Firmado el Convenio de cooperación cultural, educativa y científica, en sustitución del Tratado de Intercambio Cultural de mediados del siglo pasado.
Este nuevo Convenio establece -entre otras cosas- que (Artículo 6) "Las dos Partes considerarán los términos y modalidades necesarios para el reconocimiento mutuo de grados y títulos, tanto de nivel universitario como de nivel secundario, de acuerdo con las disposiciones vigentes en cada uno de los países."
Accede al texto íntegro del Convenio en: http://www.boe.es/boe/dias/1998/10/17/pdfs/A34418-34419.pdf