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viernes, 4 de abril de 2008

Nueva organización regional de la CSI para las Américas

La nueva Organización Regional de la CSI para las Américas ha sido creada en su Congreso Fundador, celebrado en Panamá del 27 al 29 de marzo de 2008. La Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA) cuenta con 68 organizaciones afiliadas procedentes de 26 países de la región, con una membresía total superior a 50 millones de trabajadores y trabajadoras. 

"La creación de la CSA es un paso histórico del movimiento sindical en la región y garantizará una presencia fuerte y unificada del movimiento sindical, a fin de promover y defender los intereses de los trabajadores y trabajadoras en las Américas. Constituye la última etapa en el proceso de unificación del movimiento sindical internacional, que se iniciara con la fundación de la CSI en Viena, en noviembre de 2006", comentó el Secretario General de la CSI, Guy Ryder.
La Confederación Sindical Internacional (CSI) es la principal organización sindical internacional que representa los intereses de los trabajadores y trabajadoras del mundo. Surge de la fusión, en noviembre de 2006, de la Confederación Mundial del Trabajo (CMT) de inspiración democristiana y la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) de orientación socialdemócrata, creada en 1949. Además, agrupa a otras organizaciones que no contaban previamente con ninguna afiliación global.
La CSI representa a 168 millones de trabajadores de 155 países y territorios y cuenta con 311 afiliadas nacionales.
Ante la globalización de la economía, la CSI plantea la necesidad de defender el internacionalismo efectivo para reforzar el sindicalismo y su capacidad para mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores y trabajadoras y sus familias, y esforzarse por defender los derechos humanos, la justicia social, la igualdad de género, la paz, la libertad y la democracia.
Si quieres saber más y estar al día de las campañas y acciones de la CSI visita su página web.

lunes, 2 de octubre de 2006

La Fundació Pau i Solidaritat presenta el proyecto “Promoción de la salud laboral en Centroamérica. Fortalecimiento del ISAAC”

Fuente CCOO - Valencia


Desde la Fundació Pau i Solidaritat-PV consideramos prioritaria la protección de los trabajadores y trabajadoras de los países del Sur en nuestro trabajo, por ello se va a desarrollar durante 3 años el proyecto: “Promoción de la salud laboral en Centroamérica. Fortalecimiento del Instituto Sindical de América Central y Caribe”, mediante un convenio firmado con la Generalitat Valenciana (Dirección General de Cooperación al Desarrollo) en el año 2005. Pau i Solidaritat está llevando a cabo el proyecto desde mayo de 2006, a través del Instituto Sindical de América Central y Caribe (ISAAC), con el objetivo de mejorar las condiciones laborables en 7 países de Centroamérica (Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y República Dominicana). Se trata de un proceso de fortalecimiento de capacidades de los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones sindicales, para la promoción de la salud laboral y el medio ambiente. En el proyecto participan 17 centrales sindicales de la región de Centroamérica y Caribe, la Oficina Regional de la CIOSL, la oficina regional de la OIT, la Federación Internacional del Transporte (ITF), así como el Consejo Sindical Danés, CCOO y el Instituto Sindical de Trabajo Ambiente y Salud (ISTAS). Durante el primer año del proyecto, se han llevado a cabo diferentes actividades: 1er Curso Piloto de Formador de Formadores en Salud Laboral, y I Seminario Anual La Salud Laboral y el Medio Ambiente en Centroamérica y Caribe. Ambas actividades se realizaron en la ciudad de Managua (Nicaragua) en mayo de 2007 y se ha constatado la importancia de apoyar iniciativas sindicales para mejorar las condiciones laborales en la región. El próximo 2 de octubre, a las 12:00 horas en la sala nº 5 del CCOO PV, se presentará el proyecto y su actual desarrollo ante la Comisión Ejecutiva y las diferentes secretarías de CCOO PV, el equipo de técnicos/as asesores/as en Salud Laboral y Medio Ambiente, y el equipo de formación de la Secretaría de Formación.

miércoles, 7 de junio de 2006

Derechos sindicales en las Américas: las empresas multinacionales en el banquillo

Fuente: CCOO-España

No cabe la menor duda. Aparte de Colombia, las mayores violaciones a los derechos sindicales en las Américas se deben a las empresas multinacionales, especialmente las situadas en las zonas francas industriales.
La edición 2006 del Informe Anual de la CIOSL sobre las violaciones de los derechos sindicales cita igualmente otros factores que obstaculizan el respeto de estos derechos, como son el aumento de la economía informal, la falta de convicción de los gobiernos y tribunales laborales a hacer respetar la legislación laboral, o el incremento de contratos de trabajo precarios.Pese a registrar una ligera disminución, las cifras de 2005 siguen siendo alarmantes en las Américas, y más concretamente en el sur del continente. Fueron asesinadas nada menos que 80 personas sencillamente por el hecho de pertenecer a un sindicato e intentar defender sus derechos. 275 sindicalistas recibieron amenazas de muerte, más de 480 fueron torturados, golpeados o lesionados y cerca de 1.700 fueron despedidos injustificadamente. No sorprenderá a nadie saber que Colombia sigue siendo el país más peligroso del mundo para un/una sindicalista. Más de 70 fueron asesinados y otros 260 recibieron amenazas de muerte. Lejos solucionar el problema, la nueva Ley de Justicia y Paz no hace sino reforzar la impunidad de la que gozan los asesinos. En octubre de 2005, una misión de alto nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) demostró con toda claridad que los sindicatos son uno de los objetivos de los grupos armados y que la impunidad persiste. La violencia antisindical afectó en su mayor parte al sector de la educación, lo que incrementa el número de mujeres que padecen estas violencias, en continuo aumento. Desgraciadamente, Colombia no es el único país de América donde resulta sumamente peligroso ejercer una actividad sindical. En Brasil, entre otros, 8 personas que defendían los derechos de los trabajadores/as de las zonas rurales fueron asesinadas, y un trabajador de la industria del calzado murió asfixiado cuando la policía dispersaba una manifestación. En Honduras, Francisco Cruz Galeano, el coordinador regional de una organización sindical hondureña, la CGT, fue acribillado a balazos en diciembre. La situación no es más tranquilizadora en Guatemala, país donde las amenazas de muerte y la violencia antisindical están a la orden del día desde hace mucho tiempo. Así, los muros de las oficinas de un sindicato del sector de la enseñanza fueron cubiertas de cruces rojas simbolizando amenazas de muerte. Por su parte, los dirigentes de un sindicato de empleados/as bancarios recibieron una esquela de defunción anunciando su propia muerte y la sede de un sindicato de campesinos fue objeto de un ataque perpetrado por hombres fuertemente armados. Las amenazas de muerte no son el único medio de presión antisindical en América Latina, como han podido constatar en 2005 los trabajadores y trabajadoras de las plantaciones de banano en Ecuador. En la plantación de San José, 44 trabajadores/as fueron despedidos sencillamente por el hecho de haber formado un sindicato. Cuando los trabajadores/as organizaron una huelga para protestar por los despidos, la policía utilizó gases lacrimógenos para reprimir esa iniciativa legítima. Las fuerzas policiales emplearon este tipo de gases en varias ocasiones, como por ejemplo contra los trabajadores/as de la plantación La Primavera que luchaban por obtener la firma de un convenio colectivo. En las zonas francas industriales (ZFI), aun cuando las condiciones de trabajo son muy precarias, cualquier intento de sindicalización se ha viso abocado al fracaso. El motivo son las amenazas de despido que pesan sobre los trabajadores y trabajadoras y que los empleadores no dudan en poner en práctica. Precisamente es lo que ocurrió en la República Dominicana, donde una empresa de la industria textil situada en la zona franca de Bonao despidió a 17 trabajadores/as que habían formado un sindicato. Otro tanto sucede en México, donde según los miembros del sindicato de la industria textil, en caso de querer organizarse, no hay que dejar que se entere el empleador. En Perú, la táctica empleada por la empresa de telecomunicaciones ITETE no afecta solamente a los trabajadores/as despedidos. Después de haber formado un sindicato, 23 trabajadores/as de esta empresa fueron despedidos, otros miembros recibieron amenazas de despido y fueron transferidos a puestos con menor remuneración. No se firmó ningún convenio colectivo en esta empresa. Ajeper y Gloria S.A., dos multinacionales especializadas en bebidas no alcoholizadas, utilizaron el mismo procedimiento de despido y amenazas hacia sus trabajadores y trabajadoras, mientras que el Banco Mundial asignaba un importante préstamo a Gloria S.A. En el norte del continente, las organizaciones sindicales también son víctimas de maniobras destinadas a debilitarlos. El gobierno de Estados Unidos, claramente antisindical, ha tomado una serie de decisiones a través del Consejo de Relaciones Laborales encaminadas a disminuir la influencia de los sindicatos. Se han organizado numerosas y agresivas campañas antisindicales destinadas a engañar a los trabajadores/as y hacer que desconfíen de sus sindicatos. En Canadá, los gobiernos provinciales tienden a debilitar los derechos sindicales de sus trabajadores y trabajadoras. Columbia Británica, al oeste del país, impuso por ley a los docentes del sector público un convenio colectivo no negociado. La huelga que siguió a esta medida fue considerada ilegal. El gobierno de Québec hizo lo mismo con sus trabajadores/as. En el sector privado, la cadena de supermercados Wal Mart, ferozmente antisindical, se había visto obligada en 2004 a reconocer a un sindicato en uno de sus establecimientos canadienses, el único en el mundo. No obstante, 2005 fue menos positivo, puesto que la cadena decidió cerrar esta tienda a raíz del éxito sindical. En sus otras tiendas, Wal Mart utiliza métodos que van desde la intimidación hasta el espionaje electrónico para evitar que se establezcan sindicatos.

Acceder al material audio y video del Informe en:
http://www.icftusurvey.org/audio_video/sp/

domingo, 5 de marzo de 2006

Día Internacional de la Mujer: Primer plano de Fabia Gutiérrez Reyes (Honduras-CUTH)


Fuente: CIOSL

“Listas negras” en las zonas francas de exportación


El 8 de marzo de 2006, la CIOSL dará inicio a la segunda etapa de su campaña mundial de sindicalización de trabajadoras, tomando a las trabajadoras de las zonas francas de exportación como uno de los blancos prioritarios.

Fabia Gutiérrez Reyes, Secretaria de sindicalización la Central Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH), denuncia las violaciones de los derechos humanos y sindicales que sufren las trabajadoras de las maquilas hondureñas, principalmente en lo referente a sus derechos de reproducción. Con ocasión del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, la CUTH pondrá principalmente el acento en el respeto de los derechos de las trabajadoras de las zonas francas.

¿Qué proporción de mujeres trabaja en las zonas francas y cuántas de ellas están sindicalizadas?

En el sector de las maquilas hay 135.000 empleos, de los cuales el 75 por ciento está ocupado por mujeres, es decir, 101.250 mujeres. En Choloma, Villanueva, Naco y Progreso -departamento de Cortés- es donde hay más mujeres trabajando en maquiladoras.

En Honduras existen 260 maquiladoras y un 12 por ciento de su personal está afiliado a sindicatos. El 8 por ciento de ese personal está compuesto por mujeres.

¿Podría describir las condiciones de trabajo y los salarios, además de las principales dificultades resultantes de ellos?

Se hacen muchas denuncias por el deterioro de las condiciones de salud de las trabajadoras de las maquilas debido a la falta de salubridad y a la inseguridad que tienden a prevalecer en esas empresas. Hay inclusive estudios al respecto.

Las largas jornadas de trabajo que hacen las trabajadoras de las maquilas, a las que se suma la responsabilidad de las labores domésticas, repercuten seriamente en su salud física y mental.

Las principales consecuencias y problemas que origina el modelo laboral impuesto en las maquilas son:
- El deterioro de la salud general y de la salud sexual y reproductiva de las obreras de las maquilas.
- La violación de los derechos humanos de las obreras de las maquilas.
- La imposibilidad de organizarse y exigir que se respeten sus derechos.

¿Cuáles son los principales obstáculos para la sindicalización de las trabajadoras de esas zonas? ¿Cuán grave es el problema de las "listas negras"?

Podemos decir que el problema de las listas negras es uno de los factores que más dificultan la sindicalización. En este aspecto existen miles denuncias ante las instancias gubernamentales, (el Ministerio de Trabajo y los tribunales laborales, como entes responsables de velar por la buena relación entre trabajo y capital, pero que responden solamente a los intereses capitalistas) y ante las instituciones que defienden los derechos humanos (CODEH, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos y algunas ONG).

En este momento se están haciendo investigaciones al respecto. Sin embargo, las trabajadoras tienen miedo de efectuar denuncias y se han comprobado casos de hostigamiento y represión. Hay mujeres que perdieron sus trabajos hace mucho y nunca más pudieron volver a trabajar en una maquila.

¿Podría dar ejemplos concretos mencionando nombres de empresas?

En este caso, es difícil, dar nombres de empresas, debido a que son listas absolutamente confidenciales y nadie quiere correr el riesgo de que lo demanden a su vez. La industria de la maquila es poderosa. Sus empresarios son los mismos que gobiernan el país y tienen todo el poder en sus manos. Si esta entrevista fuese confidencial, sí podría dar nombres de empresas, porque casi todas confeccionan listas negras y reprimen a los sindicatos.

¿Qué estrategia sindical se aplica y cuáles son las acciones concretas que se hacen para intentar sindicalizar a las mujeres que trabajan en esas zonas?

Como primer paso se hacen visitas en el domicilio de las personas contactadas. Organizamos pequeños círculos de estudio, con un máximo de cinco personas de confianza y con deseos de organizarse para mejorar las condiciones de trabajo.

El segundo paso consiste en organizar asambleas clandestinas. Las llamamos así porque la sindicalización en el sector ha pasado a ser eso, un trabajo que debe realizarse con la más absoluta discreción y en lugares como la casa de alguna compañera o nuestras oficinas, ya sea la Federación o la Central.

Tercer paso: Hacemos boletines, afiches, trifolios, pequeñas campañas de sensibilización; foros públicos, conferencias, talleres y seminarios de forma sistemática.

Llevamos a cabo averiguaciones sobre la empresa que abarcan el monto de capital, las marcas con las que trabaja, cuántos trabajadores tiene y de dónde procede el capital.

¿Utilizan los medios informativos para ejercer presión sobre las empresas y el gobierno?

Efectuamos constantemente denuncias a través de todos los medios informativos, radiales, escritos y televisivos disponibles

¿Cómo piensa que podría ayudar el movimiento sindical internacional a aumentar la presión sobre las empresas o el gobierno?

Las instancias internacionales son aliadas muy importantes para poder denunciar las constantes violaciones de los derechos laborales. Sería interesante ejercer algún tipo de presión sobre la OIT y las demás instancias internacionales que en este momento procuran alcanzar los objetivos de desarrollo del milenio.

Entrevista realizada por Pierre Martinot.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

domingo, 1 de enero de 2006

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2006)


Fuente: CIOSL 

POBLACIÓN: 7 200 000 / CAPITAL: TEGUCIGALPA / CONVENIOS FUNDAMENTALES DE LA OIT RATIFICADOS: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182

Un dirigente sindical fue asesinado a tiros en diciembre. Una empresa minera no respetó ciertas cláusulas esenciales en un convenio colectivo relativo a la salud profesional y los gastos médicos. 
Las compañías en las zonas francas continúan con la práctica de incluir a los activistas sindicales en listas negras.
 
DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY
 
Libertad sindical: Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requiere por lo menos 30 trabajadores/as, y no puede haber más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de estar empleados en la actividad representada por el sindicato. Los trabajadores/as de las explotaciones agrícolas o ganaderas que no empleen de forma permanente a más de diez trabajadores quedan excluidos del ámbito de la aplicación del Código de Trabajo.
 
Derecho de huelga: También se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los empleados de empresas estatales deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en los sectores de producción, refinería, transporte y distribución de petróleo, pero no tienen poder coercitivo para obligar a los empresarios a respetar la Ley. Los conflictos colectivos en servicios públicos que no son esenciales deben someterse a arbitraje obligatorio y no tienen la posibilidad de declarar una huelga durante la vigencia del fallo arbitral (dos años).
 
Negociación colectiva: El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley, y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.

DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA
 
Falta de protección: En la práctica, los trabajadores/as no cuentan con una ley que los proteja adecuadamente frente a actos de discriminación antisindical. Los trabajadores son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales. En las zonas francas los trabajadores/as son explotados y se ha informado de que aquéllos que intentan formar un sindicato son despedidos e inscritos en listas negras, además de ser perseguidos, aislados de sus compañeros y acosados psicológicamente, en algunos casos hasta físicamente.
Estos problemas continuaron en 2005, según confirmó Fabia Gutiérrez Reyes, Secretaria de la Organización de la Central Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH) en una entrevista concedida a la CIOSL. Describió el problema de las listas negras como uno de los factores que más dificulta la sindicalización. Se han presentado miles de denuncias ante el Ministerio de Trabajo y los tribunales laborales, que están siendo investigadas. Sin embargo, las trabajadoras se muestran reacias a presentar denuncias por miedo a posibles represalias. Algunas perdieron sus puestos de trabajo y no han conseguido volver a trabajar en una maquila. Fabia Gutiérrez no quiso dar los nombres de las empresas implicadas, teniendo en cuenta el enorme poder que tienen en el país.
Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas. Firmar un convenio colectivo es prácticamente imposible en las fábricas de las zonas francas de todo el país. 

Actitud del Ministerio del Trabajo: El Ministerio del Trabajo no obliga a los empresarios a respetar la libertad Sindical, asumiendo una actitud de “dejar hacer y dejar pasar”. Las violaciones a los derechos de los trabajadores y la parcialidad del Ministerio del Trabajo a favor de los empresarios han sido fuertemente criticadas por la ciudadanía y las organizaciones sindicales.
CIOSL Informe Anual SOBRE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS SINDICALES 2006
Negociación colectiva: En la práctica se viola el derecho de negociación colectiva, por cuanto la negociación y conquista de un contrato colectivo representa la introducción de mejoras en el nivel de vida de los trabajadores y trabajadoras, que obligan al empleador a compartir una pequeña proporción de sus ganancias, de ahí la férrea resistencia de los patronos, en alianza con el gobierno, a garantizar su aplicación efectiva.

VIOLACIONES EN 2005
Contexto general: El Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica (CAFTA) fue ratificado por el Congreso en marzo. El candidato del Partido Liberal, Manuel Zelaya, resultó ganador en las elecciones presidenciales que tuvieron lugar a principios de diciembre, prometiendo combatir la corrupción en el gobierno y la creación de los puestos de trabajo tan necesitados.
Dirigente sindical asesinado: Francisco Cruz Galeano fue asesinado a tiros el domingo 10 de diciembre, cuando regresaba a su domicilio en la aldea Ojo de Agua, cerca de la ciudad de Comayagua. Francisco Cruz era el coordinador regional de la Central General de Trabajadores (CGT) en los departamentos de Comayagua, Intibuca y La Paz, en la región central del país. Según fuentes policiales, presentaba al menos 25 impactos de bala procedentes de rifles automáticos de gran precisión. Un amigo de la víctima que viajaba con él tuvo que ser hospitalizado con dos heridas de bala. Al parecer los asesinos tendieron una emboscada al sindicalista, que conducía su propio automóvil. Resulta evidente que el móvil del crimen no era el robo, dado que no se llevaron ningún objeto personal.
Empresa minera viola un convenio colectivo: El Sindicato de Trabajadores de Minerales Entre Mares de Honduras S.A. (SITRAMEMHSA) convocó una huelga el 25 de octubre, como consecuencia de serias violaciones al convenio colectivo. La empresa, subsidiaria de la transnacional canadiense Glamis Gold Ltd., había firmado un convenio colectivo con el sindicato en septiembre, pero no respetó ciertas cláusulas importantes del acuerdo. Una de dichas cláusulas estipulaba que la empresa se haría cargo de cubrir el 100% de los gastos médicos relacionados con accidentes y enfermedades profesionales y no profesionales. No obstante, continuó deduciendo el 20% de los gastos incurridos del salario del trabajador, siguiendo la práctica habitual previa, anotando esas deducciones como préstamos personales, y no como gastos médicos. En algunas de las operaciones de triturado de la mina se utiliza una solución de cianuro que ha ocasionado una elevada incidencia de enfermedades profesionales, con los consiguientes costos médicos. El sindicato se reunió con la empresa, supuestamente para tratar la cuestión de los “préstamos”, el 24 de octubre, durante la cual la dirección comunicó que 27 trabajadores, todos del departamento de trituración, serían despedidos ya que parte de esas operaciones serían transferidas a otro lugar. Al menos tres de esos trabajadores presentaban graves problemas de salud. Se convocó por tanto una huelga para el día siguiente. El interés y la solidaridad por este caso hicieron que Glamis aceptase negociar con el sindicato y readmitiese a los trabajadores despedidos, que se reincorporaron a sus puestos el 1 de noviembre. No obstante, los que estaban enfermos continúan teniendo graves problemas de salud.
 
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

viernes, 22 de abril de 2005

Propuesta conjunta de la UGT y CCOO para la Comisión para Reforma del Servicio Exterior

En la reforma que vaya a producirse hay que tener en cuenta dos premisas
fundamentales:


• La declaración programática del Partido Socialista Obrero Español que establece que la reforma del servicio exterior se llevará a cabo mediante: Un plan integral que aportará al Servicio Exterior un marco de gestión moderno y profesional anclado en el
ordenamiento jurídico español y adecuado a las nuevas circunstancias, que sirva a los nuevos intereses de España y adecue a nuestras ambiciones en política exterior con los medios humanos y materiales necesarios para poder desarrollarlas.


• Las atribuciones y competencias que confiere el Real Decreto 1416/2004, de 11 de junio al MAEC con el fin de garantizar el principio de unidad de acción en el Exterior. Partiendo de estas dos premisas entendemos que siendo facultad exclusiva de la Administración la organización del trabajo, lo que corresponde a los representantes de los trabajadores es ejercer los derechos y facultades de audiencia, consulta, información y negociación que les reconoce el ordenamiento jurídico español vigente y los convenios de la OIT suscritos por España.
PERSONAL LABORAL
Es el colectivo mayoritario del servicio exterior. De 5000 a 6000 trabajadores. La aplicación arbitraria y unilateral por parte de la Administración de la legislación laboral española o la local (casi 200), así como la aplicación de instrucciones de servicio, órdenes, circulares y resoluciones enmarcadas siempre en una serie de normas de rango superior del ordenamiento jurídico español para todas las dependencias de todos los países en el servicio exterior genera una situación de gestión de los recursos humanos híbrida e ineficaz y, por ende, caótica e injusta. La Administración está aplicando normativa unilateral, dentro del ordenamiento jurídico español, que no es adaptada a la legislación local y que en numerosas ocasiones contraviene tanto la legislación local como la española. Se da la circunstancia que cada departamento, o gestor, escoge de la legislación local o española lo que más cree que le conviene en cada momento. Los trabajadores, ante tales circunstancias, intentan también que se les aplique la norma, o aquéllos aspectos de la misma, que consideran más les puedan beneficiar. Con lo que el conflicto permanece latente y con ello la constante judicialización de la problemática y el consiguiente espigueo.
Consideramos que fue un grave error cambiar el criterio en enero de 1993 y generalizar la contratación laboral con aplicación de la legislación laboral local (aunque se sigue manteniendo las pautas internas de gestión de personal indicadas en el primer párrafo), sobre todo teniendo en cuenta que muchos preceptos de esas legislaciones laborales locales pueden entrar en flagrante colisión con los derechos fundamentales de nuestra Carta Magna. Los diversos informes de la CIOSL ponen de manifiesto las constantes vulneraciones de derechos sindicales y laborales básicos de los trabajadores que se producen en muchos de los países en los que nuestro país tiene representación diplomática.

UGT y CCOO defienden la aplicación de la legislación laboral española con carácter general, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Consideramos que nada impide que así sea y, en todo caso, el propio Estatuto de los Trabajadores así lo establece en su artículo 1.4 con respecto a los trabajadores españoles. Además, nada impide tampoco que en aplicación del Convenio de Roma, sobre la libre elección de las partes del derecho material aplicable a los contratos, las partes elijan la legislación laboral que deseen aplicar al contrato de trabajo, independientemente de la nacionalidad del trabajador. El artículo 37 de nuestra Constitución reconoce a los representantes de los trabajadores el derecho a la negociación colectiva, sin ningún tipo de limitación por razón de la nacionalidad de los trabajadores. La condición de sindicato más representativo, según la LOLS, nos faculta para participar como interlocutores en la determinación de las condiciones de trabajo en las Administraciones Públicas del colectivo de referencia.


Dicho esto, y teniendo en cuenta que por sentencia judicial firme se han integrado en torno a unos 140 trabajadores de distintas nacionalidades del Servicio Exterior en el ámbito de aplicación del CCU de la AGE, sin que esto haya supuesto ningún problema a la gestión de Recursos Humanos de los distintos departamentos y ningún aumento del gasto, nuestra propuesta concreta para homogeneizar las condiciones de trabajo del colectivo de trabajadores contratados del Servicio Exterior, es:
• Aplicación del Estatuto de los Trabajadores
• La inclusión en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado de todo el colectivo de trabajadores laborales en la Administración Pública española en el Servicio Exterior.
• Creación de un grupo de trabajo dependiente de la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del CU de la AGE para efectuar las correspondientes adecuaciones técnicas del CCU, de forma que la aplicación con carácter general de la legislación laboral española no prive al trabajador de la protección que le proporcionen las disposiciones imperativas de la ley local y para, al mismo tiempo, realizar los correspondientes estudios para que se pueda proceder a la regularización y racionalización del sistema retributivo y del sistema se clasificación profesional, sin que ello suponga necesariamente ningún aumento del coste salarial.
• Habrá que hacer un esfuerzo por resolver el problema fiscal que se generó en 1999 con motivo de la instrucción nº 312 del Ministerio de Asuntos Exteriores, como consecuencia de la cual casi todos los trabajadores de nacionalidad española al servicio de la Administración Pública española en el exterior que anteriormente habían venido siendo considerados sujetos del IRPF pasaron de la noche a la mañana a ser sujetos del IRNR. Entendemos que habría que suprimir el punto 2º, letra a) del artículo 9 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre , del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras normas tributarias.
FUNCIONARIOS:
Con respecto al colectivo de funcionarios, el marco jurídico es claro y habrá que estar a lo que entre Administración y Parte Social se regule en el ámbito del Estatuto de la Función Pública y/o El Estatuto Básico del Empleado Público, actualmente en estudio y a debate.
No obstante, consideramos:
• Que en este colectivo hay que reducir considerablemente el número de puestos de libre designación, utilizando los mismos criterios que en el interior.
• Se debe racionalizar y actualizar el actual sistema de complementos específicos, agrupándolos en función de las características específicas del puesto. Prioritariamente se deberán adaptar los específicos mínimos al nivel de los del interior y se deberán adoptar las medidas necesarias para que se produzca una homologación de todos los complementos, indistintamente del departamento ministerial del que se dependa funcionalmente.
• El grupo de trabajo del servicio exterior de la CECIR debe tener capacidad de negociación de los módulos que se aplican a los funcionarios para calcular la asignación por residencia, ya que hasta la actualidad jamás se ha atendido ninguna de las propuestas que ha hecho la parte social.
• Entendemos que el periodo máximo de permanencia en el exterior debe ser meramente indicativo en aquellos casos en que el puesto esté tipificado como de libre designación, manteniendo el actual tiempo mínimo de permanencia después del cual el funcionario puede solicitar cambio de destino. En ningún caso deberá movilizarle forzosamente a los funcionarios que hayan adquirido su puesto por concurso y sin sujeción a plazos de permanencia.
• La movilidad geográfica deberá incentivarse y todos los gastos de traslado de enseres y familiares dependientes deberán ser sufragados por la Administración, independientemente del país o lugar desde el que se produzca el cambio de destino. La aplicación del RD462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, deberá modificarse para evitar que los trabajadores que por razones coyunturales hayan tenido su primer empleo en la Administración Pública española fuera de España queden, en parte, excluidos de la aplicación del mismo.
CON CARÁCTER GENERAL:
• Consideramos que toda la normativa dispersa debería derogarse y sustituirse por una norma convencional. La adopción de una Ley del Servicio Exterior donde se tengan en cuenta los planteamientos de las Centrales Sindicales.
• Será imposible acometer la reforma integral del servicio exterior sin que previamente se diseñe un instrumento jurídico que regule de manera colectiva y convenida las condiciones de trabajo acordadas con las Centrales Sindicales dentro de las posibilidades que ofrece el Estatuto de los Trabajadores.
Madrid, 22 de abril de 2005

sábado, 1 de enero de 2005

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2005)


Fuente: CIOSL 

Población: 7.100.000 / Capital: Tegucigalpa / Convenios Ratificados: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182

A pesar de una victoria importante en la maquila Corazón, las violaciones en las zonas francas siguen resultando preocupantes. En julio, Gildan cerró su fábrica en El Progreso, cuando estaban en curso investigaciones sobre acusaciones de discriminación antisindical. No se registraron progresos en materia legislativa.

DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY

Libertad sindical

Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para construir un sindicato, se requiere por lo menos 30 trabajadores/as y, no puede haber más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de estar empleados en la actividad representada por el sindicato. Los/as trabajadores/as de las explotaciones agrícolas o ganaderas que no empleen de forma permanente a más de diez trabajadores quedan excluidos del ámbito de la aplicación del Código de Trabajo.

Derecho de huelga

También se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los empleados de empresas estatales deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en la producción, refinería, transporte y distribución de petróleo, pero no tienen poder coercitivo para obligar a los empresarios a respetar la Ley. Los conflictos colectivos en servicios públicos que no son esenciales deben someterse a arbitraje obligatorio y no tienen la posibilidad de declarar una huelga durante la vigencia del fallo arbitral (dos años).

Negociación colectiva

El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.


DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA

Falta de protección

En la práctica, los/as trabajadores/as no cuentan con una ley que los proteja adecuadamente frente a actos de discriminación antisindical. Los trabajadores son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales. En las zonas francas los trabajadores/as son explotados y se ha informado de que los trabajadores que intentan formar un sindicato son despedidos e inscritos en listas negras, además de ser perseguidos, aislados de sus compañeros y acosados psicológicamente, en algunos casos hasta físicamente.

Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas. Firmar un convenio colectivo es prácticamente imposible en las fábricas de las zonas francas de todo el país. Hasta final del año, sólo se tenía conocimiento del establecimiento de dos convenios.

Actitud del Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo no obliga a los empresarios a respetar la libertad Sindical, asumiendo una actitud de "dejar hacer y dejar pasar". Las violaciones a los derechos de los trabajadores y la parcialidad del Ministerio del Trabajo a favor de los empresarios han sido fuertemente criticadas por la ciudadanía y las organizaciones sindicales.

Negociación colectiva

En la práctica se viola el derecho de negociación colectiva, por cuanto la negociación y conquista de un contrato colectivo representa la introducción de mejoras en el nivel de vida de los trabajadores y trabajadoras, que obligan al empleador a compartir una pequeña proporción de sus ganancias, de ahí la férrea resistencia de los patronos, en alianza con el gobierno, a garantizar su efectiva aplicación.


VIOLACIONES EN 2004

Huelga de profesores reprimida

Los profesores realizaron una huelga de casi un mes en junio en respuesta a la decisión unilateral del Presidente Ricardo Maduro de rebajar sus sueldos para equilibrar el presupuesto nacional y cumplir fielmente con la Carta de Intenciones firmada con el Banco Mundial. El 25 de junio, cuando los profesores realizaban una marcha en Tegucigalpa, la policía utilizó gases lacrimógenos y peinillas para dispersar a los marchantes. Una decena de profesores fueron arrestados y acusados de perturbar el orden público. El gobierno calificó además a los huelguistas de terroristas. La huelga culminó el 9 de julio con la firma de un acuerdo entre los sindicatos y la Asamblea que restituía los salarios de los profesores, que por su lado acordaron prorrogar el año escolar.

Amenaza de detención a líder sindical

El 31 de agosto, 400 policías intentaron romper el bloqueo de autopistas realizado en el puerto internacional del país, Puerto Cortés, por varios sindicatos de camioneros quienes solicitaban un salario mínimo y protestaban contra el incumplimiento por la Shell y la Texaco del pago de una tarifa por kilómetro que se destina a los conductores. Varias empresas que pagan esa tarifa salieron perjudicadas, mientras que las dos gigantes multinacionales petroleras, que no lo hacen desde hace más de cuatro años, denunciaron a los camioneros. Durante el paro, el Presidente del Sindicato Nacional de Motoristas de Equipo Pesado de Honduras (SINAMEQUIPH), Erasmo Flores, junto con dos dirigentes de otras organizaciones sindicales de camioneros, fueron arrestados y retenidos en celdas minúsculas. Más tarde se emitió una orden de detención en su contra por obstrucción a la economía del país, aunque en octubre la Corte de Puerto Cortés lo declaró inocente y reconoció que sus derechos habían sido violados. Es de señalar que su detención impidió a Flores presentarse en las elecciones sindicales que se celebraban en ese momento.

Buena noticia en dos maquilas…

Tras su reconocimiento en 2003 como sindicato de la fábrica textil Corazón Apparel en San Pedro Sula, que se logró gracias entre otras cosas a una campaña internacional llevada a cabo por las principales organizaciones sindicales internacionales, SITRACOR logró firmar en marzo con la empresa un convenio colectivo, el segundo de su tipo firmado en una maquila en Honduras. Además de un aumento de salarios y de mejores condiciones de trabajo, el convenio provocó sobre todo un cambio positivo en la actitud del personal gerencial y de supervisión hacia las empleadas y empleados.

Además se consiguió con éxito desarrollar una denuncia internacional coordinada por la Federación Independiente de Trabajadores de Honduras (FITH) y la organización estadounidense National Labor Committee (NLC) sobre violaciones al derecho de libertad sindical y contratación colectiva en la empresa SETISA, ubicada en Zip Honduras, lo que ha permitido el reconocimiento legal del sindicato y la solución de los problemas laborales más sustanciales.

…pero las violaciones continúan en otras maquilas

El 12 de julio, la empresa multinacional Gildan Activewear de Canadá decidió trasladar hacia Haití y Nicaragua su fábrica del Progreso, dejando sin empleo a 1.800 trabajadores/as. Gildan alegó para justificarse que la empresa había dejado de ser competitiva y que los accesos a la fábrica estaban siempre bloqueados. Pero el cierre se produjo justamente cuando la fábrica mantenía negociaciones con la Asociación por el Trabajo Justo (Fair Labor Association - FLA) y el Consorcio de los Derechos de los Trabajadores (Workers Rights Consortium - WRC) sobre acciones correctivas referentes a violaciones de los derechos de los trabajadores en la fábrica. A pesar de ser miembro de la FLA, numerosas quejas contra la fábrica habían sido presentadas en relación con despidos de centenares de sindicalistas en 2003, en respuesta a los esfuerzos de la FITH para la organización del sindicato en esta empresa, y a la falta de respeto de las normas de seguridad en el lugar del trabajo. Además, en mayo de este año, Gildan intentó formar una asociación solidarista y en junio un informe de la FLA indicó que una investigación independiente había encontrado irregularidades en el incumplimiento de las normas fundamentales del trabajo.

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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

jueves, 1 de enero de 2004

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2004)


Fuente: CIOSL

Población: 6.900.000 / Capital: Tegucigalpa / Convenios Ratificados: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182

El gobierno sigue mostrándose reacio a enmendar la legislación laboral de modo que esté conforme con las normas internacionales. La industria de la confección continuó siendo fuertemente antisindical, y se ha tenido noticia de al menos dos compañías que despidieron a trabajadores/as por intentar organizar un sindicato.

DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY

Libertad sindical

Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requieren por lo menos 30 trabajadores/as y no puede haber más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de estar empleados en la actividad representada por el sindicato.

Derecho de huelga

También se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los funcionarios no pueden hacer huelga. Los empleados de empresas estatales deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en la producción, refinería, transporte y distribución de petróleo.

Negociación colectiva

El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.

DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA

En la práctica los trabajadores/as son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales y en las zonas francas los trabajadores sindicalizados son a veces incluidos en listas negras.

Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas.

VIOLACIONES EN 2003

Sigue habiendo profundas desigualdades económicas. El Presidente Ricardo Maduro prometió combatir la criminalidad con una política de "tolerancia cero" aunque los grupos de la sociedad civil temen que se aproveche esta circunstancia para reprimir los derechos democráticos.

Abusos en las Zonas Francas...

Despedidos por afiliarse a un sindicato

En verano fueron despedidos quince trabajadores/as de la fábrica Southeast Textiles en Choloma, que confecciona ropa para marcas de moda bien conocidas, incluyendo Sean Jean, propiedad del conocido artista Sean Combs, así como Timberland, Nautica y Rocawear. Los trabajadores y trabajadoras de la fábrica se quejaban de las pésimas condiciones de trabajo. Ganan apenas 15 centavos por coser una camisa de manga larga, que se vende en Estados Unidos a US$ 40. Una trabajadora de 19 años indicó que se agrede verbal y físicamente a las trabajadoras obligándolas a hacer horas extraordinarias no remuneradas y realizar pruebas de embarazo. Las metas de producción son excesivas, se limitan las pausas para ir al baño, no se les permite conversar y no reciben ningún tipo de atención médica. Sus afirmaciones fueron ratificadas por otros trabajadores. Sean Combs prometió investigar las alegaciones.

En noviembre, un fondo de solidaridad canadiense subvencionado por la Federación de Trabajo de Québec, retiró una inversión de US$ 90 a Gildan Activewear Inc. tras recibir informes de que ese fabricante de camisetas había intentado eliminar las actividades sindicales en una planta en Honduras. El Fondo afirmaba que la empresa Gildan, con sede en Montreal, había procedido a despedir a 38 trabajadores/as por intentar establecer un sindicato. La empresa negó la acusación.

Buenas noticias

El sindicato de trabajadores en la fábrica de textil Corazón Apparel en San Pedro Sula, SITRACOR, finalmente obtuvo el reconocimiento, tras la intervención de la Federación Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario y Cuero (FITTVC). Los trabajadores/as habían sido despedidos en julio de 2002 tras haber establecido el sindicato, y otros muchos fueron suspendidos. Al parecer se presionó a la Secretaria General y a la Presidenta del sindicato para que dimitiesen. Al ser entrevistada por la CIOSL en septiembre de 2003, una de las trabajadoras indicó que aunque anteriormente habían sufrido este tipo de malos tratos, la situación ha mejorado considerablemente desde que se permitió al sindicato negociar las condiciones de trabajo.

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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

miércoles, 1 de enero de 2003

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2003)


Fuente: CIOSL 

Las numerosas restricciones legislativas con respecto a los sindicatos continúan tal cual.

LA LEGISLACIÓN

Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse a ellos, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requieren por lo menos 30 trabajadores/as y no puede haber más de uno en una empresa o institución. Por lo menos un 90% de los miembros del sindicato deben ser ciudadanos hondureños y los extranjeros no pueden ocupar altos cargos sindicales.

Asímismo, se reconoce -aunque en forma limitada- el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los funcionarios no pueden hacer huelga. Los empleados de empresas estatales deben dar un aviso de seis meses y contar con la aprobación del gobierno antes de iniciar una huelga.

El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales por parte del empleador está prohibida.

LOS DERECHOS EN LA PRÁCTICA

En la práctica los trabajadores/as son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales y en las zonas francas los trabajadores sindicalizados son a veces incluidos en listas negras.

Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidaristas como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas.

EVENTOS EN 2002

Honduras sigue siendo el país menos desarrollado de América Central. Persisten serias disparidades económicas y la delincuencia y la violencia no han menguado. El presidente Ricardo Maduro hizo una declaración formal de “guerra a la delincuencia”. Se incrementaron los asesinatos de menores de edad a manos de escuadrones de la muerte.

Niegan derecho de asociación sindical

Cuando el Sindicato de Trabajadores de Corazón Apparel (SITRACOR) sometió su solicitud de reconocimiento sindical el 9 de agosto, cuatro sindicalistas fueron despedidos inmediatamente. Tres de ellos fueron luego reincorporados a sus puesto de trabajo cuando el cuarto aceptó recibir las indemnizaciones.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo intentó entorpecer el proceso de registro del sindicato. Según la ley hondureña, el despacho del Trabajo tenía hasta el 30 de agosto para notificar al sindicato en caso de existir irregularidades o si faltaba información en la solicitud. A pesar de haberse vencido este plazo, Inspectores del Trabajo llegaron a la fábrica el 1 y 2 de septiembre para solicitar la lista completa de afiliados/as de SITRACOR, indicando que el Ministerio había recibido una segunda solicitud y tendrían que decidir a cuál se iba a otorgar el reconocimiento. Según la FITTVC, la segunda solicitud fue presentada por un sindicato patronal y hay dudas en cuanto a la legitimidad de la solicitud de reconocimiento.

Esta actitud del Ministerio no cumple con la ley hondureña, puesto que la presentación de una lista completa de afiliados no es un requisito para obtener el reconocimiento, sobre todo cuando ya había vencido el plazo para solicitar información adicional.

El representante del Ministerio en San Pedro Sula, Sr. Echeverría, mantuvo reuniones con representantes de la empresa y con la presidenta del sindicato patronal en las oficinas de la empresa, lo que constituye también una situación irregular.

Reprimen manifestación de la Unión de Cafeteros de Honduras:

El 14 de agosto, una manifestación en Tegucigalpa de trabajadores/as del café fue duramente reprimida por la policía. Al menos 14 personas resultaron heridas. La policía utilizó balas de goma y gases lacrimógenos para dispersar a los manifestantes.
 
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

martes, 1 de enero de 2002

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2002)

Fuente: CIOSL
 
Las cuantiosas restricciones legislativas con respecto a los sindicatos continúan tal cual. Los trabajadores de los hospitales confrontaron actitudes antisindicales de parte del gobierno.
Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requieren por lo menos 30 trabajadores/as y no puede haber más de uno en una empresa o institución. Por lo menos un 90 por ciento de los miembros del sindicato deben ser ciudadanos hondureños y los extranjeros no pueden ocupar altos cargos sindicales.
Asimismo, se reconoce -aunque en forma limitada- el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los funcionarios no pueden hacer huelga. Los empleados de empresas estatales deben dar un aviso de seis meses y contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga.
El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.
Derechos en la práctica
En la práctica los trabajadores/as son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales y en las zonas francas los trabajadores sindicados son a veces incluidos en listas negras.
Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidaristas como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas.
El gobierno afirma que desea mejorar la aplicación de los derechos sindicales internacionalmente reconocidos y ha habido alguna mejoría, aunque lenta, en las maquiladoras.
Eventos en 2001
Honduras sigue siendo el país menos desarrollado de América Central. Persisten serias disparidades económicas y la delincuencia y la violencia no han menguado. Se piensa que son los grupos paramilitares de derecha los que estuvieron detrás de crímenes como el asesinato de Carlos Roberto Flores, un líder comunitario y ambientalista el 30 de junio, después de haber encabezado las protestas contra la construcción de un dique hidroeléctrico.
Negociaciones salariales bloqueadas
El gobierno bloqueó las negociaciones salariales del Sindicato de Trabajadores de la Medicina, Hospitales y Similares (SITRAMEDHYS) al negarse a responder a las reivindicaciones iniciales presentadas en junio y luego en julio militarizó la escuela del hospital.
En septiembre, el Ministerio de Salud prometió al sindicato que el gobierno haría una contrapropuesta que sería presentada por el Ministerio de Finanzas. No obstante, el Ministerio de Finanzas negó saber nada al respecto. El 14 de septiembre, el Consejo de Ministros emitió un decreto en el que se socavaban las demandas sindicales y se ponía en peligro su existencia. El decreto afirmaba que SITRAMEDHYS y otros sindicatos habían suspendido los servicios de salud poniendo vidas en peligro. SITRAMEDHYS insistió en que sus miembros habían continuado asegurando que se prestaran todos los servicios principales.
En la empresa Yoo Yang en la maquiladora La Lima se conculcaron los derechos de negociación colectiva. El sindicato de trabajadores de Yoo Yang STEVY, que finalmente logró el reconocimiento en 2000, inició negociaciones salariales en febrero de 2001. En noviembre se había avanzado muy poco. La empresa no presentó la contraoferta como había prometido el 3 de noviembre antes de las negociaciones fijadas para el 5 de noviembre. Tampoco se presentó a la reunión ni dio ninguna explicación por su ausencia. El incidente fue uno más en una larga lista de tácticas dilatorias que incluyeron una solicitud anterior de la empresa de que se extendiera un mes más el plazo para preparar su oferta. Este tiempo fue utilizado para intimidar a los efectivos sindicales a través de despidos arbitrarios o enviando a los trabajadores a trabajar en depósitos sin aire acondicionado ni baños, ni agua. A fin de año no se había solucionado este conflicto.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

lunes, 1 de enero de 2001

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2001)

Fuente: CIOSL 

A pesar de notables mejoras, en las maquiladoras los sindicatos siguen teniendo dificultades para desarrollar actividades. El contexto legislativo y económico engendra un clima poco propicio al desarrollo de sindicatos.

Marco legal restrictivo

En Honduras hay numerosos obstáculos legislativos que condicionan la creación de sindicatos. Los trabajadores de ciertas explotaciones agrícolas y de cría de ganado están excluidos del código laboral y, en consecuencia, no gozan de libertades sindicales. Se necesitan por lo menos 30 trabajadores para poder formar un sindicato, siempre y cuando no exista ya otro en la misma empresa o institución. Además, por lo menos el 90% de los afiliados del sindicato debe ser de nacionalidad hondureña y los extranjeros no pueden tener cargos directivos en el mismo.

La OIT critica las numerosas limitaciones del derecho de huelga, principalmente el quórum excesivo exigido, la imposibilidad de que las federaciones y confederaciones convoquen una huelga y también la facultad de las autoridades de poner término a un conflicto en sectores que no son servicios esenciales. Es también casi imposible hacer huelga en la función pública puesto que la ley exige un preaviso de 6 meses o una autorización gubernamental.

El gobierno se niega a reconocer sindicatos en las zonas francas de exportación

En las zonas francas de exportación hubo mejoras notables: lo demuestran los dos certificados de conformidad emitidos por primera vez a dos empresas hondureñas (por una entidad privada) para mejorar las condiciones de trabajo de las maquilas. No obstante, las violaciones de derechos no se han terminado y los sindicalistas sufren regularmente todo tipo de represión.

En julio de 1999, los trabajadores de Kimi y de Yoo Yang, dos empresas situadas en la zonas francas de exportación del Parque Continental de La Lima, decidieron formar un sindicato, el SITRAIMASH, con la esperanza de llevar a cabo una negociación colectiva para toda esa zona franca, conocida por su posición antisindical. En marzo de 2000, es decir, tres meses después del plazo estipulado por la ley hondureña, las autoridades rechazaban el pedido con el pretexto de que no se había cumplimentado el trámite de registro y que la ley prohibía la coexistencia de dos sindicatos en el seno de una misma empresa. Ahora bien, en realidad los trabajadores no tenían la intención de crear dos sindicatos dentro de la misma empresa sino una federación sectorial que se sumaría al sindicato que ya existía en la empresa KIMI. A raíz de la negativa del Ministerio de Trabajo, los trabajadores de Yoo Yang se vieron privados del derecho fundamental de sindicalizarse. Se apeló la decisión pero a finales del año todavía no se había tomado ninguna resolución. Por ese motivo, la Federación Internacional del Textil, el Vestido y el Cuero presentó una queja ante la OIT.

A pesar de ello, unos días antes de que las autoridades se pronunciaran por la negativa, Yoo Yang había hecho un acuerdo con SITRAIMASH que debía conducir a un convenio colectivo una vez que fuera reconocida la federación sectorial. La esperanza no duró mucho puesto que la patronal notificó al sindicato que no respetaría el acuerdo hasta tanto el SITRAIMASH no estuviera registrado oficialmente. Como reacción, los trabajadores decidieron fundar un sindicato de empresa. También en esta oportunidad se retardó el registro debido a maniobras turbias. Diversas organizaciones de índole social sospechaban que la empresa había sobornado a los dirigentes sindicales puesto que éstos dimitieron y desaparecieron el mismo día en que fue presentado el pedido de registro al Ministerio de Trabajo. Finalmente, los trabajadores consiguieron que se reconociera oficialmente su sindicato recién después de la segunda solicitud y tras 14 meses de espera; se llama Sindicato de Trabajadores de la Empresa Yoo Yang (STEYY).

Sin embargo, los trabajadores de KIMI no tuvieron esa suerte. KIMI fue la primera empresa de la zona franca que negoció con un sindicato y en 1999 el propietario de la misma la había declarado indeseable, afirmando que no quería sindicatos en su predio. No obstante, la empresa había conseguido permanecer allí con ciertas condiciones. Algo más tarde, la patronal decidió trasladar su producción a una empresa “no sindicalizada” de Guatemala, haciendo total caso omiso de los acuerdos negociados hasta entonces con el sindicato.

Fue reprimida una huelga

A comienzos del mes de octubre, la policía intervino de manera brutal durante una huelga convocada por la Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH). La CTH protestaba por el aumento constante de los servicios básicos (agua, electricidad...) y reclamaba asimismo un aumento salarial a fin de atenuar la disminución del poder adquisitivo de los trabajadores, que se degrada constantemente desde que pasara el huracán Mitch. En el curso de la huelga, la policía intentó dispersar en varias oportunidades a los trabajadores que manifestaban en zonas neurálgicas del país, principalmente en los puertos. En las filas de los manifestantes hubo decenas de heridos.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL 

sábado, 1 de julio de 2000

Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical



En el marco del 7º Congreso Confederal de CC.OO., y organizado por la Secretaría de Relaciones Internacionales, se celebró durante los días 10 y 11 de abril de 2000 un Seminario Internacional sobre «Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical». En él se abordaron los problemas que plantean los diferentes procesos de integración económica que se están desarrollando en el área y el impacto de las inversiones extranjeras en las economías de estos países, así como las políticas sindicales que deben enfrentarse a ellos.
La asistencia al 7º Congreso de CC.OO. de delegaciones de sindicatos de la práctica totalidad de los países de América Latina, con representaciones al máximo nivel, brindó la oportunidad de abrir un rico debate en el que se intercambiaron experiencias e ideas sin la necesidad de alcanzar unas conclusiones cerradas que la propia naturaleza de los temas tratados hubiera hecho difícil en cualquier caso. Sin embargo, los puntos de vista compartidos por la mayoría de los asistentes, que se resumen en el apartado de conclusiones de este número de Cuadernos Internacionales, configuran un importante acervo común.
El seminario se estructuró en una conferencia y dos paneles. La conferencia, que tuvo como título «Competencia global, integración parcial», la impartió Juan Ignacio Palacio, catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Enmarcó el debate a partir de las enseñanzas de la experiencia europea.
En el primer panel se analizaron y debatieron los procesos de integración económica y las respuestas sindicales y sociales a los mismos a partir de las ponencias presentadas por Daniel Vásquez, coordinador de Redacción y Propaganda de la UNSITRAGUA (Guatemala) Juan José Gorriti, secretario general de la CGTP (Perú), y Julio García, secretario de Integración del PIT-CNT (Uruguay).
Las experiencias de integración económica en Centroamérica, la región andina y el Cono Sur sirvieron de base para analizar estos procesos en todo el continente y su relación con la globalización, en el contexto de las políticas económicas neoliberales dominantes.
Frente a la realidad de un incremento de la pobreza y la desigualdad y de las
políticas de recorte de los derechos laborales y sindicales, resulta imprescindible el fortalecimiento del sindicalismo latinoamericano, siendo inaplazable reforzar su capacidad de coordinación y acción transnacionales. Integración política democrática, y no sólo económica, y extensión de los derechos sociales, desde un nuevo papel de lo público, son ejes vertebradores del pensamiento sindical frente a las políticas neoliberales.
Las inversiones extranjeras, tan necesarias pero también tan controvertidas, y la acción sindical en las empresas transnacionales fueron el tema del segundo panel.
Andrés Gómez, entonces secretario de Relaciones Internacionales de la Federación Minerometalúrgica de CC.OO., presentó una ponencia sobre acción sindical en las empresas multinacionales, y Oscar Valverde, experto en cooperación técnica y responsable del programa ACTRAV de la OIT, otra sobre relaciones laborales y diálogo social en las zonas francas y «maquilas».
De nuevo, la necesidad de coordinar eficazmente la acción sindical de los trabajadores de las empresas transnacionales resulta ineludible, y el papel que en ella han de jugar los sindicatos de los países en donde tienen su sede matriz las multinacionales es fundamental. Es uno de los pilares del internacionalismo solidario que la globalización no permite descuidar por más tiempo, a pesar de las muchas dificultades de este tipo de acción sindical. El papel de las multinacionales españolas en América Latina en sectores como la energía, las comunicaciones y la banca obliga al sindicalismo de clase español
a hacer de este tipo de trabajo una de las prioridades de su acción sindical internacional.
(...)

2.1. EL SISTEMA DE INTEGRACION CENTROAMERICANA (SICA)
Daniel Vásquez Cisneros
Coordinador Redacción y Propaganda de la UNSITRAGUA de Guatemala
El Sistema de Integración Centroamericana, conocido como SICA, necesariamente nos conduce a lo que se conoce como Sistema de Integración Económica de Centroamérica, SIECA, puesto que no puede obviarse el aspecto económico como fase de un proceso de integración, indistintamente la región en la que se aplique.
Como marco de referencia, históricamente, la región centroamericana surge de
forma integrada tras lograr su independencia, proclamándose como Provincias Unidas del Centro de América, como estados federados, cuya sede continuó siendo la misma que se asentó en el tiempo de la colonia, la provincia de Guatemala.
Centroamérica antes de alcanzar su independencia, su control absoluto desde la capitanía general del Reino de Guatemala sobre el resto de sus provincias, tendencia que continuó aún después de su independencia. Se sumó la concentración de la industria manufacturera y consecuentemente la economía de la región, lo que permitió a Guatemala alcanzar mayor desarrollo industrial y de infraestructura ante el resto de países de la región.
 
Situación de Centroamérica de 1923 a 1950
En la década de los años veinte, de relativa bonanza económica, surgieron y se desarrollaron movimientos obreros y campesinos en toda Centroamérica. Recibió tal impacto por vía de pequeños grupos de intelectuales y de artesanos, en donde la futura historia social de esta región encontrará las raíces de los actuales conflictos.
Surge la organización sindical en las plantaciones y los movimientos de protesta con caracteres más modernos. La huelga de los obreros de la Fruit Co. en Honduras y en Nicaragua revela un comportamiento ideológico nuevo que nada tiene que ver con la pasividad campesina. Son, sin embargo, movimientos económicos sin ningún contenido político y corresponden al despertar de una conciencia nacionalista que la crisis de 1930 postergó para otra generación.
El balance general de esta etapa es muy desfavorable para el proceso de desarrollo y para la consolidación de la sociedad nacional en Centroamérica. Tal período puso de manifiesto no sólo los efectos y limitaciones de la reforma liberal, sino la imposibilidad de modernizar el sistema político y su base económica.

Factores que favorecieron la integración económica
No puede aducirse causa única que condujera a la fórmula de una nueva modalidad de desarrollo económico sobre la base de la integración de los Estados de la antigua federación;
es decir, que existen varios factores que favorecieron la integración económica:
1. Como resultado de la insatisfacción de los grupos urbanos se habían producido en Centroamérica significativos cambios políticos.
2. En el año 1940, Costa Rica tiene importantes reformas sociales, dando paso a la superación de modalidades dictatoriales tradicionales de organización económica.
3. En 1944, Guatemala, con el derrocamiento de la dictadura del coronel Jorge Ubico que duró 30 años, dio paso a reformas económicas y sociales.
4. En 1948 en El Salvador es derrocada la dictadura del general Maximiliano Hernández Martínez.
5. En ese mismo año en Costa Rica, producto de una rebelión, si bien tuvo origen electoral, se dan cambios en el mismo orden.
6. En 1949, Honduras, ante la dictadura del general Tiburcio Carías se abre paso a cambios.
7. En Nicaragua, si bien Anastasio Somoza continúa gobernando, empezó a presentar otra imagen menos dictatorial.
 
En síntesis, la región centroamericana empezó a advertir una voluntad de renovación.
Como en todo proceso, se presentan algunos obstáculos contra la integración. En su mayoría, industriales y agricultores recelaban del libre comercio por temor a su propia ineficiencia, por lo que se oponían a la liberalización del intercambio, así como una serie de excusas sin fundamento.
Al inicio de la década de los años 50, la tendencia moderna hacia la integración económica centroamericana sólo existía como instrumento de libre comercio del istmo. A partir de 1951, lentamente tomaba cuerpo el programa multilateral de integración económica auspiciado por la CEPAL.
La iniciativa de El Salvador de iniciar la concertación de tratados bilaterales de libre comercio con los demás Estados condujo al resto de países de la región a hacerlo con los demás Estados.
Los tratados bilaterales eran modestos en sus alcances y podían calificarse de tímidos experimentos; sin embargo, constituyeron la base del Mercado Común Centro Americano.
Centroamérica inicia sus procesos de integración en 1950, un siglo después de su independencia y las guerras civiles que dieron al traste con la federación, los 5 Estados centroamericanos se encontraban entre los países más pequeños y menos desarrollados de América Latina, con una población de 8 millones de personas.
La dependencia de cada Estado de los capitales y mercados del exterior, el crecimiento económico sostenido se veía entorpecido por el escaso ahorro, la débil capitalización, la carencia de tecnologías modernas, la inestabilidad de los mercados exteriores y la distribución desigual del ingreso, condiciones que se mantienen en la actualidad, las cuales no han sido factor positivo en el proceso de integración.
Frente a todo ello, el crecimiento acelerado de la población motivaba a enfrentar un problema con mayor gravedad, pues se encontraba insuficiente para promover empleo a los centroamericanos y menos para mejorar las condiciones de vida de los sectores mayoritarios.
Al inicio del programa de integración económica centroamericana, la influencia de la ONU se hizo sentir particularmente por medio de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) con un pensamiento económico desarrollista nacionalista.
En ese organismo imperaba un espíritu de solidaridad latinoamericano y una convicción cada vez más definida de que el desarrollo de América Latina requería una acción conjunta en el ámbito de lo económico, con posibilidades de expansión de la demanda mediante el intercambio recíproco, a fin de lograr una mejor integración de sus economías y un mayor desarrollo de su productividad y de su ingreso real.
Ello sólo podría alcanzarse mediante el impulso de desarrollo por vía de la industrialización y la sustitución de importaciones.
La CEPAL solicita al secretario ejecutivo de la Comisión invitar a los gobiernos centroamericanos a constituir un Comité de Cooperación Económica integrado por los ministros de economía, con lo cual se inicia oficialmente el Programa de Integración Económica Centroamericana, contando con una Secretaría Técnica de la CEPAL y con un organismo coordinador, el Comité de Cooperación Económica del istmo centroamericano (CCE).
 
El Comité de Cooperación Económica llegó a contar con seis subcomités de carácter permanentes:
1. De Comercio.
2. Coordinación Estadística.
3. Electrificación.
4. Transporte.
5. Vivienda.
6. Desarrollo Agropecuario.
Contaba, además, como órgano permanente con la Comisión de Iniciativas Industriales.

El CCE cumplió un extraordinario papel a lo largo del proceso de integración económica, especialmente durante la década de los años 50, planteando la cuestión de si Centroamérica debía entrar de inmediato a una unión económica o si por el contrario, a una integración gradual.
Se considera no proceder de inmediato a la unión económica completa de las repúblicas centroamericanas, aún cuando ello constituye una aspiración histórica de todas ellas.
Dicha unión tendría consecuencias políticas y administrativas, e implicaría uniformidad en la legislación, unificación monetaria, unificación arancelaria hacia el exterior, unificación fiscal y centralización de la política de desarrollo económico.
En cambio, en algunas actividades económicas importantes, especialmente las de carácter industrial y de transformación de productos agropecuarios y minerales, sería factible establecer unidades de producción del tamaño adecuado para aprovechar las materias primas de la región y poder abastecer los mercados centroamericanos en su conjunto a costos de producción lo más bajos posibles. Lo que significaba establecer industrias nuevas evitando pequeñas fábricas en los diversos países, ubicadas en aquellos sitios que, por
el mercado o cercanía de la materia prima, la mano de obra, la energía, el combustible o por los medios de transporte disponibles, fueran los más convenientes.
A ello se debe que en la región centroamericana se asentaron empresas industriales estratégicas como el caso de la fábrica de vidrio en Guatemala y Costa Rica, el cemento en Guatemala para abastecer a toda la región, las empresas de neumáticos en Guatemala y Costa Rica, entre otras.
En suma, tal como fue concebida originalmente, la integración debía ser enfocada como un proceso gradual y progresivo, y debía responder al objetivo del desarrollo tanto nacional como el de la región en su conjunto.
A comienzos de la década de los años 60 era sentir general que la ODECA podría considerarse como un experimento más entre los tantos que habían fracasado para dar unidad a las repúblicas del istmo.
 
Se crearon los siguientes órganos:
1. Reunión de los Jefes de Estado.
2. Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores.
3. Consejo Ejecutivo.
4. Consejo Legislativo.
5. Corte de Justicia Centroamericana.
6. Consejo Económico Centroamericano.
7. Consejo Cultural y Educativo.
8. Consejo de Defensa Centroamericana.
 
La Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) es debilitada, producto de que la jerarquía subordinaba del Consejo Económico Centroamericano a la Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores.
Hasta la década de los 70, el Programa de Integración Económica Centroamericana pasó por tres etapas.

PRIMERA ETAPA. De 1951 a 1957. Se caracterizó por la suscripción de una serie de tratados bilaterales que ofrecieron nuevas experiencias en materia de intercambio.
Analizando los problemas relacionados con la elaboración de la Nomenclatura
Arancelaria Uniforme Centroamericana (NAUCA) y su manual de Codificación que permitiera negociar el libre comercio y la equiparación arancelaria.
El programa de integración dio origen a dos instituciones centroamericanas, las cuales se fundaron con la cooperación de las Naciones Unidas: La Escuela Superior de Administración Pública para América Central (ESAPAC) y el Instituto Centroamericano de lnvestigación y Tecnología Industrial (ICAITI).
Se crean diversas instituciones al margen del programa de integración: Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP), el Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA), la Cooperación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COSESNA) y el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).
SEGUNDA ETAPA. De 1958 a 1960. En ella tienen inicio las primeras experiencias de cooperación multilateral en materia de liberación del comercio, con la suscripción del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica.
Se ampliaron los estrechos mercados nacionales y se empezaron a crear condiciones para poner en funcionamiento una zona libre de comercio así como un mercado común y una unión aduanera, así como para ordenar el desarrollo industrial de la región.
Se alcanza la suscripción del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica. La suscripción no se logró con facilidad, ya que eran pocas las reservas que tenían los países respecto de varias cláusulas, lo mismo que sobre algunas del Convenio sobre el Régimen de Industrias Centroamericanas de Integración, que se negociaba a la par. Fórmulas transnacionales la hicieron posible.
Desde el primer planteamiento que la CEPAL formuló al Comité de Cooperación
Económica en 1952, insistió en un Programa de Integración basado fundamentalmente en una política regional de desarrollo industrial y en una liberación limitada del intercambio.
El gran problema para lograr la industrialización era la magnitud de los mercados por no existir mercados propiamente nacionales, sino más bien locales, con frecuencia aislados unos de otros debido a las malas comunicaciones. En los convenios comerciales se discutió sobre la adopción de un arancel común de conformidad a los suscritos entre los países centroamericanos, como instrumento para llegar a una unión aduanera
centroamericana.
TERCERA ETAPA. De 1960 a 1970. Se caracteriza por el impulso extraordinario del Programa que permitió conocer sus mejores momentos y sus crisis más profundas.
Se puso en marcha la vigencia del Tratado General de Integración Económica Centroamericana en el territorio de los cinco países, dando como resultado una extraordinaria aceleración del proceso que produjo un notable crecimiento del comercio entre las zonas como: el desarrollo de la infraestructura de la región y la interconexión de sus redes viales; el financiamiento conjunto de las actividades productivas; el perfeccionamiento del Arancel Externo Común; la suscripción de compromisos monetarios y cambiarios; la creación de regímenes jurídicos uniformes especialmente en los campos aduaneros, de incentivos fiscales a la industria y de la propiedad industrial.
Pero también, durante esta etapa, el Programa de Integración vive sus perores experiencias.
Se resalta en esta etapa el desigual desarrollo de los Estados y su consiguiente desigualdad en los beneficios, que habrá de dar origen a graves dificultades; la falta de una conducción adecuada del proceso, resultante de los frecuentes cambios en las estructuras gubernamentales nacionales; el comportamiento no siempre positivo de algunos elementos del sector empresarial de la región, que termina por degenerar el concepto de libre comercio limitado a productos originarios; la falta de coordinación
entre las políticas de desarrollo nacional y las convenidas dentro del Programa, que conspira contra su necesaria coincidencia y, por último, la guerra entre El Salvador y Honduras, que termina de desintegrar el Mercado Común.
Se concluye que durante la tercera etapa tuvieron lugar los hechos que determinaron el auge y la caída del Programa de Integración Económica Centroamericana.
 
Asimismo, en el proceso de integración centroamericana se distinguen las siguientes fases o etapas:
PRIMERA: Una Zona de Libre Comercio caracterizada por la eliminación o reducción progresiva de todo tipo de barreras arancelarias y no arancelarias que impidan o dificulten el intercambio de mercancías originarias, naturales o manufacturadas, entre los territorios de los Estados miembros, con miras a asegurar su libre circulación.
SEGUNDA:Un Mercado Común en el cual, además del libre comercio, comprende
la unificación de los aranceles de los países miembros para el resto del mundo y se uniforma la política comercial externa en sus aspectos más importantes.
TERCERA: La Unión Aduanera supone el libre comercio para todo tipo de mercancías, cualquiera que sea su origen, una administración aduanera común y la comunidad de los ingresos fiscales provenientes del arancel uniforme de importación.
CUARTA: La Unión Económica en la que, además de todo lo anterior, se aseguraría el libre movimiento de personas, bienes y capitales y se adoptarían políticas comunes en lo económico y social.
Por otro lado se apunta que los dirigentes del Programa de Integración, por resolución del Comité de Cooperación Económica del istmo, solicitó a la CEPAL que en cooperación de los organismo financieros internacionales, estudiara las formas de financiamiento que fueran más adecuadas para realizar los planes de desarrollo e integración en Centroamérica.

Como resultado de los estudios efectuados por la CEPAL, se advirtió la necesidad de crear lo que entonces se llamó Instituto Centroamericano de Fomento.
En 1961 se constituye el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), que se encargará promover la integración económica y el desarrollo económico equilibrado de los países miembros, atendiendo proyectos de infraestructura, de inversión a largo plazo en industrias de carácter regional, proyectos de especialización agropecuaria, proyectos de financiamiento de empresas que requieran ampliar sus operaciones, proyectos de financiamiento de servicios que sean indispensables para el funcionamiento del mercado común así como otros proyectos productivos.
Otros procesos de integración en la región La confrontación social en la región centroamericana, cuya máxima expresión se manifestó en la guerra protagonizada por grupos insurgentes y ejércitos de Centroamérica,
especialmente en los países de Guatemala, El Salvador y Nicaragua, provocó
inestabilidad política que repercutió en la situación económica y de integración a nivel de la región.
La profundización del neoliberalismo y sus programas de ajuste estructural, así
como la integración de mercados en el continente europeo y asiático, obliga a los Estados Unidos a cambiar su política militarista en la región por una política de democratización, aunque formalista, para constituir un mercado en la región latinoamericana.
Para el efecto impulsa un proceso de pacificación en la región.
Aquel espíritu de unidad, de integración de nuestros países trae como consecuencia la iniciativa de países como Panamá, Colombia y México de constituir un grupo al que se denominó Grupo Contadora; sin embargo, por los problemas sociales que se dieron en ese momento en Panamá con la invasión estadounidense y los problemas de Colombia, y por creer que era una intervención en los problemas de la región centroamericana, éste fracasó y surge la alternativa materializada en Esquipulas I y consolidada en Esquipulas lI, foros de los presidentes centroamericanos donde se asumió el compromiso de buscar la pacificación del área, la democratización de los gobiernos y el
respeto a la soberanía nacional.
En ese contexto, el movimiento sindical centroamericano, y fundamentado en los compromisos de los gobiernos en los acuerdos de pacificación en cada país, tanto organizaciones afiliadas a la ORIT-CIOSL, CLAT-CMT y aquellas que sin afiliación alguna constituyen la línea independiente de la región para coadyuvar con estos procesos y especialmente con la integración constituyeron un proceso denominado Coordinadora Centroamericana de Trabajadores, COCENTRA, la cual en los primeros años de la década de los 90 desarrolló un trabajo muy efectivo e hizo planteamientos serios desde el punto de vista político, económico y social a los distintos foros o reuniones que presidentes
y ministros llevaron a cabo en la región.

Este proceso se ha visto un poco disminuido por la creación de otras instancias, que aunque su objetivo es fortalecer, provocó la división y la propia línea de cada una de las indicadas, las cuales hacen esfuerzos por seguir en el proceso de unidad y planteamientos de integración. Asimismo, a lo largo de los procesos integracionistas, la sociedad civil crea la instancia denominada 
INICIATIVA CIVIL PARA LA INTEGRACION CENTROAMERICANA, con participación de distintos sectores organizados de la sociedad civil, en la cual se discuten temas de connotada relevancia, en cuyo seno se encuentra conformada una mesa laboral con participación de dos referentes, COCENTRA y
CTCA, cabe señalar que las discusiones y propuestas no estuvieron a la altura del proceso oficial y que en la actualidad se ha estancado.
La ICIC se aglutina por la necesidad de incidir en los procesos oficiales, ya que el movimiento social no estaba representado en el SICA, por lo que no se reflejaría la propuesta y los planteamientos sobre los problemas sociales.
Como resultado de estas iniciativas de los Estados de la región, se constituye lo que hoy se conoce como Parlamento Centroamericano, cuyos diputados son electos popularmente.
Si bien no tiene poder coercitivo, permite impulsar discusión de temas como:
la necesidad de la creación del Código Laboral Centroamericano.
El proceso de integración centroamericana, y especialmente en el marco de las organización sindical, se sigue fortaleciendo a través del diálogo, la negociación y el consenso que se ha impulsado y dentro de los cuales ha contado con el apoyo del Consejo Económico Social de España y en el caso muy particular de Comisiones Obreras, apoyo que ha tenido obstáculos por algunos sectores que pretenden mantener la confrontación en los países del área.
Como en todo proceso de integración en cualquier región del planeta, el eje principal ha sido el referente al aspecto económico como fórmula impuesta por la globalización y el impulso de las políticas económicas.



Cuadernos Internacionales nº 51 (Los procesos de integración económica en América Latina: una respuesta sindical)