Población: 7.100.000 / Capital: Tegucigalpa / Convenios Ratificados: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182
A
pesar de una victoria importante en la maquila Corazón, las violaciones
en las zonas francas siguen resultando preocupantes. En julio, Gildan
cerró su fábrica en El Progreso, cuando estaban en curso investigaciones
sobre acusaciones de discriminación antisindical. No se registraron
progresos en materia legislativa.
DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY
Libertad sindical
Si
bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse,
impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para construir un
sindicato, se requiere por lo menos 30 trabajadores/as y, no puede haber
más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los
dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de
estar empleados en la actividad representada por el sindicato. Los/as
trabajadores/as de las explotaciones agrícolas o ganaderas que no
empleen de forma permanente a más de diez trabajadores quedan excluidos
del ámbito de la aplicación del Código de Trabajo.
Derecho de huelga
También
se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las
federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para
convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos
de la membresía total del sindicato. Los empleados de empresas estatales
deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación
del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en la
producción, refinería, transporte y distribución de petróleo, pero no
tienen poder coercitivo para obligar a los empresarios a respetar la
Ley. Los conflictos colectivos en servicios públicos que no son
esenciales deben someterse a arbitraje obligatorio y no tienen la
posibilidad de declarar una huelga durante la vigencia del fallo
arbitral (dos años).
Negociación colectiva
El derecho de
negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia
por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.
DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA
Falta de protección
En
la práctica, los/as trabajadores/as no cuentan con una ley que los
proteja adecuadamente frente a actos de discriminación antisindical. Los
trabajadores son hostigados e incluso despedidos por sus actividades
sindicales. En las zonas francas los trabajadores/as son explotados y se
ha informado de que los trabajadores que intentan formar un sindicato
son despedidos e inscritos en listas negras, además de ser perseguidos,
aislados de sus compañeros y acosados psicológicamente, en algunos casos
hasta físicamente.
Algunas empresas han establecido
organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre
todo en las zonas francas. Firmar un convenio colectivo es prácticamente
imposible en las fábricas de las zonas francas de todo el país. Hasta
final del año, sólo se tenía conocimiento del establecimiento de dos
convenios.
Actitud del Ministerio del Trabajo
El
Ministerio del Trabajo no obliga a los empresarios a respetar la
libertad Sindical, asumiendo una actitud de "dejar hacer y dejar pasar".
Las violaciones a los derechos de los trabajadores y la parcialidad del
Ministerio del Trabajo a favor de los empresarios han sido fuertemente
criticadas por la ciudadanía y las organizaciones sindicales.
Negociación colectiva
En
la práctica se viola el derecho de negociación colectiva, por cuanto la
negociación y conquista de un contrato colectivo representa la
introducción de mejoras en el nivel de vida de los trabajadores y
trabajadoras, que obligan al empleador a compartir una pequeña
proporción de sus ganancias, de ahí la férrea resistencia de los
patronos, en alianza con el gobierno, a garantizar su efectiva
aplicación.
VIOLACIONES EN 2004
Huelga de profesores reprimida
Los
profesores realizaron una huelga de casi un mes en junio en respuesta a
la decisión unilateral del Presidente Ricardo Maduro de rebajar sus
sueldos para equilibrar el presupuesto nacional y cumplir fielmente con
la Carta de Intenciones firmada con el Banco Mundial. El 25 de junio,
cuando los profesores realizaban una marcha en Tegucigalpa, la policía
utilizó gases lacrimógenos y peinillas para dispersar a los marchantes.
Una decena de profesores fueron arrestados y acusados de perturbar el
orden público. El gobierno calificó además a los huelguistas de
terroristas. La huelga culminó el 9 de julio con la firma de un acuerdo
entre los sindicatos y la Asamblea que restituía los salarios de los
profesores, que por su lado acordaron prorrogar el año escolar.
Amenaza de detención a líder sindical
El
31 de agosto, 400 policías intentaron romper el bloqueo de autopistas
realizado en el puerto internacional del país, Puerto Cortés, por varios
sindicatos de camioneros quienes solicitaban un salario mínimo y
protestaban contra el incumplimiento por la Shell y la Texaco del pago
de una tarifa por kilómetro que se destina a los conductores. Varias
empresas que pagan esa tarifa salieron perjudicadas, mientras que las
dos gigantes multinacionales petroleras, que no lo hacen desde hace más
de cuatro años, denunciaron a los camioneros. Durante el paro, el
Presidente del Sindicato Nacional de Motoristas de Equipo Pesado de
Honduras (SINAMEQUIPH), Erasmo Flores, junto con dos dirigentes de otras
organizaciones sindicales de camioneros, fueron arrestados y retenidos
en celdas minúsculas. Más tarde se emitió una orden de detención en su
contra por obstrucción a la economía del país, aunque en octubre la
Corte de Puerto Cortés lo declaró inocente y reconoció que sus derechos
habían sido violados. Es de señalar que su detención impidió a Flores
presentarse en las elecciones sindicales que se celebraban en ese
momento.
Buena noticia en dos maquilas…
Tras su
reconocimiento en 2003 como sindicato de la fábrica textil Corazón
Apparel en San Pedro Sula, que se logró gracias entre otras cosas a una
campaña internacional llevada a cabo por las principales organizaciones
sindicales internacionales, SITRACOR logró firmar en marzo con la
empresa un convenio colectivo, el segundo de su tipo firmado en una
maquila en Honduras. Además de un aumento de salarios y de mejores
condiciones de trabajo, el convenio provocó sobre todo un cambio
positivo en la actitud del personal gerencial y de supervisión hacia las
empleadas y empleados.
Además se consiguió con éxito
desarrollar una denuncia internacional coordinada por la Federación
Independiente de Trabajadores de Honduras (FITH) y la organización
estadounidense National Labor Committee (NLC) sobre violaciones al
derecho de libertad sindical y contratación colectiva en la empresa
SETISA, ubicada en Zip Honduras, lo que ha permitido el reconocimiento
legal del sindicato y la solución de los problemas laborales más
sustanciales.
…pero las violaciones continúan en otras maquilas
El
12 de julio, la empresa multinacional Gildan Activewear de Canadá
decidió trasladar hacia Haití y Nicaragua su fábrica del Progreso,
dejando sin empleo a 1.800 trabajadores/as. Gildan alegó para
justificarse que la empresa había dejado de ser competitiva y que los
accesos a la fábrica estaban siempre bloqueados. Pero el cierre se
produjo justamente cuando la fábrica mantenía negociaciones con la
Asociación por el Trabajo Justo (Fair Labor Association - FLA) y el
Consorcio de los Derechos de los Trabajadores (Workers Rights Consortium
- WRC) sobre acciones correctivas referentes a violaciones de los
derechos de los trabajadores en la fábrica. A pesar de ser miembro de la
FLA, numerosas quejas contra la fábrica habían sido presentadas en
relación con despidos de centenares de sindicalistas en 2003, en
respuesta a los esfuerzos de la FITH para la organización del sindicato
en esta empresa, y a la falta de respeto de las normas de seguridad en
el lugar del trabajo. Además, en mayo de este año, Gildan intentó
formar una asociación solidarista y en junio un informe de la FLA indicó
que una investigación independiente había encontrado irregularidades en
el incumplimiento de las normas fundamentales del trabajo.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL