarios previstos en el punto 3 del artículo I.
Las partes podrán siempre que lo juzguen necesario solicitar la participación de Organismos Internacionales en la financiación y/o ejecución de Programas y Proyectos que surjan de las modalidades de Cooperación Técnica contempladas en este Convenio o en los Acuerdos Complementarios que se deriven del mismo.

ARTICULO VIII
Corresponde a las autoridades competentes de ambas Partes, de acuerdo con la legislación interna de ambos países, coordinar y programar la ejecución de las actividades de cooperación previstas en el presente Convenio y en los Acuerdos Complementarios derivados del mismo, y realizar al efecto los trámites necesarios.
En el caso de España, tales atribuciones competen al Ministerio de Asuntos Exteriores, y en el caso de la República de Honduras al Consejo Superior de Planificación Económica.

ARTICULO IX
Este Convenio se aplicará provisionalmente desde la fecha de su firma, entrando en vigor el día en que las Partes se notifiquen el cumplimiento de sus requisitos legales respectivos.
En el caso de que esta notificación no fuera simultánea, contará la fecha de la última notificación, a efectos de la entrada en vigor.

ARTICULO X
1. La validez del presente Convenio será de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos de un año, a no ser que una de las Partes notifique a la otra por escrito, con tres meses de anticipación, su voluntad en contrario.
2. El presente Convenio podrá ser denunciado por escrito por cualquiera de las Partes, terminando seis meses después de la fecha de la denuncia.
3. La denuncia no afectará a los Programas y Proyectos en ejecución, salvo en el caso de que las Partes convengan de otra forma.

Hecho en Tegucigalpa, Distrito Central, el día ocho de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, en dos ejemplares originales, en idioma español, igualmente válidos ambos textos.
Por el Gobierno de España,
Don José de Cuadra Echaide
Embajador extraordinario y Plenipotenciario
Por el Gobierno de la República de Honduras,
Angel Fortín Midence
Ministro de Relaciones Exteriores por Ley 

Protocolo anejo al Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República de Honduras sobre el Estatuto de Expertos en la Cooperación Técnica
 
A efectos de la ejecución del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre España y la República de Honduras y en concreto del artículo III del mismo, ambas Partes suscriben este Protocolo anejo al citado Convenio, con vistas a definir responsabilidades de cada una de las Partes en la realización de su cooperación técnica.

CAPITULO PRIMERO
Definiciones
En el presente Protocolo se entiende por:
a) <Organismos españoles>: las personas naturales o jurídicas de España, que sean consideradas como tales, según su legislación, y que están comprendidas en un Programa de colaboración científica y técnica con la República de Honduras.
b) <Personal español>: Los Asesores, Expertos, Educadores, Técnicos y otros especialistas enviados al territorio de la República de Honduras, con vistas a le realización de los Programas y Proyectos aprobados por la Comisión Mixta o por los oportunos Acuerdos Complementarios previstos en los artículos I y II del Convenio.
c) <Personas a cargo del personal español>: el cónyuge y los hijos que no alcancen la mayoría de edad.
d) <Organismos hondureños>: organismo designado por el Gobierno de la República de Honduras para realizar un Programa o Proyecto convenido por la Comisión Mixta para los Acuerdos Complementarios.

CAPITULO II
Responsabilidades del Gobierno de la República de Honduras
1. Serán aplicables a los expertos españoles cuantos privilegios y ventajas sean acordados por el Gobierno de Honduras a los expertos internacionales, en base a la cláusula de nación más favorecida.
Los organismos españoles y el personal español disfrutarán de los beneficios de exención de todo impuesto sobre Ingresos derechos de importación, arancelarios o cualesquiera otros impuestos o gravámenes fiscales, sobre los equipos profesionales y técnicos, los efectos personales y los aparatos electrodomésticos. De iguales beneficios gozarán las personas a su cargo. La misma franquicia se aplicará a la importación de m automóvil para cada uno de los miembros del personal español, con sujeción a lo establecido al respecto por la legislación hondureña.
3. Los miembros del personal español podrán exportar al final de su misión los efectos personales, electrodomésticos y el automóvil que hayan introducido en el territorio de la República de Honduras, conforme a lo establecido en el apartado anterior.
4. Los organismos hondureños competentes asumirán el pago de todo derecho, Impuesto o tributación referentes a los suministros que se internen en el territorio hondureño a los fines de la realización de los objetivos del presente Convenio.

CAPITULO III
Responsabilidad del Gobierno de España
1. El Gobierno de España tomará a su cuenta:
a) Los salarios, honorarios, asignaciones y otras remuneraciones correspondientes al personal español.
b) Los gastos de viaje (ida, regreso y vacaciones cada dos años) del personal español y de las personas a su cargo, entre el lugar de su residencia habitual y los lugares de entrada y salida del territorio de Honduras.
2. El Gobierno de España aconsejará a todo organismo y personal español que viaje a Honduras, en aplicación del presente Convenio, contratar un seguro contra los daños que puedan resultar de las actividades ejercidas en el marco de sus funciones.
3. El Gobierno de España proporcionará los equipos, instrumentos y materiales necesarios ara la realización de las operaciones, determinadas dentro de los límites de las decisiones adoptadas por la Comisión de Coordinación o en los Acuerdos Complementarios.
4. El Gobierno de España asumirá los gastos relacionados con la formación y el perfeccionamiento, en territorio de España, del personal hondureño que figure en los programas y proyectos aprobados por la Comisión Mixta o en los Acuerdos Complementarios.
5. Serán aplicables a los expertos hondureños cuantos privilegios y ventajas sean acordados por el Gobierno de España a los expertos internacionales, en base a la cláusula de nación favorecida.

CAPITULO IV
Disposiciones finales
1. Los bienes, materiales y objetos importados en el territorio de la República de Honduras c en territorio de España, en aplicación del presente Convenio, no podrán ser cedidos o prestados a título oneroso ni gratuito, salvo en las condiciones autorizadas por las autoridades competentes de ese territorio.
El presente Protocolo entrará en vigor, una vez firmado, en la misma fecha que la del Convenio Básico bilateral, siendo su validez de dos años, prorrogándose por períodos sucesivos de un año, a no ser que una de las Partes Contratantes lo denuncie por lo menos con seis meses de antelación antes de su vencimiento.

Hecho en Tegucigalpa, Distrito Central, el día ocho de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, en dos ejemplares originales, en idioma español, igualmente válidos ambos textos.
Por el Gobierno de España,
Don José de Cuadra Echaide
Embajador extraordinario y Plenipotenciario
Por el Gobierno de la República de Honduras
Angel Fortín Midence
Ministro de Relaciones Exteriores por Ley 

El presente Convenio y su Protocolo se aplican provisionalmente desde el 8 de diciembre de 1981, fecha de su firma, de conformidad con el artículo IX del Convenio.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 19 de febrero de 1982.- El Secretario general Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán. 

Consulta el texto íntegro en el BOE

20 años del Estatuto de Expertos en la Cooperación Técnica

 
A efectos de la ejecución del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre España y la República de Honduras y en concreto del artículo III del mismo, ambas Partes suscriben este Protocolo anejo al citado Convenio, con vistas a definir responsabilidades de cada una de las Partes en la realización de su cooperación técnica.

CAPITULO PRIMERO
Definiciones
En el presente Protocolo se entiende por:
a) Organismos españoles: las personas naturales o jurídicas de España, que sean consideradas como tales, según su legislación, y que están comprendidas en un Programa de colaboración científica y técnica con la República de Honduras.
b) Personal español: Los Asesores, Expertos, Educadores, Técnicos y otros especialistas enviados al territorio de la República de Honduras, con vistas a le realización de los Programas y Proyectos aprobados por la Comisión Mixta o por los oportunos Acuerdos Complementarios previstos en los artículos I y II del Convenio.
c) Personas a cargo del personal español: el cónyuge y los hijos que no alcancen la mayoría de edad.
d) Organismos hondureños: organismo designado por el Gobierno de la República de Honduras para realizar un Programa o Proyecto convenido por la Comisión Mixta para los Acuerdos Complementarios.

CAPITULO II
Responsabilidades del Gobierno de la República de Honduras
1. Serán aplicables a los expertos españoles cuantos privilegios y ventajas sean acordados por el Gobierno de Honduras a los expertos internacionales, en base a la cláusula de nación más favorecida.
Los organismos españoles y el personal español disfrutarán de los beneficios de exención de todo impuesto sobre Ingresos derechos de importación, arancelarios o cualesquiera otros impuestos o gravámenes fiscales, sobre los equipos profesionales y técnicos, los efectos personales y los aparatos electrodomésticos. De iguales beneficios gozarán las personas a su cargo. La misma franquicia se aplicará a la importación de m automóvil para cada uno de los miembros del personal español, con sujeción a lo establecido al respecto por la legislación hondureña.
3. Los miembros del personal español podrán exportar al final de su misión los efectos personales, electrodomésticos y el automóvil que hayan introducido en el territorio de la República de Honduras, conforme a lo establecido en el apartado anterior.
4. Los organismos hondureños competentes asumirán el pago de todo derecho, Impuesto o tributación referentes a los suministros que se internen en el territorio hondureño a los fines de la realización de los objetivos del presente Convenio.

CAPITULO III
Responsabilidad del Gobierno de España
1. El Gobierno de España tomará a su cuenta:
a) Los salarios, honorarios, asignaciones y otras remuneraciones correspondientes al personal español.
b) Los gastos de viaje (ida, regreso y vacaciones cada dos años) del personal español y de las personas a su cargo, entre el lugar de su residencia habitual y los lugares de entrada y salida del territorio de Honduras.
2. El Gobierno de España aconsejará a todo organismo y personal español que viaje a Honduras, en aplicación del presente Convenio, contratar un seguro contra los daños que puedan resultar de las actividades ejercidas en el marco de sus funciones.
3. El Gobierno de España proporcionará los equipos, instrumentos y materiales necesarios ara la realización de las operaciones, determinadas dentro de los límites de las decisiones adoptadas por la Comisión de Coordinación o en los Acuerdos Complementarios.
4. El Gobierno de España asumirá los gastos relacionados con la formación y el perfeccionamiento, en territorio de España, del personal hondureño que figure en los programas y proyectos aprobados por la Comisión Mixta o en los Acuerdos Complementarios.
5. Serán aplicables a los expertos hondureños cuantos privilegios y ventajas sean acordados por el Gobierno de España a los expertos internacionales, en base a la cláusula de nación favorecida.

CAPITULO IV
Disposiciones finales
1. Los bienes, materiales y objetos importados en el territorio de la República de Honduras c en territorio de España, en aplicación del presente Convenio, no podrán ser cedidos o prestados a título oneroso ni gratuito, salvo en las condiciones autorizadas por las autoridades competentes de ese territorio.
El presente Protocolo entrará en vigor, una vez firmado, en la misma fecha que la del Convenio Básico bilateral, siendo su validez de dos años, prorrogándose por períodos sucesivos de un año, a no ser que una de las Partes Contratantes lo denuncie por lo menos con seis meses de antelación antes de su vencimiento.

Hecho en Tegucigalpa, Distrito Central, el día ocho de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, en dos ejemplares originales, en idioma español, igualmente válidos ambos textos.
Por el Gobierno de España,
Don José de Cuadra Echaide
Embajador extraordinario y Plenipotenciario
Por el Gobierno de la República de Honduras
Angel Fortín Midence
Ministro de Relaciones Exteriores por Ley 

El presente Convenio y su Protocolo se aplican provisionalmente desde el 8 de diciembre de 1981, fecha de su firma, de conformidad con el artículo IX del Convenio.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 19 de febrero de 1982.- El Secretario general Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán. 

Consulta el texto íntegro en el BOE

lunes, 19 de noviembre de 2001

Acción especial de ayuda a los países centroamericanos afectados por la sequía

(684) Pregunta escrita Senado.
684/007911.
AUTOR: Varela i Serra, Josep (GC-CIU).


Asunto: Sobre si el Gobierno ha emprendido alguna acción especial de ayuda a los países centroamericanos afectados por la sequía.


Respuesta:

La actual situación de la población en algunos países de Centroamérica se ve agravada por una situación de sequía -relativamente habitual en aquellos países en estas fechas-, pero agudizada hasta alcanzar el grado de gravedad
en ciertas zonas bien localizadas de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Ha contribuido a empeorar notablemente la situación la casi completa pérdida de la cosecha del café, en parte motivada por la sequía, pero debida fundamentalmente al exceso de ese producto en el mercado internacional.
La cosecha del café suponía tradicionalmente un ingreso para familias modestas con el cual hacer frente a gastos de sus propias cosechas y para atender sus necesidades básicas. También se señala que las regiones afectadas por la sequía pueden realizar normalmente 2-3 cosechas anuales, de tal modo que si se perdiera en gran parte la actual cosecha, en pocos meses se dispondría de una nueva.


CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA
 

La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) sigue atentamente la evolución de la situación actual y permanece en continuo contacto con las autoridades locales a través de las Embajadas de España en esos países,
de las Oficinas Técnicas de Cooperación y de la propia Agencia desde su sede en Madrid; ha ofrecido desde el primer momento su apoyo para paliar, en la medida de lo posible, los efectos de la sequía. El Director General de Cooperación con Iberoamérica viajó a la zona a finales de septiembre de 2001, y el propio Secretario General de la AECI, que tenía un visita prevista que fue suspendida tras los atentados del 11 de septiembre, lo hará en los próximas semanas.
En cada uno de esos países se están tomando las medidas oportunas en función de los diversos planes de los Gobiernos y de las peticiones concretas realizadas por ellos, de acuerdo con los diagnósticos sobre la situación específica en cada uno y de las áreas más afectadas.
Se indican a continuación las medidas adoptadas -en Honduras- para mitigar los efectos de la sequía de entre los cuatro países afectados.


El Gobierno hondureño ha creado un grupo de trabajo que ha elaborado un diagnóstico de la situación.
La sequía afecta a los departamentos de Choluteca, Comayagua, Valle, Copán, El Paraíso, Francisco Morazán, Intibuca, La Paz, Lempira, Ocotepeque, Olancho, Santa Bárbara y Yoro, y las pérdidas estimadas alcanzarían al 78,5 %
del área sembrada. Esto ha provocado un claro caso de desabastecimiento,
reconociendo el Gobierno hondureño que la situación se puede volver crítica si las circunstancias de sequía se mantuvieran para una nueva cosecha. El déficit es grave en fríjoles y sorgo, granos básicos hondureños.
Del Fondo de Contravalor hispano-hondureño se ha dispuesto de 27.000.000 de ptas. que van a dedicarse a asegurar hasta fin de año el abastecimiento de las familias más necesitadas.
Se ha propuesto a la Secretaría de Agricultura la realización de un proyecto de siembra, en las zonas más afectadas, de productos adecuados a las condiciones climáticas y a las características de sus suelos, complementado con la puesta en marcha de planes de regadío, utilizando para ello la asistencia técnica del Programa Especial de Seguridad Alimentaria que la AECI lleva a cabo en Honduras a través de la FAO.
Por otra parte, en los proyectos bilaterales aprobados para este año se están realizando varios en materia de seguridad alimentaria que superan los 100 millones de ptas.

otros 100 millones de pesetas.
Madrid, 19 de noviembre de 2001.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.

viernes, 19 de octubre de 2001

Prestaciones por desempleo del personal español contratado al servicio de la Administración española en el extranjero


El artículo 2 del Real Decreto 2234/1981, de 20 de agosto, por el que se incluye en el Régimen General de la Seguridad Social al personal español contratado al servicio de la Administración española en el extranjero, queda modificado en los términos siguientes:

«Artículo 2. Acción protectora.
La acción protectora, afiliación y cotización por lo que respecta al personal al que se refiere el presente Real Decreto, afiliado a la Seguridad Social española, será la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo.»

lunes, 6 de agosto de 2001

I Edición de EXPO ESPAÑA

Fuente: EFE

La feria Expo España 2001, que concluye hoy en Honduras, "ha sido un éxito", aseguró el presidente de la Cámara Oficial Española de Comercio en Honduras, Arnoldo Zablah.
En declaraciones a EFE, dijo que la muestra ha marcado el inicio de una relación comercial y de negocios entre empresarios hondureños y españoles.
"Varios de los inversionistas españoles no sólo han venido a buscar potenciales socios, sino también representación en Honduras para algunas casas comerciales", añadió Zablah, quien señaló, además, que la empresa privada de San Pedro Sula, en la región norte de Honduras, ha recibido con mucho interés la Expo España 2001.
Zablah también adelantó que la Cámara Oficial Española de Comercio en Honduras espera celebrar anualmente una muestra similar, que podría ser presentada en junio de 2002, con ocasión de la feria patronal de esta ciudad, la segunda del país en importancia.
Asimismo, informó de que, en materia turística, la cadena Barceló está interesada en tener una mayor presencia en Honduras, que ya inició con la construcción de un hotel en La Ceiba, y otra empresa española, cuyo nombre no precisó, posiblemente construya un complejo en Islas de la Bahía, ambos lugares en el Caribe.
Silvestre Huguet Salvador, gerente general de la empresa AMT (Aceros, Maquinaria, Tratamientos), dijo a EFE que San Pedro Sula ofrece oportunidades al inversor extranjero y que, en el caso de su empresa, instalada hace unos 18 años, ha tenido una buena recepción el equipo industrial que ofrece.
AMT es distribuidora en San Pedro Sula de maquinaria de todo tipo, entre la que figuran tornos y herramientas para cortes.
Una de las marcas españolas que representa AMT en Honduras es Pinacho, que fabrica tornos y otra maquinaria industrial.
En Centroamérica, la maquinaria de Pinacho ha sido adquirida por algunas empresas en Tegucigalpa, la capital de Honduras, y en la ciudad de Santa Ana, El Salvador.
Otra de las industrias españolas que busca representantes en Honduras es Cisne, que ofrece productos para la limpieza, como friega suelos, cubos y carros.
En la Expo España 2001 también ha participado la empresa Ibero Equipos, con una muestra de equipo para la construcción e instalaciones para prefabricados.
Shalom Corporación, representante de pastelería y bollería española Castelló, espera comenzar a vender en Honduras, a partir de noviembre próximo, varios tipos de pan, reconocidos en países como Alemania, Portugal, Francia, Gran Bretaña e Italia, explicó a EFE el gerente de Operaciones, Werner De León.
El ejecutivo de Shalom Corporación indicó que ahora, la empresa sólo opera en Guatemala, donde tiene su sede regional, y que Honduras sería el segundo país de Centroamérica donde desarrollaría su trabajo. La empresa panificadora, de origen valenciano, lleva trabajando desde hace unos 50 años, y ofrece galletas, pan pizza, pan con jamón y pan tostado, entre otros artículos.
En la Expo España 2001 han participado 38 empresas españoles, y la Cámara de Comercio e Industria de Madrid hizo llegar a la feria una lista de más de 130 empresas interesadas en venir a Honduras.
El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) también participa en la feria comercial española, como parte de su programa de asistencia crediticia a pequeños y medianos empresarios de la región.
La Expo España 2001 fue inaugurada el pasado jueves por el designado presidencial (vicepresidente) hondureño, William Handal, a quien acompañaron el alcalde de San Pedro Sula, Roberto Larios Silva, y el embajador de España acreditado en Tegucigalpa, José Javier Nagore San Martín.

sábado, 30 de junio de 2001

40 años del Canje de Notas sobre supresión de visados entre España y Honduras

Se cumplen 40 años del Canje de Notas de 30 de junio de 1961 sobre supresión de visados entre España y Honduras, hecho en Tegucigalpa.

Conforme al mismo:
1. Los súbditos españoles sea cual fuese el lugar de su residencia, provistos de pasaporte válido expedido por las autoridades competentes de su país, podrán entrar y permanecer en Honduras sin necesidad de visado consular, por períodos superiores a tres meses.
2. Los ciudadanos hondureños, sea cual fuese el lugar de su residencia, provistos de pasaporte válido expedido por las autoridades competentes de su país, podrán entrar y permanecer en España, sin necesidad de visado consular, por períodos no superiores a tres meses.

jueves, 28 de junio de 2001

Cooperación Sindical para el Desarrollo

COMPARECENCIA DEL SECRETARIO GENERAL DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, RAFAEL RODRÍGUEZ-PONGA SALAMANCA, ANTE LA COMISIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL CONGRESO, PARA INFORMAR SOBRE LAS LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN Y PROYECTOS FUTUROS DE LA CITADA AGENCIA
(BOCG núm. 282, 28 de junio de 2001)

[...]

En tercer lugar, estamos convencidos de que el desarrollo necesita un marco institucional adecuado y por ello nos esforzaremos en apoyar el reforzamiento institucional, desde la institución más básica y sencilla, como puede ser la familia, hasta el apoyo a reformas administrativas y políticas que conduzcan al buen gobierno, la lucha contra la corrupción, la consolidación de la democracia y del Estado de derecho, las libertades individuales y la defensa de los derechos humanos, empezando por el primer derecho, que es el derecho a la
vida. Y en ese sentido trabajamos en cooperación con otros gobiernos, con otros agentes sociales y trabajamos también con las centrales sindicales, y esto es una novedad en la política de cooperación, por lo menos en la política de cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y es que vamos a establecer unos programas de cooperación con las centrales sindicales. De la misma manera que durante unos años en España el apoyo de centrales sindicales de otros países europeos significó un paso importante en la consolidación de la democracia, estamos convencidos de que las centrales sindicales españolas, y en concreto las centrales mayoritarias, Comisiones Obreras y UGT, pueden prestar un gran apoyo en el fortalecimiento institucional, sobre todo de los países iberoamericanos, y pueden contribuir por tanto al desarrollo económico y social de esos países.

[...]

miércoles, 9 de mayo de 2001

Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares

El Reino de España y la República de Honduras, en su deseo de permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas, sobre la base de un tratamiento recíproco, a los familiares dependientes a cargo de los empleados de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Representaciones Permanentes ante Organizaciones Internacionales de una de las Partes destinados en misión oficial en el territorio de la otra Parte, acuerdan lo siguiente:


ARTÍCULO 1

Los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en la República de Honduras y de la República de Honduras en España, quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado, una vez obtenida la autorización correspondiente de conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo. Este beneficio se extenderá igualmente a los familiares dependientes de nacionales españoles u hondureños acreditados ante Organizaciones Internacionales con sede en cualquiera de los dos países.

ARTÍCULO 2

Para los fines de este Acuerdo se entienden por familiares dependientes:

a) Cónyuge, b) Hijos solteros menores de veintiún años, que vivan a cargo de sus padres, o menores de veintitrés que cursen estudios superiores en centros de enseñanza superior y, c) Hijos solteros que vivan a cargo de sus padres y tengan alguna incapacidad física o mental.

ARTÍCULO 3

No habrá restricciones sobre la naturaleza o clase de empleo que pueda desempeñarse. Se entiende, sin embargo, que en las profesiones o actividades en que se requieran cualificaciones especiales, será necesario que el familiar dependiente cumpla con las normas que rigen el ejercicio de dichas profesiones o actividades en el Estado receptor. Además, la autorización podrá ser denegada en aquellos casos en que, por razones de seguridad, puedan emplearse sólo nacionales del Estado receptor.

ARTÍCULO 4

La solicitud de autorización para el ejercicio de una actividad remunerada se realizará por la respectiva Misión Diplomática mediante Nota Verbal ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta solicitud deberá acreditar la relación familiar del interesado con el empleado del cual es dependiente y la actividad remunerada que desee desarrollar. Una vez comprobado que la persona para la cual se solicita autorización se encuentra dentro de las categorías definidas en el presente Acuerdo, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor informará inmediata y oficialmente a la Embajada del Estado acreditante que el familiar dependiente ha sido autorizado para trabajar, sujeto a la reglamentación pertinente del Estado receptor.

ARTÍCULO 5

Un familiar dependiente que goce de inmunidad de jurisdicción de acuerdo con el artículo 31 de la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas o de acuerdo con la Convención de Privilegios e Inmunidades de Naciones Unidas, o cualquier otro instrumento internacional y que obtuviera empleo al amparo del presente Acuerdo, no gozará de inmunidad civil ni administrativa frente a acciones deducidas en su contra respecto de los actos o contratos relacionados directamente con el desempeño de tales actividades, quedando sometidas a la legislación y a los Tribunales del Estado receptor en relación a las mismas.

ARTÍCULO 6

En el caso de que un familiar dependiente goce de inmunidad ante la jurisdicción criminal del Estado receptor de conformidad con las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares o bajo cualquier otro instrumento internacional que pueda ser aplicable:

a) El Estado acreditante renunciará a la inmunidad del familiar dependiente en cuestión ante la Jurisdicción criminal del Estado receptor respecto de cualquier acto u omisión cometidos en relación con su trabajo, salvo en supuestos especiales en los que el Estado acreditante considere que tal renuncia fuese contraria a sus intereses.
b) La renuncia a la inmunidad de la jurisdicción criminal no se entenderá como extensible a la ejecución de la sentencia, para lo cual se precisará una renuncia específica. En tales casos, el Estado acreditante estudiará seriamente la renuncia a esta última inmunidad.

ARTÍCULO 7

El familiar dependiente que desarrolle actividades remuneradas en el Estado receptor, estará sujeto a la legislación aplicable en ese Estado en materia tributaria y de seguridad social en lo referente al ejercicio de dichas actividades.

ARTÍCULO 8

Este Acuerdo no implica reconocimiento de títulos, grados o estudios entre los dos países.

ARTÍCULO 9

La autorización para ejercer una actividad remunerada en el Estado receptor, expirará en un plazo máximo de dos meses desde la fecha en que el agente diplomático o consular, empleado administrativo o técnico del cual emana la dependencia, termine sus funciones ante el Gobierno u Organización Internacional en que se encuentre acreditado, sin que el tiempo que permanezca en esta situación tenga ningún valor ni produzca ningún efecto al solicitar permisos de trabajo y residencia regulados con carácter general en la normativa del Estado receptor.

ARTÍCULO 10

Las Partes se comprometen a adoptar las medidas que fueren necesarias para aplicar el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 11

Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación a la otra Parte por escrito y par vía diplomática de su intención de denunciarlo. La denuncia surtirá efectos transcurridos seis meses a partir de la fecha de la notificación.

ARTÍCULO 12

El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última Nota en la que las Partes se comuniquen el cumplimiento de los requisitos exigidos por sus respectivos ordenamientos jurídicos internos para la celebración de tratados internacionales.

En fe de lo cual, los abajo firmantes firman el presente Acuerdo.

Hecho en Madrid, el día 9 de mayo del año 2001 en dos ejemplares, siendo igualmente auténticos los textos.

lunes, 1 de enero de 2001

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2001)

Fuente: CIOSL 

A pesar de notables mejoras, en las maquiladoras los sindicatos siguen teniendo dificultades para desarrollar actividades. El contexto legislativo y económico engendra un clima poco propicio al desarrollo de sindicatos.

Marco legal restrictivo

En Honduras hay numerosos obstáculos legislativos que condicionan la creación de sindicatos. Los trabajadores de ciertas explotaciones agrícolas y de cría de ganado están excluidos del código laboral y, en consecuencia, no gozan de libertades sindicales. Se necesitan por lo menos 30 trabajadores para poder formar un sindicato, siempre y cuando no exista ya otro en la misma empresa o institución. Además, por lo menos el 90% de los afiliados del sindicato debe ser de nacionalidad hondureña y los extranjeros no pueden tener cargos directivos en el mismo.

La OIT critica las numerosas limitaciones del derecho de huelga, principalmente el quórum excesivo exigido, la imposibilidad de que las federaciones y confederaciones convoquen una huelga y también la facultad de las autoridades de poner término a un conflicto en sectores que no son servicios esenciales. Es también casi imposible hacer huelga en la función pública puesto que la ley exige un preaviso de 6 meses o una autorización gubernamental.

El gobierno se niega a reconocer sindicatos en las zonas francas de exportación

En las zonas francas de exportación hubo mejoras notables: lo demuestran los dos certificados de conformidad emitidos por primera vez a dos empresas hondureñas (por una entidad privada) para mejorar las condiciones de trabajo de las maquilas. No obstante, las violaciones de derechos no se han terminado y los sindicalistas sufren regularmente todo tipo de represión.

En julio de 1999, los trabajadores de Kimi y de Yoo Yang, dos empresas situadas en la zonas francas de exportación del Parque Continental de La Lima, decidieron formar un sindicato, el SITRAIMASH, con la esperanza de llevar a cabo una negociación colectiva para toda esa zona franca, conocida por su posición antisindical. En marzo de 2000, es decir, tres meses después del plazo estipulado por la ley hondureña, las autoridades rechazaban el pedido con el pretexto de que no se había cumplimentado el trámite de registro y que la ley prohibía la coexistencia de dos sindicatos en el seno de una misma empresa. Ahora bien, en realidad los trabajadores no tenían la intención de crear dos sindicatos dentro de la misma empresa sino una federación sectorial que se sumaría al sindicato que ya existía en la empresa KIMI. A raíz de la negativa del Ministerio de Trabajo, los trabajadores de Yoo Yang se vieron privados del derecho fundamental de sindicalizarse. Se apeló la decisión pero a finales del año todavía no se había tomado ninguna resolución. Por ese motivo, la Federación Internacional del Textil, el Vestido y el Cuero presentó una queja ante la OIT.

A pesar de ello, unos días antes de que las autoridades se pronunciaran por la negativa, Yoo Yang había hecho un acuerdo con SITRAIMASH que debía conducir a un convenio colectivo una vez que fuera reconocida la federación sectorial. La esperanza no duró mucho puesto que la patronal notificó al sindicato que no respetaría el acuerdo hasta tanto el SITRAIMASH no estuviera registrado oficialmente. Como reacción, los trabajadores decidieron fundar un sindicato de empresa. También en esta oportunidad se retardó el registro debido a maniobras turbias. Diversas organizaciones de índole social sospechaban que la empresa había sobornado a los dirigentes sindicales puesto que éstos dimitieron y desaparecieron el mismo día en que fue presentado el pedido de registro al Ministerio de Trabajo. Finalmente, los trabajadores consiguieron que se reconociera oficialmente su sindicato recién después de la segunda solicitud y tras 14 meses de espera; se llama Sindicato de Trabajadores de la Empresa Yoo Yang (STEYY).

Sin embargo, los trabajadores de KIMI no tuvieron esa suerte. KIMI fue la primera empresa de la zona franca que negoció con un sindicato y en 1999 el propietario de la misma la había declarado indeseable, afirmando que no quería sindicatos en su predio. No obstante, la empresa había conseguido permanecer allí con ciertas condiciones. Algo más tarde, la patronal decidió trasladar su producción a una empresa “no sindicalizada” de Guatemala, haciendo total caso omiso de los acuerdos negociados hasta entonces con el sindicato.

Fue reprimida una huelga

A comienzos del mes de octubre, la policía intervino de manera brutal durante una huelga convocada por la Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH). La CTH protestaba por el aumento constante de los servicios básicos (agua, electricidad...) y reclamaba asimismo un aumento salarial a fin de atenuar la disminución del poder adquisitivo de los trabajadores, que se degrada constantemente desde que pasara el huracán Mitch. En el curso de la huelga, la policía intentó dispersar en varias oportunidades a los trabajadores que manifestaban en zonas neurálgicas del país, principalmente en los puertos. En las filas de los manifestantes hubo decenas de heridos.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL 

miércoles, 29 de noviembre de 2000

Quesada narra las delirantes aventuras de un hondureño en Nueva York

Fuente: El País


El escritor Roberto Quesada (Honduras, 1962), afincado en Nueva York desde hace 11 años, narra en Big Banana, su segunda novela y la primera publicada en España, por Seix Barral, las "delirantes aventuras de un hondureño en Nueva York". Se trata de una obra impregnada de humor, sueños y ritmo frenético, protagonizada por un grupo de emigrantes latinos en la gran ciudad. Según contó el propio Quesada -que no quiere ser catalogado como un escritor del Tercer Mundo sino como un autor de Tres Mundos, Honduras, Nueva York y España-, en la presentación del libro en Madrid, en la que estuvo acompañado por Jesús Ferrero, llegó a Nueva York "una tarde lluviosa para engañar las lágrimas, con veinte dólares en el bolsillo y mudez idiomática". Pero huye de lo dramático y se decanta por el humor, "la mejor arma de defensa de todo un pueblo, el latinoamericano" y afronta "victorioso" la nostalgia.

Quesada, delegado ante la Asamblea General de las Naciones Unidas por la embajada de Honduras, relata en Big Banana las aventuras y desventuras de Eduardo Lin, un hondureño enamorado de Nueva York, al que no le importa malvivir en la Gran Manzana con tal de conseguir su sueño de ser actor. Su novia, Miriam, una periodista hondureña que siente fascinación por el personaje de James Bond, pero sólo por el interpretado por el Roger Moore; y el entrañable Casagrande, un chileno que comparte piso y sueños con el protagonista, son los otros dos pilares sobre los que descansa la novela. En Big Banana, "realidad y sueños se funden y confunden, y sus personajes se burlan de todo, empezando por sí mismos".

viernes, 24 de noviembre de 2000

Aprobado el primer Plan Director de la Cooperación Española

En los últimos veinte años, España ha pasado de la condición de receptor de ayuda oficial al desarrollo (AOD) a la condición de donante, cuya política de cooperación al desarrollo, inspirada en la Constitución, expresa la solidaridad del pueblo español con los países en vías de desarrollo y, particularmente, con los pueblos más desfavorecidos de otras naciones sobre la base de un amplio consenso político y social a escala nacional.


La Ley de Cooperación, en su artículo 31, reconoce a los sindicatos como uno de los agentes de la cooperación para el desarrollo, labor que han venido realizando en los ámbitos de programas de apoyo al fortalecimiento de las organizaciones sindicales de los países en desarrollo, así como en la puesta en marcha de actuaciones relacionadas con la creación de empleo, formación profesional, mejoras en el área social, procesos de democratización, buen gobierno, defensa de los derechos fundamentales, educación y sensibilización para el desarrollo. Así mismo se presta regularmente apoyo a los programas
de la OIT financiados por la AECI."



IBEROAMÉRICA
 
• Es el área principal de nuestra cooperación, tanto más cuanto que existe ya
un marco regional de cooperación, el Convenio de Bariloche, en el contexto de la Conferencia Iberoamericana, que requiere una atención preferente y recursos
específicos. En 1999 se destinaron 60.107 millones de pesetas a este área, a razón de 12.180 millones de pesetas en concepto reembolsable y 47.927 millones de pesetas en no reembolsable; es decir, el componente de liberalidad de nuestra AOD hacia esta región es el mayor de toda nuestra cooperación bilateral, lo que es coherente con las necesidades de una región donde el bajo nivel de ahorro nacional y el alto grado de exposición de su sector exterior a los países desarrollados, un 63%, aproximadamente,
implican un riesgo especial a problemas de endeudamiento externo.
• La liberalización y desregulación de la economía, en suma las reformas
económicas realizadas en la región han atraído un volumen sustancial de inversión directa. La presencia del sector privado español en esas economías es un dato de importancia a la hora de elaborar una estrategia de cooperación que refuerce el compromiso inversor de nuestro país dedicado especialmente al desarrollo social básico, infraestructuras e inversión en el ser humano con el objetivo primordial de alivio de la pobreza en un marco de desarrollo sostenible, para lo que un aspecto esencial es la formación de cuadros.



Dentro de Iberoamérica, sin embargo, el distinto nivel de desarrollo determinará un grado distinto de prioridad para la acción de la cooperación española. Los países que tendrán la consideración de países programa serán,
• en América Central: El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, los cuales representan el núcleo principal de la estrategia regional de cooperación para Centroamérica.
• en el Caribe: la República Dominicana.
• respecto a América del Sur, los países programa serán: Bolivia, Ecuador, Perú y Paraguay.
• además de este conjunto de países, mención particular merecen Colombia y Cuba.
• Colombia será objeto de un programa especialmente dirigido a acompañar el
proceso de arreglo del conflicto, cuyas bases ya se están estableciendo.
• en lo relativo a la política española de cooperación respecto a Cuba se dirigirá a facilitar la evolución interna del país y a apoyar la mejora de las condiciones de vida de la población cubana, tanto a través de la cooperación bilateral como de la realizada desde la Unión Europea.

Conforme a este primer Plan Director de la Cooperación Española, "Para lograr estos objetivos, [...] debe fomentarse una política de información y comunicación con los diferentes actores de la cooperación (sindicatos, empresas, instituciones y ONGs) que permita una mayor presencia española en la gestión y ejecución de proyectos de estos organismos."


En ese sentido, la estrategia incorporará a la propia Administración, Sindicatos, empresas y Organizaciones empresariales, Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo tanto a nivel bilateral como multilateral.

"Los sindicatos son instituciones especializadas en el ámbito laboral y uno de los tres pilares básicos del pacto social en el que se sustenta el actual estado de derecho. Entre sus fines esta la defensa de los derechos fundamentales de los trabajadores, actividad que realizan con carácter internacional.


Consulte el texto íntegro en www.aecid.es

martes, 7 de noviembre de 2000

Cooperación española tras el Mitch

Fuente: EFE

La cooperación no reembolsable de España a Honduras, el país de Centroamérica más afectado por el huracán Mitch en 1998, se ha cuadruplicado en los últimos dos años, según se informo hoy, martes.
El embajador de España en Tegucigalpa, Carlos Gómez-Múgica, dijo a EFE que después del Mitch se ha desarrollado un trabajo que ha servido para una mayor presencia española en Honduras.
Como ejemplo de esta presencias, Gómez-Múgica señaló que hace dos años solamente había dos organizaciones de desarrollo no gubernamentales (ONG) con sede y ahora hay 21.
Uno de los campos que más se ha fortalecido con la cooperación española es el de la educación, con la reparación y reconstrucción de escuelas y colegios en diferentes regiones del país.
Uno de esos centros es el "Instituto España Je
sús Milla Selva", en Te
gucigalpa, del cual fueron recientemente inauguradas 11 aulas con su respectivo mobiliario y laboratorios.
Este centro educativo, que durante la emergencia que provocó el Mitch se convirtió en albergue para miles de damnificados, también duplicó su población estudiantil.
Actualmente 5.000 estudiantes de nivel medio se forman en la institución, que fue visitada en noviembre de 1999 por el presidente del Gobierno español, José María Aznar.
Gómez-Múgica indicó que España continúa apoyando en Honduras "el reforzamiento de las instituciones democráticas, sin abandonar áreas tan sensibles como salud, educación y seguridad alimentaria, o tan importantes para el desarrollo económico como los proyectos forestales, teniendo en cuenta la vulnerabilidad del país".
La mayor parte de la ayuda se canaliza a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), clasificada en dos tipos de acciones: las motivadas por la emergencia tras el desastre ocasionado por el Mitch (fondos extraordinarios de emergencia) y aquellas otras que se inscriben en programas de cooperación.
Fernando Mudarra, director de la AECI en Honduras, dijo que el monto de la ayuda de emergencia y cooperación ordinaria para el período 1999-2000 asciende a 61,2 millones de dólares.
El Programa Ordinario de Cooperación incluye, entre otros proyectos, desarrollo de los municipios, ordenamiento territorial a nivel municipal y nacional; apoyo a la elaboración del nuevo sistema procesal penal, fortalecimiento del poder judicial, turismo, restauración y rehabilitación de monumentos históricos.
Otros se extienden a salud y educación como el apoyo al Programa Materno Infantil, al Centro Nacional de Biológicos, la lucha contra el SIDA, reformas al sistema educativo, alfabetización de adultos, construcción de 1.000 viviendas en el proyecto "Ciudad España" y asistencia a las comunidades indígenas.
España también financia la elaboración del mapa nacional de contingencias, un inventario de recursos hídricos, proyectos de pesca artesanal, cooperativas cafetaleras, fomento de empresas de mujeres para la producción y programas de becas.
El embajador de España destacó que la visita a Honduras de Aznar; del Príncipe Felipe de Borbón y la Infanta Cristina, después del paso del Mitch, fortalecieron las relaciones bilaterales.
Añadió que España "ha hecho un esfuerzo notable por contribuir a la reconstrucción y transformación de Honduras", y recordó que hay un compromiso de financiación en condiciones ventajosas por unos 200 millones de dólares.

martes, 24 de octubre de 2000

La cancillería de Honduras investigará la situación de 36 marineros hondureños que permanecen en un transatlántico retenido desde hace más de un mes en Barcelona

Fuente: EFE
La cancillería de Honduras investigará la situación de 36 marineros hondureños que permanecen en un transatlántico retenido desde hace más de un mes en Barcelona (España) como consecuencia de problemas financieros de la empresa naviera.
El viceministro hondureño de Relaciones Exteriores, Tomás Arita, dijo hoy a periodistas locales que, aunque se carece de un informe oficial sobre el caso, se han iniciado gestiones para que la embajada hondureña en Madrid brinde ayuda a los tripulantes.
Familiares de los marinos pidieron hoy, a través de la prensa, la asistencia gubernamental para el sustento de los marineros en Barcelona y su eventual regreso a Honduras.
Arita remarcó que se brindará ayuda a los marinos una vez que la cancillería conozca oficialmente un informe de su situación.
Los hondureños forman parte de la tripulación de 260 personas de 26 nacionalidades a bordo del crucero "Sea Wind Crown", que permanece en Barcelona desde el 17 de septiembre pasado por un embargo contra la empresa propietaria, "Premier Cruise Lines"(EEUU).
Según versiones difundidas por la prensa hondureña, las raciones de agua y alimentos del crucero se están agotando y no hay muchas posibilidades de un arreglo con la empresa.
Los marinos no han recibido sus salarios ni la liquidación por parte de la compañía de cruceros, que fue embargada por un banco estadounidense.

viernes, 7 de julio de 2000

Consejo de Ministros autoriza a hispano-hondureños a tener pasaporte español

Madrid, 7 jul (EFE).- El Consejo de Ministros aprobó hoy la firma del Protocolo Adicional entre el Reino de España  y la República de Honduras, que modifica el Tratado de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966, para adecuarlo al artículo 11.3 de la Constitución.

Se establece a tal fin que las personas que se hayan acogido a dicho Convenio podrán desvincularse de la aplicación del mismo, mediante declaración de voluntad ante la autoridad competente, sin perder la última nacionalidad adquirida.
Los efectos de este Protocolo para los españoles actualmente acogidos al Convenio son que se les va a poder documentar con pasaporte español y que van a poder ejercer sus derechos electorales en España, sin renunciar por ello a su nacionalidad hondureña ni al ejercicio de los derechos derivados de ésta.

sábado, 1 de julio de 2000

Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical



En el marco del 7º Congreso Confederal de CC.OO., y organizado por la Secretaría de Relaciones Internacionales, se celebró durante los días 10 y 11 de abril de 2000 un Seminario Internacional sobre «Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical». En él se abordaron los problemas que plantean los diferentes procesos de integración económica que se están desarrollando en el área y el impacto de las inversiones extranjeras en las economías de estos países, así como las políticas sindicales que deben enfrentarse a ellos.
La asistencia al 7º Congreso de CC.OO. de delegaciones de sindicatos de la práctica totalidad de los países de América Latina, con representaciones al máximo nivel, brindó la oportunidad de abrir un rico debate en el que se intercambiaron experiencias e ideas sin la necesidad de alcanzar unas conclusiones cerradas que la propia naturaleza de los temas tratados hubiera hecho difícil en cualquier caso. Sin embargo, los puntos de vista compartidos por la mayoría de los asistentes, que se resumen en el apartado de conclusiones de este número de Cuadernos Internacionales, configuran un importante acervo común.
El seminario se estructuró en una conferencia y dos paneles. La conferencia, que tuvo como título «Competencia global, integración parcial», la impartió Juan Ignacio Palacio, catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Enmarcó el debate a partir de las enseñanzas de la experiencia europea.
En el primer panel se analizaron y debatieron los procesos de integración económica y las respuestas sindicales y sociales a los mismos a partir de las ponencias presentadas por Daniel Vásquez, coordinador de Redacción y Propaganda de la UNSITRAGUA (Guatemala) Juan José Gorriti, secretario general de la CGTP (Perú), y Julio García, secretario de Integración del PIT-CNT (Uruguay).
Las experiencias de integración económica en Centroamérica, la región andina y el Cono Sur sirvieron de base para analizar estos procesos en todo el continente y su relación con la globalización, en el contexto de las políticas económicas neoliberales dominantes.
Frente a la realidad de un incremento de la pobreza y la desigualdad y de las
políticas de recorte de los derechos laborales y sindicales, resulta imprescindible el fortalecimiento del sindicalismo latinoamericano, siendo inaplazable reforzar su capacidad de coordinación y acción transnacionales. Integración política democrática, y no sólo económica, y extensión de los derechos sociales, desde un nuevo papel de lo público, son ejes vertebradores del pensamiento sindical frente a las políticas neoliberales.
Las inversiones extranjeras, tan necesarias pero también tan controvertidas, y la acción sindical en las empresas transnacionales fueron el tema del segundo panel.
Andrés Gómez, entonces secretario de Relaciones Internacionales de la Federación Minerometalúrgica de CC.OO., presentó una ponencia sobre acción sindical en las empresas multinacionales, y Oscar Valverde, experto en cooperación técnica y responsable del programa ACTRAV de la OIT, otra sobre relaciones laborales y diálogo social en las zonas francas y «maquilas».
De nuevo, la necesidad de coordinar eficazmente la acción sindical de los trabajadores de las empresas transnacionales resulta ineludible, y el papel que en ella han de jugar los sindicatos de los países en donde tienen su sede matriz las multinacionales es fundamental. Es uno de los pilares del internacionalismo solidario que la globalización no permite descuidar por más tiempo, a pesar de las muchas dificultades de este tipo de acción sindical. El papel de las multinacionales españolas en América Latina en sectores como la energía, las comunicaciones y la banca obliga al sindicalismo de clase español
a hacer de este tipo de trabajo una de las prioridades de su acción sindical internacional.
(...)

2.1. EL SISTEMA DE INTEGRACION CENTROAMERICANA (SICA)
Daniel Vásquez Cisneros
Coordinador Redacción y Propaganda de la UNSITRAGUA de Guatemala
El Sistema de Integración Centroamericana, conocido como SICA, necesariamente nos conduce a lo que se conoce como Sistema de Integración Económica de Centroamérica, SIECA, puesto que no puede obviarse el aspecto económico como fase de un proceso de integración, indistintamente la región en la que se aplique.
Como marco de referencia, históricamente, la región centroamericana surge de
forma integrada tras lograr su independencia, proclamándose como Provincias Unidas del Centro de América, como estados federados, cuya sede continuó siendo la misma que se asentó en el tiempo de la colonia, la provincia de Guatemala.
Centroamérica antes de alcanzar su independencia, su control absoluto desde la capitanía general del Reino de Guatemala sobre el resto de sus provincias, tendencia que continuó aún después de su independencia. Se sumó la concentración de la industria manufacturera y consecuentemente la economía de la región, lo que permitió a Guatemala alcanzar mayor desarrollo industrial y de infraestructura ante el resto de países de la región.
 
Situación de Centroamérica de 1923 a 1950
En la década de los años veinte, de relativa bonanza económica, surgieron y se desarrollaron movimientos obreros y campesinos en toda Centroamérica. Recibió tal impacto por vía de pequeños grupos de intelectuales y de artesanos, en donde la futura historia social de esta región encontrará las raíces de los actuales conflictos.
Surge la organización sindical en las plantaciones y los movimientos de protesta con caracteres más modernos. La huelga de los obreros de la Fruit Co. en Honduras y en Nicaragua revela un comportamiento ideológico nuevo que nada tiene que ver con la pasividad campesina. Son, sin embargo, movimientos económicos sin ningún contenido político y corresponden al despertar de una conciencia nacionalista que la crisis de 1930 postergó para otra generación.
El balance general de esta etapa es muy desfavorable para el proceso de desarrollo y para la consolidación de la sociedad nacional en Centroamérica. Tal período puso de manifiesto no sólo los efectos y limitaciones de la reforma liberal, sino la imposibilidad de modernizar el sistema político y su base económica.

Factores que favorecieron la integración económica
No puede aducirse causa única que condujera a la fórmula de una nueva modalidad de desarrollo económico sobre la base de la integración de los Estados de la antigua federación;
es decir, que existen varios factores que favorecieron la integración económica:
1. Como resultado de la insatisfacción de los grupos urbanos se habían producido en Centroamérica significativos cambios políticos.
2. En el año 1940, Costa Rica tiene importantes reformas sociales, dando paso a la superación de modalidades dictatoriales tradicionales de organización económica.
3. En 1944, Guatemala, con el derrocamiento de la dictadura del coronel Jorge Ubico que duró 30 años, dio paso a reformas económicas y sociales.
4. En 1948 en El Salvador es derrocada la dictadura del general Maximiliano Hernández Martínez.
5. En ese mismo año en Costa Rica, producto de una rebelión, si bien tuvo origen electoral, se dan cambios en el mismo orden.
6. En 1949, Honduras, ante la dictadura del general Tiburcio Carías se abre paso a cambios.
7. En Nicaragua, si bien Anastasio Somoza continúa gobernando, empezó a presentar otra imagen menos dictatorial.
 
En síntesis, la región centroamericana empezó a advertir una voluntad de renovación.
Como en todo proceso, se presentan algunos obstáculos contra la integración. En su mayoría, industriales y agricultores recelaban del libre comercio por temor a su propia ineficiencia, por lo que se oponían a la liberalización del intercambio, así como una serie de excusas sin fundamento.
Al inicio de la década de los años 50, la tendencia moderna hacia la integración económica centroamericana sólo existía como instrumento de libre comercio del istmo. A partir de 1951, lentamente tomaba cuerpo el programa multilateral de integración económica auspiciado por la CEPAL.
La iniciativa de El Salvador de iniciar la concertación de tratados bilaterales de libre comercio con los demás Estados condujo al resto de países de la región a hacerlo con los demás Estados.
Los tratados bilaterales eran modestos en sus alcances y podían calificarse de tímidos experimentos; sin embargo, constituyeron la base del Mercado Común Centro Americano.
Centroamérica inicia sus procesos de integración en 1950, un siglo después de su independencia y las guerras civiles que dieron al traste con la federación, los 5 Estados centroamericanos se encontraban entre los países más pequeños y menos desarrollados de América Latina, con una población de 8 millones de personas.
La dependencia de cada Estado de los capitales y mercados del exterior, el crecimiento económico sostenido se veía entorpecido por el escaso ahorro, la débil capitalización, la carencia de tecnologías modernas, la inestabilidad de los mercados exteriores y la distribución desigual del ingreso, condiciones que se mantienen en la actualidad, las cuales no han sido factor positivo en el proceso de integración.
Frente a todo ello, el crecimiento acelerado de la población motivaba a enfrentar un problema con mayor gravedad, pues se encontraba insuficiente para promover empleo a los centroamericanos y menos para mejorar las condiciones de vida de los sectores mayoritarios.
Al inicio del programa de integración económica centroamericana, la influencia de la ONU se hizo sentir particularmente por medio de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) con un pensamiento económico desarrollista nacionalista.
En ese organismo imperaba un espíritu de solidaridad latinoamericano y una convicción cada vez más definida de que el desarrollo de América Latina requería una acción conjunta en el ámbito de lo económico, con posibilidades de expansión de la demanda mediante el intercambio recíproco, a fin de lograr una mejor integración de sus economías y un mayor desarrollo de su productividad y de su ingreso real.
Ello sólo podría alcanzarse mediante el impulso de desarrollo por vía de la industrialización y la sustitución de importaciones.
La CEPAL solicita al secretario ejecutivo de la Comisión invitar a los gobiernos centroamericanos a constituir un Comité de Cooperación Económica integrado por los ministros de economía, con lo cual se inicia oficialmente el Programa de Integración Económica Centroamericana, contando con una Secretaría Técnica de la CEPAL y con un organismo coordinador, el Comité de Cooperación Económica del istmo centroamericano (CCE).
 
El Comité de Cooperación Económica llegó a contar con seis subcomités de carácter permanentes:
1. De Comercio.
2. Coordinación Estadística.
3. Electrificación.
4. Transporte.
5. Vivienda.
6. Desarrollo Agropecuario.
Contaba, además, como órgano permanente con la Comisión de Iniciativas Industriales.

El CCE cumplió un extraordinario papel a lo largo del proceso de integración económica, especialmente durante la década de los años 50, planteando la cuestión de si Centroamérica debía entrar de inmediato a una unión económica o si por el contrario, a una integración gradual.
Se considera no proceder de inmediato a la unión económica completa de las repúblicas centroamericanas, aún cuando ello constituye una aspiración histórica de todas ellas.
Dicha unión tendría consecuencias políticas y administrativas, e implicaría uniformidad en la legislación, unificación monetaria, unificación arancelaria hacia el exterior, unificación fiscal y centralización de la política de desarrollo económico.
En cambio, en algunas actividades económicas importantes, especialmente las de carácter industrial y de transformación de productos agropecuarios y minerales, sería factible establecer unidades de producción del tamaño adecuado para aprovechar las materias primas de la región y poder abastecer los mercados centroamericanos en su conjunto a costos de producción lo más bajos posibles. Lo que significaba establecer industrias nuevas evitando pequeñas fábricas en los diversos países, ubicadas en aquellos sitios que, por
el mercado o cercanía de la materia prima, la mano de obra, la energía, el combustible o por los medios de transporte disponibles, fueran los más convenientes.
A ello se debe que en la región centroamericana se asentaron empresas industriales estratégicas como el caso de la fábrica de vidrio en Guatemala y Costa Rica, el cemento en Guatemala para abastecer a toda la región, las empresas de neumáticos en Guatemala y Costa Rica, entre otras.
En suma, tal como fue concebida originalmente, la integración debía ser enfocada como un proceso gradual y progresivo, y debía responder al objetivo del desarrollo tanto nacional como el de la región en su conjunto.
A comienzos de la década de los años 60 era sentir general que la ODECA podría considerarse como un experimento más entre los tantos que habían fracasado para dar unidad a las repúblicas del istmo.
 
Se crearon los siguientes órganos:
1. Reunión de los Jefes de Estado.
2. Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores.
3. Consejo Ejecutivo.
4. Consejo Legislativo.
5. Corte de Justicia Centroamericana.
6. Consejo Económico Centroamericano.
7. Consejo Cultural y Educativo.
8. Consejo de Defensa Centroamericana.
 
La Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) es debilitada, producto de que la jerarquía subordinaba del Consejo Económico Centroamericano a la Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores.
Hasta la década de los 70, el Programa de Integración Económica Centroamericana pasó por tres etapas.

PRIMERA ETAPA. De 1951 a 1957. Se caracterizó por la suscripción de una serie de tratados bilaterales que ofrecieron nuevas experiencias en materia de intercambio.
Analizando los problemas relacionados con la elaboración de la Nomenclatura
Arancelaria Uniforme Centroamericana (NAUCA) y su manual de Codificación que permitiera negociar el libre comercio y la equiparación arancelaria.
El programa de integración dio origen a dos instituciones centroamericanas, las cuales se fundaron con la cooperación de las Naciones Unidas: La Escuela Superior de Administración Pública para América Central (ESAPAC) y el Instituto Centroamericano de lnvestigación y Tecnología Industrial (ICAITI).
Se crean diversas instituciones al margen del programa de integración: Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP), el Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA), la Cooperación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COSESNA) y el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).
SEGUNDA ETAPA. De 1958 a 1960. En ella tienen inicio las primeras experiencias de cooperación multilateral en materia de liberación del comercio, con la suscripción del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica.
Se ampliaron los estrechos mercados nacionales y se empezaron a crear condiciones para poner en funcionamiento una zona libre de comercio así como un mercado común y una unión aduanera, así como para ordenar el desarrollo industrial de la región.
Se alcanza la suscripción del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica. La suscripción no se logró con facilidad, ya que eran pocas las reservas que tenían los países respecto de varias cláusulas, lo mismo que sobre algunas del Convenio sobre el Régimen de Industrias Centroamericanas de Integración, que se negociaba a la par. Fórmulas transnacionales la hicieron posible.
Desde el primer planteamiento que la CEPAL formuló al Comité de Cooperación
Económica en 1952, insistió en un Programa de Integración basado fundamentalmente en una política regional de desarrollo industrial y en una liberación limitada del intercambio.
El gran problema para lograr la industrialización era la magnitud de los mercados por no existir mercados propiamente nacionales, sino más bien locales, con frecuencia aislados unos de otros debido a las malas comunicaciones. En los convenios comerciales se discutió sobre la adopción de un arancel común de conformidad a los suscritos entre los países centroamericanos, como instrumento para llegar a una unión aduanera
centroamericana.
TERCERA ETAPA. De 1960 a 1970. Se caracteriza por el impulso extraordinario del Programa que permitió conocer sus mejores momentos y sus crisis más profundas.
Se puso en marcha la vigencia del Tratado General de Integración Económica Centroamericana en el territorio de los cinco países, dando como resultado una extraordinaria aceleración del proceso que produjo un notable crecimiento del comercio entre las zonas como: el desarrollo de la infraestructura de la región y la interconexión de sus redes viales; el financiamiento conjunto de las actividades productivas; el perfeccionamiento del Arancel Externo Común; la suscripción de compromisos monetarios y cambiarios; la creación de regímenes jurídicos uniformes especialmente en los campos aduaneros, de incentivos fiscales a la industria y de la propiedad industrial.
Pero también, durante esta etapa, el Programa de Integración vive sus perores experiencias.
Se resalta en esta etapa el desigual desarrollo de los Estados y su consiguiente desigualdad en los beneficios, que habrá de dar origen a graves dificultades; la falta de una conducción adecuada del proceso, resultante de los frecuentes cambios en las estructuras gubernamentales nacionales; el comportamiento no siempre positivo de algunos elementos del sector empresarial de la región, que termina por degenerar el concepto de libre comercio limitado a productos originarios; la falta de coordinación
entre las políticas de desarrollo nacional y las convenidas dentro del Programa, que conspira contra su necesaria coincidencia y, por último, la guerra entre El Salvador y Honduras, que termina de desintegrar el Mercado Común.
Se concluye que durante la tercera etapa tuvieron lugar los hechos que determinaron el auge y la caída del Programa de Integración Económica Centroamericana.
 
Asimismo, en el proceso de integración centroamericana se distinguen las siguientes fases o etapas:
PRIMERA: Una Zona de Libre Comercio caracterizada por la eliminación o reducción progresiva de todo tipo de barreras arancelarias y no arancelarias que impidan o dificulten el intercambio de mercancías originarias, naturales o manufacturadas, entre los territorios de los Estados miembros, con miras a asegurar su libre circulación.
SEGUNDA:Un Mercado Común en el cual, además del libre comercio, comprende
la unificación de los aranceles de los países miembros para el resto del mundo y se uniforma la política comercial externa en sus aspectos más importantes.
TERCERA: La Unión Aduanera supone el libre comercio para todo tipo de mercancías, cualquiera que sea su origen, una administración aduanera común y la comunidad de los ingresos fiscales provenientes del arancel uniforme de importación.
CUARTA: La Unión Económica en la que, además de todo lo anterior, se aseguraría el libre movimiento de personas, bienes y capitales y se adoptarían políticas comunes en lo económico y social.
Por otro lado se apunta que los dirigentes del Programa de Integración, por resolución del Comité de Cooperación Económica del istmo, solicitó a la CEPAL que en cooperación de los organismo financieros internacionales, estudiara las formas de financiamiento que fueran más adecuadas para realizar los planes de desarrollo e integración en Centroamérica.

Como resultado de los estudios efectuados por la CEPAL, se advirtió la necesidad de crear lo que entonces se llamó Instituto Centroamericano de Fomento.
En 1961 se constituye el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), que se encargará promover la integración económica y el desarrollo económico equilibrado de los países miembros, atendiendo proyectos de infraestructura, de inversión a largo plazo en industrias de carácter regional, proyectos de especialización agropecuaria, proyectos de financiamiento de empresas que requieran ampliar sus operaciones, proyectos de financiamiento de servicios que sean indispensables para el funcionamiento del mercado común así como otros proyectos productivos.
Otros procesos de integración en la región La confrontación social en la región centroamericana, cuya máxima expresión se manifestó en la guerra protagonizada por grupos insurgentes y ejércitos de Centroamérica,
especialmente en los países de Guatemala, El Salvador y Nicaragua, provocó
inestabilidad política que repercutió en la situación económica y de integración a nivel de la región.
La profundización del neoliberalismo y sus programas de ajuste estructural, así
como la integración de mercados en el continente europeo y asiático, obliga a los Estados Unidos a cambiar su política militarista en la región por una política de democratización, aunque formalista, para constituir un mercado en la región latinoamericana.
Para el efecto impulsa un proceso de pacificación en la región.
Aquel espíritu de unidad, de integración de nuestros países trae como consecuencia la iniciativa de países como Panamá, Colombia y México de constituir un grupo al que se denominó Grupo Contadora; sin embargo, por los problemas sociales que se dieron en ese momento en Panamá con la invasión estadounidense y los problemas de Colombia, y por creer que era una intervención en los problemas de la región centroamericana, éste fracasó y surge la alternativa materializada en Esquipulas I y consolidada en Esquipulas lI, foros de los presidentes centroamericanos donde se asumió el compromiso de buscar la pacificación del área, la democratización de los gobiernos y el
respeto a la soberanía nacional.
En ese contexto, el movimiento sindical centroamericano, y fundamentado en los compromisos de los gobiernos en los acuerdos de pacificación en cada país, tanto organizaciones afiliadas a la ORIT-CIOSL, CLAT-CMT y aquellas que sin afiliación alguna constituyen la línea independiente de la región para coadyuvar con estos procesos y especialmente con la integración constituyeron un proceso denominado Coordinadora Centroamericana de Trabajadores, COCENTRA, la cual en los primeros años de la década de los 90 desarrolló un trabajo muy efectivo e hizo planteamientos serios desde el punto de vista político, económico y social a los distintos foros o reuniones que presidentes
y ministros llevaron a cabo en la región.

Este proceso se ha visto un poco disminuido por la creación de otras instancias, que aunque su objetivo es fortalecer, provocó la división y la propia línea de cada una de las indicadas, las cuales hacen esfuerzos por seguir en el proceso de unidad y planteamientos de integración. Asimismo, a lo largo de los procesos integracionistas, la sociedad civil crea la instancia denominada 
INICIATIVA CIVIL PARA LA INTEGRACION CENTROAMERICANA, con participación de distintos sectores organizados de la sociedad civil, en la cual se discuten temas de connotada relevancia, en cuyo seno se encuentra conformada una mesa laboral con participación de dos referentes, COCENTRA y
CTCA, cabe señalar que las discusiones y propuestas no estuvieron a la altura del proceso oficial y que en la actualidad se ha estancado.
La ICIC se aglutina por la necesidad de incidir en los procesos oficiales, ya que el movimiento social no estaba representado en el SICA, por lo que no se reflejaría la propuesta y los planteamientos sobre los problemas sociales.
Como resultado de estas iniciativas de los Estados de la región, se constituye lo que hoy se conoce como Parlamento Centroamericano, cuyos diputados son electos popularmente.
Si bien no tiene poder coercitivo, permite impulsar discusión de temas como:
la necesidad de la creación del Código Laboral Centroamericano.
El proceso de integración centroamericana, y especialmente en el marco de las organización sindical, se sigue fortaleciendo a través del diálogo, la negociación y el consenso que se ha impulsado y dentro de los cuales ha contado con el apoyo del Consejo Económico Social de España y en el caso muy particular de Comisiones Obreras, apoyo que ha tenido obstáculos por algunos sectores que pretenden mantener la confrontación en los países del área.
Como en todo proceso de integración en cualquier región del planeta, el eje principal ha sido el referente al aspecto económico como fórmula impuesta por la globalización y el impulso de las políticas económicas.



Cuadernos Internacionales nº 51 (Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical)