Fuente: CCOO
En su exposición abordó los vacíos que tiene
la legislación nacional para proteger adecuadamente a los cooperantes
españoles, puso de manifiesto tanto las lagunas en la regulación de los
derechos de los cooperantes como las deficiencias en la garantía de
algunos ya regulados, reconociendo no obstante que el RD de Estatuto de los Cooperantes del 2006 y la Norma que lo desarrolla, supuso un primer
paso para dar mayor seguridad y protección laboral y sanitaria a un
colectivo que ha estado largo tiempo en la indefensión e inseguridad, a
pesar de realizar su actividad en condiciones y países de especial
dificultad. Marisol Pardo presentó los principales problemas con los que
se encuentran los cooperantes en terreno, derivados de situaciones
reguladas insuficientemente o por la indefinición del Estatuto del
Cooperante, que dificultan la acreditación de los cooperantes y su
familias en el país donde van a desarrollar su actividad, tales como la
ausencia de un "visado de cortesía" que proteja y agilice los permisos
de trabajo y de residencia del cooperante en el país donde va a
realizar su actividad de cooperación, la indeterminación y falta de
orientaciones comunes claras y precisas por parte de las
Administraciones Públicas en materia de fiscalidad, de gastos fijos de
residencia en el país de destino, ayudas para la escolarización de los
hijos e hijas de los cooperantes, cobertura de viajes entre España y el
lugar de trabajo, gastos de traslado o hacer frente a pagos de sumas
importantes que en ocasiones tienen que adelantar a las aseguradoras
médicas, a pesar de disponer del Seguro Colectivo que otorga el Estatuto
del Cooperante.
"Para resolver una parte de los problemas reales que viven los cooperantes en el terreno y aplicar derechos ya recogidos no deberían existir mayores problemas si se unifican criterios que hagan factible el desarrollo de la Norma y agilizan los trámites administrativos."
"Más problemáticas encontramos aquellas cuestiones relacionadas con la contratación de los cooperantes y su inserción laboral cuando retornan a España jóvenes cooperantes contratados mediante un contrato por obra y servicio para la realización de una actividad o programa de cooperación al desarrollo y sin relación laboral previa en España. El problema radica cuando se abusa de la temporalidad, la actividad de cooperación finaliza y el cooperante retorna. La situación es de inseguridad a la hora de encontrar un nuevo trabajo, incluso en el mismo sector de la cooperación, ya que los años de su actividad en el país de destino no suelen tenerse en cuenta como parte de su desarrollo profesional en el mercado laboral."
La Secretaria Confederal de Cooperación Internacional al Desarrollo, con el soporte de los servicios jurídicos de la CS de CCOO fue explicando a sus señorías las diferentes situaciones y centró su intervención en las lagunas normativas en materia de relaciones laborales, de contratación y de inserción laboral de los cooperantes una vez retornados a España, en función de la relación laboral previa a su contratación para una actividad o programa de cooperación.
Para una mejor comprensión de los problemas en materias relacionadas con la contratación, la reserva del puesto de trabajo, las excedencias y servicios especiales hizo una exposición demostrativa de la realidad contractual distinguiendo según el tipo de situación laboral preexistente a la incorporación del cooperante a su destino y si son contratados laborales, funcionarios o estatutarios.
Aunque el Estatuto del Cooperante dispone que podrá pasar a la situación de excedencia voluntaria, teniendo derecho a la reserva de su puesto de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del ET, para segurar de forma efectiva el derecho al reingreso a la empresa, cuando finalice la actividad de cooperación, habría que modificar, mediante ley, el artículo 46 del ET, para incluir la excedencia y poder realizar actividades de cooperación, garantizar la reserva del puesto de trabajo, y por tanto la reincorporación inmediata al finalizar la actividad de cooperación.
Para hacer efectiva la protección que en materia de contratación pretende el Estatuto del Cooperante habría que resolver conflictos que surgen en aplicación del Estatuto de los Trabajadores y de la normativa reguladora de la Función Pública (EBEP) particularmente en materias relacionadas con la contratación, la reserva del puesto de trabajo, las excedencias y servicios especiales."
"La reincorporación a su anterior puesto de trabajo debería ser inmediata cuando existe una relación laboral previa con contrato de trabajo con la entidad promotora de la cooperación o se es personal al servicio de las administraciones públicas".
En sus conclusiones, la Secretaria Confederal de Cooperación y Presidenta de la FPS, Marisol Pardo, insistió en la necesidad de impulsar políticas activas de empleo y recordó la especial responsabilidad que en esta materia corresponde a las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias, sin perjuicio de las de coordinación del Gobierno.
Abogó por impulsar las medidas necesarias de diálogo y negociación para establecer "un modelo de carrera profesional" en el campo de la cooperación al desarrollo y la necesidad de avanzar hacia un convenio colectivo de sector. "A día de hoy no existe en la Clasificación Nacional de Ocupaciones nada específico relativo a la Cooperación al Desarrollo, ni la necesaria regulación del sector de la cooperación internacional que diera lugar a la existencia del convenio colectivo sectorial".
Consideró un instrumento muy válido para la inserción laboral de los cooperantes, que los Servicios Públicos de Empleo de las distintas Comunidades autónomas, en cumplimiento de la Ley de Empleo, tengan en cuenta la situación de los cooperantes retornados y sus potencialidades profesionales, cuando les elaboren su Itinerario Individualizado y Personalizado de Empleo, ofreciéndoles un catalogo de acciones y servicios dirigidos a facilitar su incorporación, permanencia y progreso en el mercado laboral tras su retorno.
Destacó la necesidad de mejorar la oferta y la calidad de la capacitación de las personas cooperantes, de los profesionales de la cooperación al desarrollo y de los agentes de cooperación para un mejor desempeño de su trabajo a la hora de implementar, desarrollar y evaluar las acciones humanitarias y/o los proyectos de desarrollo que lleven a cabo en los países y ámbitos donde actúan, así como reforzar las capacidades institucionales y de incidencia de los agentes públicos y privados de la cooperación para el desarrollo.
Para la dirigente de CCOO, el fortalecimiento de las capacidades para el desarrollo adecuado y de calidad de los Planes Estratégicos de la Cooperación Española, pasa por la dotación adecuada de recursos materiales y humanos a las Instituciones de Cooperación Internacional al Desarrollo: AGE, AECID, DGPOLPE, OTC, CCE, Instituciones y agentes de cooperación de CCAA y EELL.
Dada la gran diversidad de actores de cooperación reclamó una mayor coordinación, complementariedad y coherencia de políticas en el ámbito estatal, autonómico y local lo que requiere agilizar los mecanismos regulares de comunicación y colaboración entre las diferentes Instituciones de Cooperación del Estado (La Comisión Delegada del Gobierno, la SECI, AECID) y el resto organismos de las CCAA particularmente la Comisión Interterritorial.
Tras dar cumplida respuesta a las preguntas de los diferentes grupos parlamentarios, Marisol Pardo finalizó su comparecencia recordando que las organizaciones sindicales, reconocidas en la Ley de Cooperación Internacional al Desarrollo, somos agentes clave para la cooperación lo que tiene que ver con nuestra propia razón de ser, que se fundamenta en la defensa de los trabajadores y trabajadoras, pero también en el interés general y en los principios de justicia y solidaridad.
Nuestro ámbito de actuación natural en la defensa de los derechos laborales y sindicales y nuestra Cooperación Sindical Internacional está directamente ligada a generar condiciones de desarrollo, generar espacios de participación, concertación y diálogo. CCOO somos particularmente activos en la defensa de los derechos humanos, (incluidos los laborales y sindicales), en la promoción del trabajo decente y cumplimiento de los Convenios y Recomendaciones de la OIT. Más que suplir necesidades nuestra idea de la cooperación tiene que ver con la capacitación y el fortalecimiento del tejido social.
La responsable confederal de cooperación de CCOO y Presidenta de la FPS, afirmó que "más allá de la AOD y de la ayuda humanitaria, sin ninguna duda necesarias, hacen faltan políticas de desarrollo económico y social, normativas y medidas precisas que hagan realidad el reconocimiento de los derechos de las personas cooperantes, que protejan y regulen la actividad de quienes deben implementar proyectos y programas con calidad. Se precisa de medidas concretas coherentes y bien coordinadas, así como recursos materiales adecuados y recursos humanos capacitados para avanzar en una ayuda eficaz y una cooperación al desarrollo más previsible, profesionalizada y de calidad".
Para finalizar reafirma el compromiso de CCOO con una cooperación para el desarrollo económico y social que ponga el empleo decente en el centro de las políticas de desarrollo, promueva el fortalecimiento del tejido social, la gobernabilidad democrática, los ODM y la aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo de la OIT.
Marisol Pardo, Secretaria
Confederal de Cooperación Internacional para el Desarrollo de CCOO y
Presidenta de la Fundación Paz y Solidaridad Serafín Aliaga, compareció
el 7 de abril ante la Ponencia de estudio relativa a la normativa
aplicable a los cooperantes, en el seno de la Comisión de Cooperación
Internacional al Desarrollo del Senado.
"Para resolver una parte de los problemas reales que viven los cooperantes en el terreno y aplicar derechos ya recogidos no deberían existir mayores problemas si se unifican criterios que hagan factible el desarrollo de la Norma y agilizan los trámites administrativos."
"Más problemáticas encontramos aquellas cuestiones relacionadas con la contratación de los cooperantes y su inserción laboral cuando retornan a España jóvenes cooperantes contratados mediante un contrato por obra y servicio para la realización de una actividad o programa de cooperación al desarrollo y sin relación laboral previa en España. El problema radica cuando se abusa de la temporalidad, la actividad de cooperación finaliza y el cooperante retorna. La situación es de inseguridad a la hora de encontrar un nuevo trabajo, incluso en el mismo sector de la cooperación, ya que los años de su actividad en el país de destino no suelen tenerse en cuenta como parte de su desarrollo profesional en el mercado laboral."
La Secretaria Confederal de Cooperación Internacional al Desarrollo, con el soporte de los servicios jurídicos de la CS de CCOO fue explicando a sus señorías las diferentes situaciones y centró su intervención en las lagunas normativas en materia de relaciones laborales, de contratación y de inserción laboral de los cooperantes una vez retornados a España, en función de la relación laboral previa a su contratación para una actividad o programa de cooperación.
Para una mejor comprensión de los problemas en materias relacionadas con la contratación, la reserva del puesto de trabajo, las excedencias y servicios especiales hizo una exposición demostrativa de la realidad contractual distinguiendo según el tipo de situación laboral preexistente a la incorporación del cooperante a su destino y si son contratados laborales, funcionarios o estatutarios.
Aunque el Estatuto del Cooperante dispone que podrá pasar a la situación de excedencia voluntaria, teniendo derecho a la reserva de su puesto de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del ET, para segurar de forma efectiva el derecho al reingreso a la empresa, cuando finalice la actividad de cooperación, habría que modificar, mediante ley, el artículo 46 del ET, para incluir la excedencia y poder realizar actividades de cooperación, garantizar la reserva del puesto de trabajo, y por tanto la reincorporación inmediata al finalizar la actividad de cooperación.
Para hacer efectiva la protección que en materia de contratación pretende el Estatuto del Cooperante habría que resolver conflictos que surgen en aplicación del Estatuto de los Trabajadores y de la normativa reguladora de la Función Pública (EBEP) particularmente en materias relacionadas con la contratación, la reserva del puesto de trabajo, las excedencias y servicios especiales."
"La reincorporación a su anterior puesto de trabajo debería ser inmediata cuando existe una relación laboral previa con contrato de trabajo con la entidad promotora de la cooperación o se es personal al servicio de las administraciones públicas".
En sus conclusiones, la Secretaria Confederal de Cooperación y Presidenta de la FPS, Marisol Pardo, insistió en la necesidad de impulsar políticas activas de empleo y recordó la especial responsabilidad que en esta materia corresponde a las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias, sin perjuicio de las de coordinación del Gobierno.
Abogó por impulsar las medidas necesarias de diálogo y negociación para establecer "un modelo de carrera profesional" en el campo de la cooperación al desarrollo y la necesidad de avanzar hacia un convenio colectivo de sector. "A día de hoy no existe en la Clasificación Nacional de Ocupaciones nada específico relativo a la Cooperación al Desarrollo, ni la necesaria regulación del sector de la cooperación internacional que diera lugar a la existencia del convenio colectivo sectorial".
Consideró un instrumento muy válido para la inserción laboral de los cooperantes, que los Servicios Públicos de Empleo de las distintas Comunidades autónomas, en cumplimiento de la Ley de Empleo, tengan en cuenta la situación de los cooperantes retornados y sus potencialidades profesionales, cuando les elaboren su Itinerario Individualizado y Personalizado de Empleo, ofreciéndoles un catalogo de acciones y servicios dirigidos a facilitar su incorporación, permanencia y progreso en el mercado laboral tras su retorno.
Destacó la necesidad de mejorar la oferta y la calidad de la capacitación de las personas cooperantes, de los profesionales de la cooperación al desarrollo y de los agentes de cooperación para un mejor desempeño de su trabajo a la hora de implementar, desarrollar y evaluar las acciones humanitarias y/o los proyectos de desarrollo que lleven a cabo en los países y ámbitos donde actúan, así como reforzar las capacidades institucionales y de incidencia de los agentes públicos y privados de la cooperación para el desarrollo.
Para la dirigente de CCOO, el fortalecimiento de las capacidades para el desarrollo adecuado y de calidad de los Planes Estratégicos de la Cooperación Española, pasa por la dotación adecuada de recursos materiales y humanos a las Instituciones de Cooperación Internacional al Desarrollo: AGE, AECID, DGPOLPE, OTC, CCE, Instituciones y agentes de cooperación de CCAA y EELL.
Dada la gran diversidad de actores de cooperación reclamó una mayor coordinación, complementariedad y coherencia de políticas en el ámbito estatal, autonómico y local lo que requiere agilizar los mecanismos regulares de comunicación y colaboración entre las diferentes Instituciones de Cooperación del Estado (La Comisión Delegada del Gobierno, la SECI, AECID) y el resto organismos de las CCAA particularmente la Comisión Interterritorial.
Tras dar cumplida respuesta a las preguntas de los diferentes grupos parlamentarios, Marisol Pardo finalizó su comparecencia recordando que las organizaciones sindicales, reconocidas en la Ley de Cooperación Internacional al Desarrollo, somos agentes clave para la cooperación lo que tiene que ver con nuestra propia razón de ser, que se fundamenta en la defensa de los trabajadores y trabajadoras, pero también en el interés general y en los principios de justicia y solidaridad.
Nuestro ámbito de actuación natural en la defensa de los derechos laborales y sindicales y nuestra Cooperación Sindical Internacional está directamente ligada a generar condiciones de desarrollo, generar espacios de participación, concertación y diálogo. CCOO somos particularmente activos en la defensa de los derechos humanos, (incluidos los laborales y sindicales), en la promoción del trabajo decente y cumplimiento de los Convenios y Recomendaciones de la OIT. Más que suplir necesidades nuestra idea de la cooperación tiene que ver con la capacitación y el fortalecimiento del tejido social.
La responsable confederal de cooperación de CCOO y Presidenta de la FPS, afirmó que "más allá de la AOD y de la ayuda humanitaria, sin ninguna duda necesarias, hacen faltan políticas de desarrollo económico y social, normativas y medidas precisas que hagan realidad el reconocimiento de los derechos de las personas cooperantes, que protejan y regulen la actividad de quienes deben implementar proyectos y programas con calidad. Se precisa de medidas concretas coherentes y bien coordinadas, así como recursos materiales adecuados y recursos humanos capacitados para avanzar en una ayuda eficaz y una cooperación al desarrollo más previsible, profesionalizada y de calidad".
Para finalizar reafirma el compromiso de CCOO con una cooperación para el desarrollo económico y social que ponga el empleo decente en el centro de las políticas de desarrollo, promueva el fortalecimiento del tejido social, la gobernabilidad democrática, los ODM y la aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo de la OIT.
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