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miércoles, 30 de enero de 2013

Apoyo de CCOO al sindicalismo en Honduras



La Ponencia de la FSC-CCOO aprobada en su 2º Congreso celebrado en Toledo durante los días 30 y 31 de enero y 1 de febrero de 2013, hace especial énfasis en el apoyo al sindicalismo en Honduras:

F.2. Cooperación internacional
I) DIAGNÓSTICO
213. La FSC trabaja a nivel estatal en cooperación a través de la Fundación Paz y Solidaridad “Serafín Aliaga”, estando nuestras acciones integradas dentro del proyecto confederal financiado por AECID (Agencia Española de Cooperación al Desarrollo). Es un ámbito en el que se ha avanzado bastante durante los últimos años y, entendemos por lo tanto, que la lucha por un mundo justo y por una transición justa es más necesaria que nunca.
214. El desmantelamiento del Estado de bienestar, las privatizaciones, la movilidad del capital, las nuevas formas de organización del trabajo (la externalización, la subcontratación, el trabajo a domicilio, etc), la presión de las normas del trabajo y las operaciones transfronterizas efectuadas por las empresas multinacionales son algunos de los nuevos desafíos que han surgido a raíz de la globalización. En este contexto, al cual se agregan los retos planteados por la pobreza mundial, como sindicatos de clase creemos en la formulación de estrategias que luchen por la justicia social en la economía globalizada.
215. Hemos de participar en las actividades sindicales mundiales —OMC— o interregionales con Europa, relacionadas con los tratados comerciales o los procesos de asociación interregionales para defender la inclusión de cláusulas y otros instrumentos que garanticen tanto el cumplimiento de los derechos fundamentales del trabajo y el trabajo decente y el respeto al medio ambiente, como los principios del comercio justo.
216. Así como en campañas cuyos objetivos sean la defensa de los derechos humanos, laborales y sindicales en el mundo, y en los procesos de democratización de las sociedades. En particular se desarrollarán en defensa de la democracia y los derechos sindicales y laborales en los países árabes; de los derechos sindicales y laborales donde los sindicalistas sufren la muerte y las peores formas de represión por su actividad en defensa de los trabajadores (Honduras, Guatemala, Colombia, etc.); y en apoyo a los derechos políticos y humanos de los pueblos saharaui y palestino.
217. La apuesta por la solidaridad internacional y la globalización de derechos nos compromete a seguir cooperando con las organizaciones sindicales de los países en desarrollo en una coyuntura de crisis y en la medida de los recursos disponibles, manteniendo al menos la aportación solidaria del 0,7 por cuota de los afiliados para acciones de cooperación sindical internacional y sin perjuicio de que se puedan buscar otras fuentes de financiación que permitan ampliar y mejorar nuestro trabajo en materia de cooperación.
218. Desde que la cooperación en la FSC comenzó su andadura, se partió de un principio: fortalecer a los sindicatos como agentes de desarrollo, ya que este hecho nos hace avanzar hacia sociedades más justas y equitativas.
219. El derecho al trabajo debe ir unido a los derechos laborales individuales y colectivos. Reforzar las organizaciones sindicales de los países subdesarrollados o en vías de desarrollo, supone garantizar la lucha por estos derechos laborales.
220. Para hacer frente a la pobreza se requiere un ataque frontal que habilite a las personas con menos recursos, concediéndoles derechos civiles y políticos, garantizándoles una participación adecuada.
221. Así, se impulsó la puesta en marcha de algún sindicato, como el caso de los proyectos que se han venido desarrollando en la zona de África con la creación de un sindicato de transportes en Senegal.
Estamos combatiendo la pobreza y dando instrumentos para el fortalecimiento de los derechos laborales en ese país.
222. Por otro lado, con el impulso de numerosas actividades formativas ligadas a proyectos de cooperación en los países del Sur, lo que hemos hecho es dotar a estas estructuras sindicales de mecanismos para combatir con mayor eficacia los efectos de la globalización.
223. Cuando hemos conseguido que las personas menos desfavorecidas se liguen al mundo del sindicato, se convierten en agentes de desarrollo: forman una fuerza colectiva, defienden sus derechos, se protegen sus intereses y se les abren nuevas vías al Diálogo Social con miras a mejorar de facto sus condiciones de vida y de trabajo.

sábado, 18 de septiembre de 2010

Informe del CSI sobre Normas Fundamentales del Trabajo internacionalmente reconocidas en Honduras

Fuente: CCOO

La Confederación Sindical Internacional - CSI, que representa a 176 millones de trabajadoras y trabajadores en 151 países y territorios, y cuenta con 301 organizaciones afiliadas nacionales (incluidos CCOO, UGT y los principales sindicatos hondureños), ha elaborado un informe sobre las Normas Fundamentales del Trabajo internacionalmente reconocidas en Honduras.

Incluimos sinopsis del mismo y recomendaciones:

Honduras ha ratificado los ocho Convenios fundamentales de la OIT. No obstante, en vista de las graves y continuas violaciones de los derechos fundamentales de los trabajadores/as, es necesario que se tomen medidas adicionales para cumplir con los compromisos que Honduras aceptó en Singapur, Ginebra y Doha en las Declaraciones Ministeriales de la OMC entre 1996 y 2001, en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y en la Declaración sobre Justicia Social de 2008.
 
La libertad sindical está reconocida por la ley, pero existen numerosas restricciones legales y en la práctica a los trabajadores les resulta difícil ejercer el derecho a la sindicalización. El derecho a la negociación colectiva está también garantizado, pero en la práctica muchos empleadores se oponen a los procesos de negociación colectiva. El derecho a la huelga está reconocido aunque limitado y los actos de discriminación antisindical no son penalizados. La legislación laboral es de aplicación también en las Zonas Francas, pero en éstas resulta mucho más difícil organizar sindicatos. El régimen de Porfirio Lobo ha suprimido cualquier acción sindical y utilizando una fuerza y violencia excesivas contra sus oponentes. 

La ley prohíbe la discriminación por motivos de género, discapacidad y origen étnico. Sin embargo, las mujeres se concentran en determinados puestos de trabajo poco cualificados por los que reciben una remuneración inferior por un trabajo de igual valor que sus compañeros masculinos. Los pueblos indígenas son discriminados en lo relativo al acceso al empleo y las personas con discapacidad carecen de oportunidades para ocupar un puesto de trabajo.

Los niños/as menores de 16 años no tienen permitido trabajar, sin embargo, el trabajo infantil es algo común. El trabajo infantil se da principalmente en el ámbito de la agricultura, la minería, los talleres y la servidumbre doméstica. Ha habido raras inspecciones para comprobar el cumplimiento de las leyes laborales, incluidas las leyes sobre trabajo infantil. 

El trabajo forzoso está prohibido por la ley, pero es un problema que existe. La ley no prohíbe la trata con fines de explotación laboral. En las zonas francas, se encierra a los trabajadores/as para obligarlos a trabajar horas extraordinarias.

[...]

Recomendaciones
  1. El Gobierno debería poner fin al uso de la violencia contra sus opositores, emprender un proceso de diálogo con la sociedad civil, incluyendo los sindicatos, y restaurar la democracia.
  2. El Gobierno debería suprimir los requisitos excesivos para la organización de un sindicato, como el requisito mínimo de 30 miembros, o la norma de un solo sindicato por empresa.
  3. El Gobierno debería eliminar los requisitos discriminatorios para la organización de un sindicato, como el requisito del 90% de afiliados de nacionalidad hondureña, o el impedimento de que los no nacionales hondureños puedan ser dirigentes sindicales.
  4. El ámbito de aplicación del Código del Trabajo debería ampliarse con toda urgencia para que abarque a las empresas y explotaciones agrícolas y ganaderas que no emplean de forma permanente a más 10 trabajadores.
  5. Las sanciones previstas en el Código del Trabajo para las personas que interfieren con el derecho a la libertad sindical deberían ser más severas.
  6. La negociación colectiva debería estar permitida para los trabajadores públicos.
  7. La negociación colectiva debería promoverse como la forma primordial de negociación y los empleadores que se nieguen a poner en práctica esta forma de negociación deberían ser sancionados con los efectos jurídicos del caso.
  8. El Gobierno debería eliminar los requisitos excesivos para convocar una huelga, tales como la mayoría de 2/3.
  9. El Gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, debería revisar la lista de servicios esenciales y adaptar su definición en consonancia con el Convenio No.87.
  10. El Gobierno debería establecer sanciones severas para los empleadores que practican la discriminación contra los sindicatos y emplean técnicas para disolver a los sindicatos. Por otra parte, la policía debería hacer cumplir las decisiones judiciales cuando los empleadores no las respeten.
  11. El Gobierno debería garantizar que el Estado de Derecho se aplique plenamente en las zonas francas y que se remunere a los trabajadores y trabajadores de forma justa por su trabajo, que no se aplique el trabajo forzoso y que aquellas personas que ejerzan prácticas antisindicales sean enjuiciadas y castigadas.
  12. La legislación debería modificarse para incorporar el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.
  13. El Gobierno debería tomar medidas para aumentar la capacidad de las mujeres a
    recurrir a acciones legales cuando sean objeto de discriminación, por ejemplo si
    los empleadores les pidan someterse a pruebas de embarazo como requisito
    obligatorio para la contratación.
  14. El Gobierno necesita elaborar un sistema de clasificación nacional de puestos de trabajo a fin de facilitar la igualdad de remuneración.
  15. El Gobierno debería reconocer los derechos territoriales de las comunidades indígenas y proporcionarles igualdad de oportunidades respecto a la educación y el empleo.
  16. Los derechos de las personas discapacitadas deberían estar mejor protegidos y los programas deberían ayudarles a desarrollar sus capacidades y a encontrar un empleo.
  17. El Gobierno debería emprender programas de acción positiva para poner fin a la discriminación contra las personas LGTB en el lugar de trabajo.
  18. La Constitución, el Código del Trabajo y otras leyes que regulan el trabajo infantil deberían armonizarse y ser más coherentes.
  19. El ámbito de aplicación del Código del Trabajo debería ampliarse con vistas a la regulación laboral de los trabajadores/as autónomos menores de 18 años de edad y para los niños/as que trabajan en las empresas agrícolas y ganaderas que emplean a menos de diez personas.
  20. El Gobierno debería tomar medidas urgentes para mejorar las tasas de escolarización y de asistencia escolar.
  21. El Gobierno debería hacer cumplir la ley con mayor eficiencia y procesar a los delincuentes que utilizan las peores formas de trabajo infantil, tales como el trabajo en las minas, el buceo profundo, la prostitución infantil y otros trabajos peligrosos.
  22. El Código Penal debería modificarse a fin de prohibir la trata de mano de obra. Debería promulgarse una legislación específicamente dirigida contra la trata de personas. El Gobierno debería aumentar su capacidad para prestar asistencia a las víctimas de la trata de personas.
  23. El Gobierno debería reforzar la aplicación de su legislación y su capacidad para ejercer sus poderes judiciales a fin de vigilar y hacer cumplir su legislación laboral, incluida la legislación sobre las violaciones de los derechos de los trabajadores/as, sobre el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas y empezar a castigar a quienes cometen estos delitos.
  24. La Inspección de Trabajo debería ser financiada, los inspectores tendrían que recibir formación y deberían iniciarse urgentemente las investigaciones sobre las graves denuncias de corrupción que pesan sobre ellos.
  25. En conformidad con los compromisos aceptados por Honduras en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur y Doha y sus obligaciones como miembro de la OIT, el Gobierno de Honduras debería presentar informes regulares a la OMC y a la OIT sobre los cambios legislativos y sus programas de implementación con respecto a todas las normas fundamentales del trabajo.
  26. La OMC debería llamar la atención de las autoridades de Honduras con respecto a los compromisos contraídos en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur y Doha de observar las normas fundamentales del trabajo. La OMC debería requerir a la OIT que intensifique su labor con el Gobierno de Honduras en estos ámbitos y que presente un informe al Consejo General de la OMC con ocasión del próximo examen de política comercial
 Ginebra, 20 – 22 de septiembre de 2010

Accede al informe completo en: http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/579832.pdf

viernes, 4 de diciembre de 2009

El movimiento sindical internacional insiste en la necesidad de incluir el empleo en los acuerdos comerciales


Fuente: CCOO

Se clausura la 7ª conferencia de la OMC, con incertidumbres sobre la finalización de la ronda de Doha

Aunque la mayoría de los países miembros de la OMC se han manifestado a favor de la conclusión de la Ronda en 2010, y han defendido que ello podría contribuir al incremento de los flujos comerciales y de esta manera a una pronta recuperación económica, los temas de conflicto y la posición de los principales países generan bastantes dudas sobre la consecución de dicho propósito. 






Así, la Administración norteamericana aún no ha adoptado una clara posición en lo que respecta al posible acuerdo, pendiente de las decisiones del Congreso en el que hay importantes sectores opuestos al proceso de liberalización multilateral. Brasil y otros países emergentes, que están sufriendo la crisis en menor medida que los países desarrollados, consideran excesiva la apertura, especialmente de sus mercados no agrarios, y están desarrollando estrategias de acuerdos regionales y bilaterales entre ellos.

La UE, que en principio era la que más apostaba por el sistema multilateral, también está negociando acuerdos de ámbito regional y bilateral para evitar quedarse rezagada frente a los acuerdos que están negociándose entre otros países.

El interrogante sobre el futuro de la Ronda de Doha se despejará en el primer semestre de 2010 puesto que es entonces cuando debería cerrarse el acuerdo sobre sus principales contenidos, de forma que en el segundo semestre se concreten las reducciones arancelarias en los diferentes países. Por tanto, de llegarse a un acuerdo, éste tendría lugar durante la Presidencia española de la UE, lo que plantea un importante reto para el gobierno español.

En cuanto al tema de incluir las normas laborales fundamentales y los temas sociales, como el empleo, en los acuerdos comerciales, solo algunos países como Francia, Noruega e Indonesia lo han incorporado a sus discursos en esta 7ª Conferencia. Ésta era una de las demandas del movimiento sindical internacional que ha criticado la indiferencia de los gobiernos ante sus planteamientos. Para CCOO es curioso que España, con un 18% de tasa de desempleo, no haya hecho en su intervención  ninguna referencia a la importancia de relacionar los procesos de liberalización comercial con el objetivo de crear empleo.


sábado, 1 de marzo de 2003

Normas Fundamentales del Trabajo Internacionalmente Reconocidas en Honduras

Fuente: CIOSL

INFORME PARA EL EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES DEL CONSEJO GENERAL DE LA OMC CON RESPECTO A HONDURAS
(Ginebra, 29 de septiembre-1 de octubre de 2003)

SINOPSIS

Honduras ha ratificado los ocho Convenios fundamentales de la OIT. En vista de las restricciones impuestas a los derechos sindicales de los trabajadores/as, y continuos problemas de discriminación y trabajo infantil, se requieren medidas concretas para cumplir con los compromisos que Honduras aceptó en Singapur, Ginebra y Doha en las Declaraciones Ministeriales de la OMC entre 1996 y 2001, y en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo.

Honduras ha ratificado los Convenios fundamentales sobre el Derecho de Sindicalización y Negociación Colectiva y sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicalización. Sin embargo, tanto en la ley como en la práctica, existen restricciones a la libertad de formar sindicatos, al derecho a la huelga y al derecho de negociación colectiva, tanto en el sector privado como en el público. No hay suficiente protección contra la discriminación antisindical.
Honduras ha ratificado los dos Convenios de la OIT sobre discriminación. Sin embargo, en la práctica, las mujeres tienen peor acceso a un empleo de calidad, reciben salarios inferiores, y cuentan con menos protección. Muchas de ellas están empleadas en las Zonas Francas que se dedican a la producción a gran escala para la exportación, y se enfrentan a graves violaciones de los derechos sindicales, incluyendo desigualdades en cuanto a salarios y oportunidades y distintas formas de acoso.

Honduras ha ratificado los dos Convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo infantil, sin embargo el trabajo infantil aún prevalece y constituye un grave problema. Los niños trabajan especialmente en pequeñas explotaciones agrícolas o tiendas familiares, como vendedores ambulantes o en el sector de servicios a pequeña escala. El trabajo infantil también tiene lugar en el sector de la construcción, en la pesca de langosta y en la agricultura orientada a la exportación, viéndose expuestos a riesgos de salud y seguridad.
Honduras ha ratificado los dos Convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo forzoso. El trabajo forzoso tiene lugar en la explotación sexual comercial (tráfico nacional e internacional de mujeres y niñas), así como en el tráfico de droga (generalmente niños). También se produce trabajo forzoso en las Zonas Francas, donde se suele obligar a los trabajadores/as a realizar horas extraordinarias. 





Recomendaciones:





  1. Varias disposiciones en la ley restringen la libertad sindical, incluyendo la prohibición de que exista más de un sindicato en una misma empresa, el requisito de que haya más de 30 trabajadores para formar un sindicato, y el requisito de que la organización sindical deba incluir entre sus miembros a más de un 90% de hondureños. Se requiere una reforma de la legislación para que el Código Laboral guarde relación con el Convenio No. 87.
  2. Existen restricciones legales con respecto al derecho a la huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar huelgas, y se requiere contar con una mayoría de dos tercios de los votos de todos los miembros de una organización sindical para convocar una huelga. El Ministerio de Trabajo está capacitado para poner fin a las disputas en los servicios de producción, refinería, transporte y distribución de petróleo. Y se necesita una autorización previa o un período de preaviso de seis meses para cualquier suspensión del trabajo en los servicios públicos que no dependen directamente del Estado. Estas restricciones deberían revisarse para que la legislación se corresponda con el Convenio No.87.
  3. Se necesita una legislación que proporcione una adecuada protección, con castigos disuasivos y lo suficientemente efectivos, contra actos de discriminación antisindical por pertenecer a un sindicato o realizar actividades sindicales y contra cualquier acto de interferencia por parte de los empleadores o sus organizaciones en los asuntos sindicales.
  4. Hace falta una aplicación más firme de la legislación laboral en las Zonas Francas (Maquiladoras), especialmente con respecto al derecho a la sindicalización, el derecho a la huelga, el derecho a la negociación colectiva, las desigualdades en salarios y oportunidades entre hombres y mujeres, y las duras condiciones de trabajo para las mujeres. Se necesita disponer de mejores datos estadísticos sobre la distribución de los empleos en las empresas de las Zonas Francas, y sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres.
  5. Siguen existiendo desigualdades salariales entre hombres y mujeres. La legislación sobre igual remuneración por sí misma no bastará para mejorar la posición de las mujeres. Se requieren medidas activas para eliminar la discriminación salarial directa y mejorar el acceso de las mujeres a la educación y la formación. Además, se necesita información estadística con un indicativo de los salarios, así como información estadística sobre la
    distribución de hombres y mujeres en los distintos cargos y distintos empleos.
  6. Se requieren mayores progresos para la efectiva eliminación del trabajo infantil. Se necesita un mayor control del trabajo infantil, especialmente en el sector informal y la agricultura. Condiciones peligrosas e insalubres en la construcción, las exportaciones agrícolas y la pesca de langosta deben eliminarse. Ha de promoverse la educación y destinar mayores recursos a la educación. Honduras debe mantener e intensificar su participación en el programa IPEC de la OIT.
  7. En general se necesitan más inspecciones laborales para garantizar la aplicación del Código Laboral, así como la formación de inspectores laborales.
  8. Hay que eliminar efectivamente la prostitución forzosa y el tráfico de mujeres y niños/as.
  9. En conformidad con los compromisos aceptados por Honduras en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur, Ginebra y Doha y sus obligaciones como miembro de la OIT, el Gobierno de Honduras debería presentar informes regulares a la OMC y a la OIT sobre los cambios legislativos y sus programas de implementación con respecto a todas las normas fundamentales del trabajo.
  10. La OMC debería llamar la atención de las autoridades de Honduras con respecto a los compromisos contraídos en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur y Doha de observar las normas fundamentales del trabajo. La OMC debería requerir a la OIT que intensifique su labor con el Gobierno de Honduras en estos ámbitos y que presente un informe al Consejo General de la OMC con ocasión del próximo examen de política comercial.

Descarga la versión íntegra del informe: Normas Fundamentales del Trabajo Internacionalmente Reconocidas en Honduras


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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

martes, 15 de febrero de 2000

Los pabellones de la vergüenza

Fuente: CIOSL

Francia reuniría este mes una mesa redonda destinada a elaborar “una verdadera carta de seguridad marítima” y desea dotar a la Organización Marítima Internacional de los medios necesarios para evaluar el estado de la flota mundial. El naufragio del Erika en la costa de Bretaña, en todo caso, reactivó el combate contra los pabellones de conveniencia. Es una lucha que libra desde hace mucho tiempo la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF). Sin embargo, durante el tiempo que transcurre entre una y otra catástrofe ecológica, a menudo los políticos hacen caso omiso de ella. Los pabellones de conveniencia no matan únicamente pájaros. Anualmente mueren 2.000 marinos en accidentes marítimos, la mayoría de los cuales ocurre en barcos que enarbolan pabellones de conveniencia. Esas personas navegan a bordo de verdaderos “sarcófagos flotantes” y miles de ellos no perciben nunca remuneración alguna. Esta hecatombe se completa con la pesca peligrosa y la piratería. Investigación de un escándalo.

¿Pero qué tienen en común el Erika, ese petrolero “maltés” que el 12 de diciembre pasado se quebró en dos en el mar de Iroise en la costa de Bretaña y derramó una parte de las 37.000 toneladas de combustible que había en su bodega en la costa atlántica de Francia, y el petrolero liberiano Braer que en 1993 se estrelló a la altura del Faro de Sunburgh y derramó 85.000 toneladas de petróleo en las costas de las islas Shetlands, e inclusive ese otro “liberiano”, Amoco-Cádiz, cuyo nombre basta para recordar la marea negra más grande de la historia: una napa de 220.000 toneladas de petróleo derramadas en las costas bretonas en 1978?

Tres petroleros, tres naufragios, tres napas de petróleo, centenares de kilómetros de playa contaminados y decenas de miles de aves migratorias empapadas de petróleo.

Además de esos puntos en común hay otro suplementario: El Erika, al igual que el Braer o que el Amoco-Cádiz, enarbolaban pabellones de conveniencia. La invención de dicho sistema se debe sin duda a la empresa marítima estadounidense United America Line que a partir de los años veinte registró sus barcos en Panamá para evadir las restricciones impuestas por Washington sobre el comercio de alcohol, ya que era entonces la época de la “ley seca”. En un principio, ese método se utilizaba más bien para hacer contrabando pero rápidamente fue emulado ya que la tentación de reducir los costos de funcionamiento fue demasiado grande para los armadores, confrontados a una concurrencia cada vez más exacerbada. El operativo es simple: El propietario de un barco de un determinado país lo registra en otro país que, por supuesto, sea netamente menos ávido de impuestos sobre los ingresos del armador, esté menos atento a las normas de seguridad del barco y sea mucho más tolerante en cuanto a las condiciones de trabajo y a las garantías sociales de las tripulaciones. Esas zonas francas flotantes, verdaderos paraísos fiscales, recibieron incluso el aval de las Naciones Unidas que ya en 1986 legitimaron esa práctica con gran reprobación de la Federación Internacional del Transporte (ITF), que desde 1948 denuncia sin cesar los abusos que se cometen.
El hecho es que si bien los pabellones de conveniencia permiten a sus felices propietarios hacer pingües ahorros, el sistema está lejos de ser estanco y exento de riesgos. Las cifras lo demuestran.

El total de 19.000 barcos con pabellones de conveniencia sobre una flota mundial de 95.000, es decir 20% del total, implica que en 1998 se registraron entre ellos el 40% de la cantidad de naufragios registrados (39 naves cada 94). Según la ITF, 46% de las pérdidas en términos de toneladas sería atribuibles a solamente 8 pabellones de conveniencia de los 27 identificados como tales por esa federación internacional (1). “Entre los diez registros que se llevan la palma de las toneladas perdidas figuran cinco pabellones de conveniencia”, indica la ITF, citando a Camboya que se ubica en primer lugar, San Vicente (segundo), Antigua (octava), Chipre (noveno) y Belice (décimo). Liberia, que atribuyó su pabellón a no menos de 510 petroleros tiene el triste récord de las pérdidas en toneladas en los casos más graves de contaminación que se hayan registrado entre 1963 y 1996. De las 36 mareas negras contabilizadas durante ese período por su gravedad, 14 fueron provocadas por barcos de pabellón liberiano que derramaron en total por lo menos 1,2 millón de toneladas de combustible en los océanos. Antes de contaminar la región de Vendée, el Erika estaba lejos de ser un barco modelo: había quedado varado en cuatro oportunidades a raíz de controles portuarios y ya había encallado dos veces, además, los inspectores habían descubierto por lo menos dos averías graves durante sus 25 años de carrera.

Cada vez que se produce un accidente se reactiva, con toda legitimidad, la polémica en torno a los pabellones de conveniencia y, sin embargo, las condiciones de trabajo de los marinos que genera ese sistema parecen dejar indiferentes a los responsables marítimos. Las inspecciones de la ITF y las efectuadas por las autoridades de control estatales de los distintos puertos confirman que muchas tripulaciones son víctimas de explotación, están sobrecargadas de trabajo, mal remuneradas, mal alimentadas y no tienen suficiente agua potable. La falta de normas en los países de matriculación permite que los armadores no brinden formación a las tripulaciones en materia de seguridad y que, al buscar mano de obra barata, pocos sean los propietarios que se preocupen por saber si los marinos que contrataron en las diferentes escalas están en condiciones de comunicarse entre sí. Los pabellones de conveniencia simbolizan así los aspectos más nocivos de la “mundialización”: falta de reglas, competencia encarnizada, explotación e irresponsabilidad en caso de accidentes. En pocas palabras, la ley de la jungla. ¿Cómo podría no ser así? El Erika, construido en Japón en 1974, era en el momento de naufragar propiedad de un armador italiano (tras haber pasado por manos noruegas y griegas), había sido fletado por una multinacional francesa, enarbolaba pabellón maltés (tras haber izado los de Panamá y de Liberia) y tenía a bordo tripulación india. Si las autoridades francesas continúan mostrándose diligentes, quizás se pueda obtener rápidamente un fallo en el juicio del Erika. No obstante, eso está lejos de ser algo seguro. En el caso del Amoco-Cádiz, que había suscitado una gran conmoción pública, hubo que esperar 12 años.

Entre tanto, los mares seguirán siendo peligrosos. Generalmente se estima en más de un millón la cantidad de marinos que trabajan a bordo de barcos que enarbolan pabellones de conveniencia y, según la ITF, su suerte está lejos de ser envidiable. “Salarios irrisorios, malas condiciones a bordo, falta de reposo adecuado entre largos períodos de trabajo, pocos o ningún permiso para bajar a tierra, insuficientes controles médicos, falta de formación en materia de seguridad...”, las quejas de la ITF figuran en numerosos informes. En cuanto a testimonios, la bodega de esa internacional está llena.

Unos meses antes de que encallara el Braer en 1993, la ITF había recibido quejas de la tripulación. Los marinos, en su mayoría filipinos, se quejaban de que faltaban por lo menos dos marineros de sala de máquinas y de que tenían que hacer demasiadas horas extraordinarias”. Algunos oficiales llegaban a hacer hasta 200 horas extraordinarias por mes y dos de ellos, que habían abandonado la nave semanas antes por enfermedad, todavía no habían cobrado en el momento de la catástrofe.

Desde entonces, la situación no se ha mejorado por cierto. Prueba de ello es el caso del Queen of Vevey, del cual informó la ITF el pasado mes de noviembre. Ese petrolero de 6.500 toneladas con pabellón panameño, construido en 1970, está anclado desde julio de 1999 en Puerto Stanley, en las islas Falklands (Malvinas). Cuando en octubre de 1999 el capitán y los marinos bajaron a tierra, el último permiso se remontaba a diciembre de 1998 ¡fecha también de su último salario! El fletero, Chemoil, una empresa con sede en Suiza, cerró en septiembre y no se sabe casi nada de su propietario panameño. La vida a bordo no es cosa fácil. No hay calefacción ni equipamiento para el invierno, el agua y la comida escasean. El 29 de septiembre, arrastrado por una tempestad, el barco dio de quilla y tuvo que ser reflotado por remolcadores. Ya en 1998, cuando su nombre era Lady of Monica su tripulación, entonces ucrania y rusa, se quejaba en un puerto cubano de fisuras en la cala, de falta de sistema de lastre y de malas condiciones sanitarias...

La industria reconoce que el 80% de los accidentes que se producen en el mar se deben a errores humanos. La ITF dice: “No es de sorprender, sobre todo, cuando se sabe que las tripulaciones están sobrecargadas de trabajo, cobran salarios ínfimos y no pueden descansar convenientemente”. Los accidentes a bordo también son numerosos: caídas en las escotillas, miembros seccionados, quemaduras etc. “Nada de eso parece preocupar demasiado a los propietarios de navíos con pabellones conveniencia, a quienes interesa ante todo la carga y el costo de cualquier eventual retraso en las entregas”, se queja la ITF. Como resultado, en esta ocupación se deploran 2.000 muertes por año. En cuanto a las indemnizaciones para las familias de esas víctimas del mar, muchas veces se hacen esperar. La Sra. Fernando, viuda de un marino de Sri Lanka muerto en 1995 durante una maniobra de descarga en Puerto Talbot, tuvo que esperar varios años para conseguir la indemnización, a pesar de que se había demostrado la negligencia del armador del carguero matriculado en Bahamas. En un primer momento, éste ofreció a la Sra. Fernando hacer un acuerdo “amistoso”: 50.000 dólares y no ir a juicio. Gracias a la intervención de la ITF, la señora obtuvo más del doble.

Los inspectores de la ITF están presentes en la mayoría de los puertos y no escatiman sus esfuerzos. No pasa un día sin que reciban alguna queja. La falta de pago de los salarios es el reclamo más frecuente.

El pasado mes de noviembre, cuando de encontraba en Seattle para las reuniones de la CIOSL preparatorias para el gran evento de la Organización Mundial de Comercio (OMC), David Cockroft, Secretario General de la ITF estuvo en el Sea Fox, un barco con pabellón de Belice anclado en ese puerto estadounidense. Allí celebró una victoria. Lila Smith, la inspectora local de la ITF, luego de tres meses de esfuerzo acababa de conseguir que se pagara la suma de 200.000 dólares que el propietario ruso del navío debía a los miembros de la tripulación, tripulación que el propietario se encargaría además de repatriar a su Rusia natal. En 1997, la ITF recuperó no menos de 37 millones de dólares estadounidenses en atrasos salariales de marinos empleados en navíos con pabellones de conveniencia. La cuarta parte de las naves de esa flota actualmente entran dentro del marco de acuerdos de la ITF que brindan una protección directa a más de 80.000 marinos.

No obstante, la misma federación internacional confiesa que los casos denunciados representan solamente la punta visible del témpano. “Muchos marinos empleados en barcos con pabellón de conveniencia tienen demasiado miedo para quejarse”, reconoce la organización. Por ejemplo, en Manila, las agencias de contratación de marinos, primeros proveedores de mano de obra para la flota mundial (más de 200.000 marinos son filipinos), señalan con el dedo a la gente de mar “que hace historias”. Es frecuente que los capitanes inscriban la mención “agente provocador de la ITF” en el carnet de desembarco. Ciertos marinos fueron incluso detenidos a su regreso a casa.

Por su parte, la ITF también tiene su propia lista negra. En ella figura el nombre de unas veinte empresas fleteras, propietarios de navíos, armadores o agentes marítimos poco recomendables. Uno de ellos, Adriatic Tanker, ex propietario de una flota de sesenta barcos, debía en el momento de ir a la quiebra, en 1996, más de 5 millones de dólares a sus marinos. El estado de los barcos era tal que la liquidación no llegó a cubrir el monto de la deuda. Panagis Zissimatos, el patrón de esa “armada” inculpada en Grecia, pasa hoy tranquilamente sus días en Suiza, donde reanudó sus actividades... en la industria marítima. Naufragios, quiebras, detenciones de naves para control, racionamiento o cuarentenas, todos los motivos son válidos para que ciertos armadores sin escrúpulos abandonen a sus tripulaciones... esperando que éstos se vayan sin exigir lo que se les debe, ni salario ni gastos de repatriación.

Entre 1995 y 1998, la ITF registró 199 casos de abandono de navíos que afectaban a más de 3.500 marinos. En este ámbito también, las cifras sin duda reflejan tan sólo una parte de la realidad. Datos oficiales de esa industria revelan 4.500 casos de naufragios, arrestos o embargos de barcos.

Pocos días antes de que el Erika naufragara en las costas de Bretaña, el Global Mariner, un barco alquilado por la ITF dentro del marco de una campaña mundial contra los pabellones de conveniencia, hacía escala en La Valette. El “capitán” de la ITF, Jean-Yves Legouas, que dirige su sección marítima, aprovechó esa oportunidad para llamar al orden a las autoridades maltesas. Entre 1996 y 1998, por lo menos 443 barcos con pabellón maltés, sobre una flota total de 1.500, fueron detenidos en puerto tras controles de las autoridades portuarias. Solamente Panamá y Chipre consiguieron un récord peor. También son pabellones de conveniencia...

Luc Demaret y Jacky Delorme

(1) Las Naciones Unidas evitan utilizar el término “pabellones de conveniencia” y hablan de “pabellones de libre matriculación” o de registros “abiertos”. La ITF, por su parte, declaró que son “pabellones de conveniencia” los registros de los 27 países siguientes: Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Aruba (Países Bajos), Bahamas, Barbados, Belice, Bermudas (Reino Unido), Birmania, Camboya, Chipre, Gibraltar (Reino Unido), Honduras, Islas Canarias (España), Islas Caimán (Reino Unido), Islas Cook (Nueva Zelandia), Islas Marshall (Estados Unidos), Líbano, Liberia, Luxemburgo, Malta, Mauricio, Panamá, Registro Marítimo Internacional Alemán (GIS), San Vicente, Sri Lanka, Tuvalu y Vanuatu.

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