En la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación se ha abierto un canal con información sobre la entrada en
vigor de la disposición adicional sobre opción a la nacionalidad
española contenida en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre. Para accdeder a
esta información pulse
aquí.
En dicho enlace se puede encontrar INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LEY 52/2007, DE 26 DE DICIEMBRE,
POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS A
FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA
CIVIL Y LA DICTADURA (CONOCIDA COMO “LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA”)
Esa página web está pensada para las personas que residan en el
extranjero interesadas en la opción a la nacionalidad española de
origen, según la Ley 52/2007. Las personas que residan en España
pueden dirigirse a la página web del Registro Civil de su domicilio, o a
la página web de la Dirección General de los Registros y del Notariado
(DGRN) del Ministerio de Justicia (
www.mjusticia.es).