miércoles, 16 de septiembre de 2026

Ciudadanía exterior

COMITÉ ÚNICO PLEX
PERSONAL LABORAL EN EL EXTERIOR

LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR EXIGEN SERVICIOS PÚBLICOS FUERTES Y CONDICIONES DE TRABAJO DIGNAS

El Comité Único del Personal Laboral en el Exterior (CUPLEX) reivindica la protección efectiva de los derechos de la ciudadanía española residente en el exterior. Asimismo, reclama que las nuevas exigencias derivadas de la Ley de Memoria Democrática y de las actuaciones sobre el censo electoral vayan acompañadas de los recursos humanos, organizativos y preventivos necesarios.

La situación creada en las últimas semanas en torno a la aplicación de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, la formación del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y el ejercicio del derecho de sufragio ha abierto un nuevo debate. Esto afecta directamente a millones de españolas y españoles residentes en el exterior. Además, puede tener consecuencias importantes para el funcionamiento de la red consular y las condiciones de trabajo del personal que presta servicio en ella.

Desde el CUPLEX consideramos necesario abordar conjuntamente ambas dimensiones. Es preciso garantizar los derechos de la ciudadanía española en el exterior y unas condiciones de trabajo adecuadas para el personal encargado de hacerlos efectivos.

Los derechos de la ciudadanía española no dependen de su lugar de residencia

Vivir fuera de España no puede convertir a ninguna persona española en ciudadana de segunda categoría. La Constitución reconoce el derecho de participación política y establece expresamente que el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los ciudadanos españoles que se encuentren fuera del territorio nacional.

La Administración electoral debe aplicar los procedimientos establecidos legalmente mientras permanezcan vigentes. La reforma electoral de 2022 puso fin al denominado voto rogado. Respondió a años de reivindicaciones de la ciudadanía española en el exterior, de los Consejos de Residentes Españoles y de numerosas asociaciones y colectivos de la emigración. Su objetivo fue remover obstáculos que habían reducido de forma extraordinaria la participación electoral exterior.

El CUPLEX considera que las garantías del sistema electoral y la efectividad del derecho al voto no deben plantearse como objetivos contrapuestos. Las administraciones públicas están obligadas a garantizar ambos. Los procedimientos deben ser seguros, transparentes y verificables, pero también accesibles y capaces de hacer efectivo el ejercicio de los derechos desde el exterior.

La nacionalidad y la emigración no pueden convertirse en una sospecha colectiva

El debate se ha intensificado como consecuencia de las controversias relativas a la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y su incidencia sobre el CERA. Los autos dictados por el Tribunal Supremo el 10 de septiembre de 2026 han abierto una nueva fase.

En ejecución de esas resoluciones, la Junta Electoral Central acordó el 14 de septiembre trasladar las medidas a la Oficina del Censo Electoral. También requirió a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares determinadas certificaciones de los registros consulares.

Corresponde a las instituciones competentes y a los tribunales resolver estas cuestiones con todas las garantías.

La emigración española forma parte de nuestra historia y de nuestro presente. Quienes tuvieron que abandonar España y sus descendientes forman parte de esta realidad. Lo mismo ocurre con quienes hoy residen fuera por razones profesionales, familiares, económicas o vitales. Cuando reúnen legalmente la condición de ciudadanos españoles, deben poder relacionarse con su Administración en condiciones de igualdad.

Existe un principio que, a juicio del CUPLEX, debe preservarse durante este proceso. Las controversias jurídicas o políticas sobre las normas no deben transformarse en una deslegitimación general de la ciudadanía española en el exterior. Tampoco deben cuestionar a quienes han adquirido legalmente la nacionalidad española mediante los procedimientos establecidos por el Estado.

Detrás de cada nuevo procedimiento hay personas trabajadoras que deben poder asumirlo

Cada nueva comprobación, certificación, revisión censal, inscripción registral, consulta o reclamación genera trabajo efectivo. Ese trabajo debe ser realizado por el personal de las oficinas consulares.

Las dimensiones del proceso son extraordinarias. Las decisiones adoptadas en materia censal pueden generar nuevas tareas de identificación de expedientes, comprobación documental y emisión de certificaciones. También pueden aumentar la atención de consultas y reclamaciones, la coordinación entre registros consulares y organismos electorales y el cumplimiento de nuevos procedimientos e instrucciones.

Esta nueva carga de trabajo no puede añadirse sin más a las funciones ordinarias de unas plantillas que ya soportan una presión laboral sin precedentes. Garantizar los derechos de la ciudadanía exige asegurar también unas condiciones adecuadas para el personal que presta esos servicios.

Garantizar derechos exige invertir en el Servicio Exterior

El CUPLEX rechaza que el debate sobre la aplicación de la normativa de nacionalidad y electoral derive en la estigmatización de la ciudadanía española residente en el exterior o en la deslegitimación de sus órganos de representación. En especial rechazamos los ataques personales contra quienes defienden sus derechos desde responsabilidades institucionales, como la Presidencia del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

Del mismo modo, considera inaceptable trasladar al personal del Servicio Exterior las consecuencias de decisiones políticas, normativas o judiciales sin dotarle de los medios necesarios para llevarla a cabo.

La ciudadanía española en el exterior merece servicios públicos de calidad a fin de ejercer los derechos que la Constitución y el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior les garantizan.

Madrid, 16 de septiembre de 2026

 


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