Fuente: CIOSL
Población: 7.100.000 / Capital: Tegucigalpa / Convenios Ratificados: 29 - 87 - 98 - 100 - 105 - 111 - 138 - 182
A pesar de una victoria importante en la maquila Corazón, las violaciones en las zonas francas siguen resultando preocupantes. En julio, Gildan cerró su fábrica en El Progreso, cuando estaban en curso investigaciones sobre acusaciones de discriminación antisindical. No se registraron progresos en materia legislativa.
DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY
Libertad sindical
Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para construir un sindicato, se requiere por lo menos 30 trabajadores/as y, no puede haber más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de estar empleados en la actividad representada por el sindicato. Los/as trabajadores/as de las explotaciones agrícolas o ganaderas que no empleen de forma permanente a más de diez trabajadores quedan excluidos del ámbito de la aplicación del Código de Trabajo.
Derecho de huelga
También se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los empleados de empresas estatales deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en la producción, refinería, transporte y distribución de petróleo, pero no tienen poder coercitivo para obligar a los empresarios a respetar la Ley. Los conflictos colectivos en servicios públicos que no son esenciales deben someterse a arbitraje obligatorio y no tienen la posibilidad de declarar una huelga durante la vigencia del fallo arbitral (dos años).
Negociación colectiva
El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.
DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA
Falta de protección
En la práctica, los/as trabajadores/as no cuentan con una ley que los proteja adecuadamente frente a actos de discriminación antisindical. Los trabajadores son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales. En las zonas francas los trabajadores/as son explotados y se ha informado de que los trabajadores que intentan formar un sindicato son despedidos e inscritos en listas negras, además de ser perseguidos, aislados de sus compañeros y acosados psicológicamente, en algunos casos hasta físicamente.
Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas. Firmar un convenio colectivo es prácticamente imposible en las fábricas de las zonas francas de todo el país. Hasta final del año, sólo se tenía conocimiento del establecimiento de dos convenios.
Actitud del Ministerio del Trabajo
El Ministerio del Trabajo no obliga a los empresarios a respetar la libertad Sindical, asumiendo una actitud de "dejar hacer y dejar pasar". Las violaciones a los derechos de los trabajadores y la parcialidad del Ministerio del Trabajo a favor de los empresarios han sido fuertemente criticadas por la ciudadanía y las organizaciones sindicales.
Negociación colectiva
En la práctica se viola el derecho de negociación colectiva, por cuanto la negociación y conquista de un contrato colectivo representa la introducción de mejoras en el nivel de vida de los trabajadores y trabajadoras, que obligan al empleador a compartir una pequeña proporción de sus ganancias, de ahí la férrea resistencia de los patronos, en alianza con el gobierno, a garantizar su efectiva aplicación.
VIOLACIONES EN 2004
Huelga de profesores reprimida
Los profesores realizaron una huelga de casi un mes en junio en respuesta a la decisión unilateral del Presidente Ricardo Maduro de rebajar sus sueldos para equilibrar el presupuesto nacional y cumplir fielmente con la Carta de Intenciones firmada con el Banco Mundial. El 25 de junio, cuando los profesores realizaban una marcha en Tegucigalpa, la policía utilizó gases lacrimógenos y peinillas para dispersar a los marchantes. Una decena de profesores fueron arrestados y acusados de perturbar el orden público. El gobierno calificó además a los huelguistas de terroristas. La huelga culminó el 9 de julio con la firma de un acuerdo entre los sindicatos y la Asamblea que restituía los salarios de los profesores, que por su lado acordaron prorrogar el año escolar.
Amenaza de detención a líder sindical
El 31 de agosto, 400 policías intentaron romper el bloqueo de autopistas realizado en el puerto internacional del país, Puerto Cortés, por varios sindicatos de camioneros quienes solicitaban un salario mínimo y protestaban contra el incumplimiento por la Shell y la Texaco del pago de una tarifa por kilómetro que se destina a los conductores. Varias empresas que pagan esa tarifa salieron perjudicadas, mientras que las dos gigantes multinacionales petroleras, que no lo hacen desde hace más de cuatro años, denunciaron a los camioneros. Durante el paro, el Presidente del Sindicato Nacional de Motoristas de Equipo Pesado de Honduras (SINAMEQUIPH), Erasmo Flores, junto con dos dirigentes de otras organizaciones sindicales de camioneros, fueron arrestados y retenidos en celdas minúsculas. Más tarde se emitió una orden de detención en su contra por obstrucción a la economía del país, aunque en octubre la Corte de Puerto Cortés lo declaró inocente y reconoció que sus derechos habían sido violados. Es de señalar que su detención impidió a Flores presentarse en las elecciones sindicales que se celebraban en ese momento.
Buena noticia en dos maquilas…
Tras su reconocimiento en 2003 como sindicato de la fábrica textil Corazón Apparel en San Pedro Sula, que se logró gracias entre otras cosas a una campaña internacional llevada a cabo por las principales organizaciones sindicales internacionales, SITRACOR logró firmar en marzo con la empresa un convenio colectivo, el segundo de su tipo firmado en una maquila en Honduras. Además de un aumento de salarios y de mejores condiciones de trabajo, el convenio provocó sobre todo un cambio positivo en la actitud del personal gerencial y de supervisión hacia las empleadas y empleados.
Además se consiguió con éxito desarrollar una denuncia internacional coordinada por la Federación Independiente de Trabajadores de Honduras (FITH) y la organización estadounidense National Labor Committee (NLC) sobre violaciones al derecho de libertad sindical y contratación colectiva en la empresa SETISA, ubicada en Zip Honduras, lo que ha permitido el reconocimiento legal del sindicato y la solución de los problemas laborales más sustanciales.
…pero las violaciones continúan en otras maquilas
El 12 de julio, la empresa multinacional Gildan Activewear de Canadá decidió trasladar hacia Haití y Nicaragua su fábrica del Progreso, dejando sin empleo a 1.800 trabajadores/as. Gildan alegó para justificarse que la empresa había dejado de ser competitiva y que los accesos a la fábrica estaban siempre bloqueados. Pero el cierre se produjo justamente cuando la fábrica mantenía negociaciones con la Asociación por el Trabajo Justo (Fair Labor Association - FLA) y el Consorcio de los Derechos de los Trabajadores (Workers Rights Consortium - WRC) sobre acciones correctivas referentes a violaciones de los derechos de los trabajadores en la fábrica. A pesar de ser miembro de la FLA, numerosas quejas contra la fábrica habían sido presentadas en relación con despidos de centenares de sindicalistas en 2003, en respuesta a los esfuerzos de la FITH para la organización del sindicato en esta empresa, y a la falta de respeto de las normas de seguridad en el lugar del trabajo. Además, en mayo de este año, Gildan intentó formar una asociación solidarista y en junio un informe de la FLA indicó que una investigación independiente había encontrado irregularidades en el incumplimiento de las normas fundamentales del trabajo.
A pesar de una victoria importante en la maquila Corazón, las violaciones en las zonas francas siguen resultando preocupantes. En julio, Gildan cerró su fábrica en El Progreso, cuando estaban en curso investigaciones sobre acusaciones de discriminación antisindical. No se registraron progresos en materia legislativa.
DERECHOS SINDICALES SEGÚN LA LEY
Libertad sindical
Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para construir un sindicato, se requiere por lo menos 30 trabajadores/as y, no puede haber más de una organización sindical en la misma empresa o institución. Los dirigentes sindicales deben ser de nacionalidad hondureña y han de estar empleados en la actividad representada por el sindicato. Los/as trabajadores/as de las explotaciones agrícolas o ganaderas que no empleen de forma permanente a más de diez trabajadores quedan excluidos del ámbito de la aplicación del Código de Trabajo.
Derecho de huelga
También se reconoce, aunque con limitaciones, el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los empleados de empresas estatales deben notificar con seis meses de antelación o contar con la aprobación del gobierno antes de lanzar la huelga. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está capacitado para poner fin a las disputas en la producción, refinería, transporte y distribución de petróleo, pero no tienen poder coercitivo para obligar a los empresarios a respetar la Ley. Los conflictos colectivos en servicios públicos que no son esenciales deben someterse a arbitraje obligatorio y no tienen la posibilidad de declarar una huelga durante la vigencia del fallo arbitral (dos años).
Negociación colectiva
El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales de parte del empleador está prohibida.
DERECHOS SINDICALES EN LA PRÁCTICA
Falta de protección
En la práctica, los/as trabajadores/as no cuentan con una ley que los proteja adecuadamente frente a actos de discriminación antisindical. Los trabajadores son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales. En las zonas francas los trabajadores/as son explotados y se ha informado de que los trabajadores que intentan formar un sindicato son despedidos e inscritos en listas negras, además de ser perseguidos, aislados de sus compañeros y acosados psicológicamente, en algunos casos hasta físicamente.
Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidarista como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas. Firmar un convenio colectivo es prácticamente imposible en las fábricas de las zonas francas de todo el país. Hasta final del año, sólo se tenía conocimiento del establecimiento de dos convenios.
Actitud del Ministerio del Trabajo
El Ministerio del Trabajo no obliga a los empresarios a respetar la libertad Sindical, asumiendo una actitud de "dejar hacer y dejar pasar". Las violaciones a los derechos de los trabajadores y la parcialidad del Ministerio del Trabajo a favor de los empresarios han sido fuertemente criticadas por la ciudadanía y las organizaciones sindicales.
Negociación colectiva
En la práctica se viola el derecho de negociación colectiva, por cuanto la negociación y conquista de un contrato colectivo representa la introducción de mejoras en el nivel de vida de los trabajadores y trabajadoras, que obligan al empleador a compartir una pequeña proporción de sus ganancias, de ahí la férrea resistencia de los patronos, en alianza con el gobierno, a garantizar su efectiva aplicación.
VIOLACIONES EN 2004
Huelga de profesores reprimida
Los profesores realizaron una huelga de casi un mes en junio en respuesta a la decisión unilateral del Presidente Ricardo Maduro de rebajar sus sueldos para equilibrar el presupuesto nacional y cumplir fielmente con la Carta de Intenciones firmada con el Banco Mundial. El 25 de junio, cuando los profesores realizaban una marcha en Tegucigalpa, la policía utilizó gases lacrimógenos y peinillas para dispersar a los marchantes. Una decena de profesores fueron arrestados y acusados de perturbar el orden público. El gobierno calificó además a los huelguistas de terroristas. La huelga culminó el 9 de julio con la firma de un acuerdo entre los sindicatos y la Asamblea que restituía los salarios de los profesores, que por su lado acordaron prorrogar el año escolar.
Amenaza de detención a líder sindical
El 31 de agosto, 400 policías intentaron romper el bloqueo de autopistas realizado en el puerto internacional del país, Puerto Cortés, por varios sindicatos de camioneros quienes solicitaban un salario mínimo y protestaban contra el incumplimiento por la Shell y la Texaco del pago de una tarifa por kilómetro que se destina a los conductores. Varias empresas que pagan esa tarifa salieron perjudicadas, mientras que las dos gigantes multinacionales petroleras, que no lo hacen desde hace más de cuatro años, denunciaron a los camioneros. Durante el paro, el Presidente del Sindicato Nacional de Motoristas de Equipo Pesado de Honduras (SINAMEQUIPH), Erasmo Flores, junto con dos dirigentes de otras organizaciones sindicales de camioneros, fueron arrestados y retenidos en celdas minúsculas. Más tarde se emitió una orden de detención en su contra por obstrucción a la economía del país, aunque en octubre la Corte de Puerto Cortés lo declaró inocente y reconoció que sus derechos habían sido violados. Es de señalar que su detención impidió a Flores presentarse en las elecciones sindicales que se celebraban en ese momento.
Buena noticia en dos maquilas…
Tras su reconocimiento en 2003 como sindicato de la fábrica textil Corazón Apparel en San Pedro Sula, que se logró gracias entre otras cosas a una campaña internacional llevada a cabo por las principales organizaciones sindicales internacionales, SITRACOR logró firmar en marzo con la empresa un convenio colectivo, el segundo de su tipo firmado en una maquila en Honduras. Además de un aumento de salarios y de mejores condiciones de trabajo, el convenio provocó sobre todo un cambio positivo en la actitud del personal gerencial y de supervisión hacia las empleadas y empleados.
Además se consiguió con éxito desarrollar una denuncia internacional coordinada por la Federación Independiente de Trabajadores de Honduras (FITH) y la organización estadounidense National Labor Committee (NLC) sobre violaciones al derecho de libertad sindical y contratación colectiva en la empresa SETISA, ubicada en Zip Honduras, lo que ha permitido el reconocimiento legal del sindicato y la solución de los problemas laborales más sustanciales.
…pero las violaciones continúan en otras maquilas
El 12 de julio, la empresa multinacional Gildan Activewear de Canadá decidió trasladar hacia Haití y Nicaragua su fábrica del Progreso, dejando sin empleo a 1.800 trabajadores/as. Gildan alegó para justificarse que la empresa había dejado de ser competitiva y que los accesos a la fábrica estaban siempre bloqueados. Pero el cierre se produjo justamente cuando la fábrica mantenía negociaciones con la Asociación por el Trabajo Justo (Fair Labor Association - FLA) y el Consorcio de los Derechos de los Trabajadores (Workers Rights Consortium - WRC) sobre acciones correctivas referentes a violaciones de los derechos de los trabajadores en la fábrica. A pesar de ser miembro de la FLA, numerosas quejas contra la fábrica habían sido presentadas en relación con despidos de centenares de sindicalistas en 2003, en respuesta a los esfuerzos de la FITH para la organización del sindicato en esta empresa, y a la falta de respeto de las normas de seguridad en el lugar del trabajo. Además, en mayo de este año, Gildan intentó formar una asociación solidarista y en junio un informe de la FLA indicó que una investigación independiente había encontrado irregularidades en el incumplimiento de las normas fundamentales del trabajo.
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL
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