Fuente: CIOSL
Golpes y
gases lacrimógenos contra los trabajadores que protestaban por la
violación de un convenio colectivo en una zona franca industrial.
Protestas contra la privatización
El 1 de mayo, los sindicatos realizaron una jornada de protesta contra la política económica del gobierno, en particular, contra la privatización de los servicios públicos que había sido negociada con el FMI pero no con los sindicatos. Declararon que el gobierno quería acabar con los sindicatos mediante las privatizaciones.
Maquiladoras
En 1996, luego de que se dieran a conocimiento público en Estados Unidos las condiciones de trabajo en las maquiladoras hondureñas, que en gran parte producen ropa para el mercado del gran país del norte, los fabricantes estadounidenses impusieron controles más rigurosos a sus proveedores hondureños. El gobierno también hizo algunos esfuerzos para modernizar el Ministerio de Trabajo y para mejorar el servicio de inspección del trabajo.
A principios de la década de los años 1990, se había atraído a los inversionistas a las zonas francas industriales con promesas de que la legislación laboral no se aplicaría estrictamente y no se tolerarían los sindicatos. Han aumentado las violaciones de los derechos sindicales y se han deteriorado las condiciones de trabajo.
Discriminación antisindical
Los sindicatos hondureños afirman que la aplicación de la ley no protege a los trabajadores y a sus sindicatos suficientemente contra los actos de discriminación antisindical y las interferencias de los empleadores. Los trabajadores que protestan, o reclaman sus derechos, o aquellos de quienes se sospecha que están organizando sindicatos se arriesgan a ser hostigados, intimidados o despedidos. Los empleadores tienen listas negras de sindicalistas despedidos, crean asociaciones solidaristas y otras formas de sindicatos controlados por la empresa.
Convenio colectivo firmado...
En marzo de 1999, se firmó un convenio colectivo en la maquiladora de propiedad sudcoreana Kimi, en el Continental Park, de Lima, cerca de San Pedro Sula. La fábrica produce para el comercializador de venta directa al público norteamericano JC Penney.
En mayo, el propietario de la zona, un hombre de negocios y candidato presidencial, anunció que sacaría a la empresa de la zona en agosto, cuando expirara su contrato de alquiler, porque tenía un sindicato. El propietario finalmente aceptó que la fábrica se quedara pero impuso condiciones inaceptables. Mientras tanto, los propietarios de la fábrica encontraron otro lugar para instalarse.
El sindicato SITRAKIMIH dijo que la mayoría de los trabajadores no podrían trasladarse al nuevo predio y que el sindicato quedaría destruido. Finalmente, el traslado fue cancelado.
...pero violado
Las discusiones entre el sindicato y la dirección iban bien hasta que el 18 de agosto, la dirección abandonó repentinamente las negociaciones. Al día siguiente, impuso una modificación salarial que quebrantaba un acuerdo previo. El sindicato hizo huelga y ocupó la fábrica. Los directivos fueron encerrados dentro de la fábrica hasta que la policía los sacó en la tarde. La empresa intentó que se arrestara a los dirigentes sindicales y que se los acusara de secuestro.
Los días 27 y 28 de agosto, el sindicato bloqueó el Continental Park en protesta por la negativa de la dirección de respetar el convenio colectivo. El 30 de agosto, la policía antidisturbios se situó en las entradas de la zona para asegurar que los trabajadores pudieran entrar a trabajar. Los trabajadores de las fábricas vecinas se negaron a entrar, en solidaridad con los trabajadores de Kimi. Fueron golpeados y se les lanzaron gases lacrimógenos. Muchos tuvieron que ir al hospital.
La dirección exigió la expulsión del dirigente del sindicato y el Ministerio del Trabajo intervino como mediador.
En la misma zona ha habido informes de que los organizadores sindicales de la fábrica Yoo Yang fueron despedidos luego de solicitar el reconocimiento del sindicato el 16 de agosto.
El código laboral viola los derechos sindicales
El gobierno ya no habla de un proyecto de código laboral que según ha venido declarando fue redactado en 1995 como resultado de conversaciones tripartitas y revocaría muchas de las siguientes disposiciones de la ley que violan los derechos sindicales.
? El código laboral no cubre a ciertos trabajadores del sector agrícola o ganadero.
? El código laboral permite sólo un sindicato por empresa o establecimiento.
? Para constituir un sindicato se requieren 30 trabajadores.
? El 90% de los miembros del sindicato deben ser hondureños.
? Los responsables de los sindicatos y de las confederaciones deben ser hondureños, estar empleados en el sector representado por el sindicato y saber leer y escribir.
? Dos terceras partes de los miembros de un sindicato deben votar a favor de una huelga, las federaciones y confederaciones no pueden convocar huelgas.
? El Ministerio de Trabajo puede poner fin a las huelgas en la industria del petróleo, que está definida como un servicio esencial.
? El arbitraje obligatorio puede ser impuesto en conflictos de servicios públicos no esenciales.
? Las huelgas en los servicios públicos que no dependen directa o indirectamente del Estado, deben estar autorizadas por el gobierno con seis meses de antelación.
Protestas contra la privatización
El 1 de mayo, los sindicatos realizaron una jornada de protesta contra la política económica del gobierno, en particular, contra la privatización de los servicios públicos que había sido negociada con el FMI pero no con los sindicatos. Declararon que el gobierno quería acabar con los sindicatos mediante las privatizaciones.
Maquiladoras
En 1996, luego de que se dieran a conocimiento público en Estados Unidos las condiciones de trabajo en las maquiladoras hondureñas, que en gran parte producen ropa para el mercado del gran país del norte, los fabricantes estadounidenses impusieron controles más rigurosos a sus proveedores hondureños. El gobierno también hizo algunos esfuerzos para modernizar el Ministerio de Trabajo y para mejorar el servicio de inspección del trabajo.
A principios de la década de los años 1990, se había atraído a los inversionistas a las zonas francas industriales con promesas de que la legislación laboral no se aplicaría estrictamente y no se tolerarían los sindicatos. Han aumentado las violaciones de los derechos sindicales y se han deteriorado las condiciones de trabajo.
Discriminación antisindical
Los sindicatos hondureños afirman que la aplicación de la ley no protege a los trabajadores y a sus sindicatos suficientemente contra los actos de discriminación antisindical y las interferencias de los empleadores. Los trabajadores que protestan, o reclaman sus derechos, o aquellos de quienes se sospecha que están organizando sindicatos se arriesgan a ser hostigados, intimidados o despedidos. Los empleadores tienen listas negras de sindicalistas despedidos, crean asociaciones solidaristas y otras formas de sindicatos controlados por la empresa.
Convenio colectivo firmado...
En marzo de 1999, se firmó un convenio colectivo en la maquiladora de propiedad sudcoreana Kimi, en el Continental Park, de Lima, cerca de San Pedro Sula. La fábrica produce para el comercializador de venta directa al público norteamericano JC Penney.
En mayo, el propietario de la zona, un hombre de negocios y candidato presidencial, anunció que sacaría a la empresa de la zona en agosto, cuando expirara su contrato de alquiler, porque tenía un sindicato. El propietario finalmente aceptó que la fábrica se quedara pero impuso condiciones inaceptables. Mientras tanto, los propietarios de la fábrica encontraron otro lugar para instalarse.
El sindicato SITRAKIMIH dijo que la mayoría de los trabajadores no podrían trasladarse al nuevo predio y que el sindicato quedaría destruido. Finalmente, el traslado fue cancelado.
...pero violado
Las discusiones entre el sindicato y la dirección iban bien hasta que el 18 de agosto, la dirección abandonó repentinamente las negociaciones. Al día siguiente, impuso una modificación salarial que quebrantaba un acuerdo previo. El sindicato hizo huelga y ocupó la fábrica. Los directivos fueron encerrados dentro de la fábrica hasta que la policía los sacó en la tarde. La empresa intentó que se arrestara a los dirigentes sindicales y que se los acusara de secuestro.
Los días 27 y 28 de agosto, el sindicato bloqueó el Continental Park en protesta por la negativa de la dirección de respetar el convenio colectivo. El 30 de agosto, la policía antidisturbios se situó en las entradas de la zona para asegurar que los trabajadores pudieran entrar a trabajar. Los trabajadores de las fábricas vecinas se negaron a entrar, en solidaridad con los trabajadores de Kimi. Fueron golpeados y se les lanzaron gases lacrimógenos. Muchos tuvieron que ir al hospital.
La dirección exigió la expulsión del dirigente del sindicato y el Ministerio del Trabajo intervino como mediador.
En la misma zona ha habido informes de que los organizadores sindicales de la fábrica Yoo Yang fueron despedidos luego de solicitar el reconocimiento del sindicato el 16 de agosto.
El código laboral viola los derechos sindicales
El gobierno ya no habla de un proyecto de código laboral que según ha venido declarando fue redactado en 1995 como resultado de conversaciones tripartitas y revocaría muchas de las siguientes disposiciones de la ley que violan los derechos sindicales.
? El código laboral no cubre a ciertos trabajadores del sector agrícola o ganadero.
? El código laboral permite sólo un sindicato por empresa o establecimiento.
? Para constituir un sindicato se requieren 30 trabajadores.
? El 90% de los miembros del sindicato deben ser hondureños.
? Los responsables de los sindicatos y de las confederaciones deben ser hondureños, estar empleados en el sector representado por el sindicato y saber leer y escribir.
? Dos terceras partes de los miembros de un sindicato deben votar a favor de una huelga, las federaciones y confederaciones no pueden convocar huelgas.
? El Ministerio de Trabajo puede poner fin a las huelgas en la industria del petróleo, que está definida como un servicio esencial.
? El arbitraje obligatorio puede ser impuesto en conflictos de servicios públicos no esenciales.
? Las huelgas en los servicios públicos que no dependen directa o indirectamente del Estado, deben estar autorizadas por el gobierno con seis meses de antelación.
---
* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL
No hay comentarios:
Publicar un comentario