jueves, 9 de septiembre de 1993

Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre modificación del Convenio de Doble Nacionalidad

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en su sesión del día 9 de septiembre, emitió, por mayoría, el siguiente dictamen:

"En cumplimiento de la Orden de V.E. de 12 de julio de 1993, el Consejo de Estado ha examinado el expediente relativo al Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre modificación del Convenio de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966.

Resulta de antecedentes:

Primero.- El Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre modificación del Convenio de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966 propone la modificación del apartado primero del artículo 2 de este último Convenio. En su redacción originaria disponía el mencionado apartado:

"Los españoles que hayan adquirido la nacionalidad hondureña, conservando su nacionalidad de origen, deberán ser inscritos en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Honduras, y los hondureños que hayan adquirido la nacionalidad española, conservando su nacionalidad de origen, deberán ser inscritos en el Registro Civil español correspondiente al lugar del domicilio".

Se propone la siguiente redacción:

"Los españoles que hayan adquirido la nacionalidad hondureña, conservando su nacionalidad de origen, deberán ser inscritos en el Registro Nacional de las Personas, y los hondureños que hayan adquirido la nacionalidad española, conservando su nacionalidad de origen, deberán ser inscritos en el Registro Civil español".

La reforma se motiva, por un lado, por la creación del Registro Nacional de las Personas en Honduras, y, por otro, por la necesidad de ajustar el Convenio al sistema registral español que prevé la inscripción en el Registro Central o Consular competentes por razón del lugar del nacimiento de los interesados.

Segundo.- El 21 de enero de 1993 informó la Dirección General de Registros y del Notariado. En su informe consideraba que el inciso "correspondiente al lugar del domicilio" -que se suprime por el Canje de Notas sometido a consulta-, "no se corresponde con el sistema registral español".

Tercero.- El Gabinete de Tratados del Ministerio de Asuntos Exteriores estima que es necesaria la autorización de las Cortes Generales.

Y, en tal estado de tramitación, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para dictamen.

Es objeto de consulta el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre modificación del Convenio de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966.

Entiende el Consejo de Estado que el citado Canje de Notas requiere la previa autorización de las Cortes Generales, ya que mediante la modificación propuesta se cambia el sistema registral de inscripción de la adquisición de la nacionalidad española, regulado en el artículo 16 de la Ley de Registro Civil. Se estima, en consecuencia, que resulta de aplicación el artículo 94.1, apartado e), de la Constitución.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado es de dictamen:

Que la prestación del consentimiento para obligarse por el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras sobre modificación del Convenio de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966 requiere la previa autorización de las Cortes Generales."

V.E., no obstante, resolverá lo que estime más acertado.

Madrid, 9 de septiembre de 1993

EL SECRETARIO GENERAL,

EL PRESIDENTE,

EXCMO. SR. MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES.

lunes, 24 de mayo de 1993

La situación de los derechos humanos es "grave" en los países de Centroamérica

Fuente: El País
La situación de los derechos humanos en Centroamérica "sigue siendo grave", según las organizaciones internacionales especializadas que destacan, sobre todo, los casos de Guatemala, Honduras y El Salvador. En Panamá y en Nicaragua, las acusaciones contra los actuales gobiernos son múltiples y serias, aunque se han registrado evidentes progresos.
El informe más reciente del Instituto Centroamericano de Estudios Políticos (INCEP) precisa que incluso en Costa Rica, cuya estabilidad democrática data de 1948, existen denuncias contra la policía. Las agresiones a la prensa, a organizaciones humanitarias, a los sindicatos y la Iglesia católica durante 1992 fueron consideradas por los expertos una manifestación de las prácticas de violación de los derechos humanos dirigidas contra la sociedad civil.En Guatemala, según un informe anual presentado por la Procuraduría de los Derechos Humanos el año pasado, se recibieron 387 denuncias de ejecuciones extrajudiciales, 48 de las cuales se tipificaron como tales mientras 318 son investigadas y dos fueron desestimadas. Sobre desapariciones forzadas, el organismo oficial citado informó de 99 casos, en 21 de los cuales las personas aparecieron vivas y en seis, muertas.
En El Salvador, a pesar de los significativos avances recogidos por los organismos humanitarios, la firma de la paz entre el Gobierno y el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional en 1992 no permitió por sí sola el cese absoluto de las transgresiones a las libertades y las garantías individuales.
Estadísticas parciales de la ONU en los cinco primeros meses de 1992 en El Salvador dan cuenta de 105 "ejecuciones extrajudiciales", 138 amenazas de muerte, 15 desapariciones, 44 secuestros, 109 torturas, 261 detenciones ilegales y otras 103 violaciones de los derechos humanos.
En Nicaragua el informe dice que la violencia en el campo, la radicalización de las posturas y la corrupción causaron a lo largo del año 1992 una "nueva espiral".