miércoles, 6 de agosto de 2003

Empresas Multinacionales

La central española Comisiones Obreras ha aprobado, en su VII Congreso (2003), la resolución “Exigir la Responsabilidad Social de las Empresas. En defensa de un modelo económico sostenible, responsable y con plena participación democrática”, en su VIII Congreso (2003).

En un plano general, CCOO avanza hacia el señalamiento de que con la RSE se busca crear un modelo nuevo de empresa, comprometida con, a la vez, la generación de riqueza, el interés general, la generación de empleos de calidad, la calidad de los bienes y servicios producidos, la inversión en innovación, tecnología y formación, la cohesión social y una mayor democracia y participación en su interior, tanto con sus trabajadores como en las relaciones con los accionistas y consumidores.

A continuación, CCOO establece una diferenciación entre responsabilidades “internas” (y principales), con sus trabajadores, y “externas”, con el conjunto de la sociedad. Las prácticas responsables deben afectar en primer lugar a los trabajadores y a las relaciones laborales en la empresa, lo que incluye los derechos laborales básicos: a la contratación y al empleo, a la inversión en formación y cualificación, a la salud y seguridad en el trabajo, a la igualdad de trato y la no discriminación en el trabajo; a la representación y la acción colectiva de los trabajadores a través de los sindicatos, a la negociación colectiva. y a la calidad del empleo.

CCOO también ha creado una estructura, el Observatorio de la Responsabilidad Social Corporativa, de acuerdo al enfoque de las coaliciones ongs-sindicatos, ya que está integrado también por otras organizaciones de la sociedad civil: Economistas Sin Fronteras, Setem, Intermón Oxfam, Ingeniería Sin Fronteras, Grupo Nixkor, Caritas, Ipade, y la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) . Las dimensiones contempladas por el Observatorio son cuatro: sociales, laborales, medioambientales, y respeto a los derechos humanos. El concepto central utilizado es el de la relación “multistakeholder”, tanto en la gestión como en el diálogo. En otra nota de esta serie se presenta un resumen sobre sus características.

En esta nota se reproduce el texto completo de la resolución y una selección del enfoque institucional del Observator

I. Resolución 2003: ·”Exigir la RSE. En defensa de un modelo económico sostenible, responsable y con plena participación democrática”.


Análisis de la situación

1. Las sociedades democráticas avanzan y se legitiman cuando las organizaciones e instituciones públicas y privadas que las conforman responden de las responsabilidades que, en el cumplimiento de sus fines, adquieren con el conjunto de la sociedad. NI el Estado puede transferir al ciudadano sus obligaciones para garantizar redes de protección colectivas, ni las empresas pueden hacer dejación de su responsabilidad y transferir el riesgo empresarial a los trabajadores y trabajadoras.

2. Para hacer frente a los cambios productivos y a la mundialización de la economía, se requiere la transformación de las empresas, un modelo nuevo de empresa, innovada, socialmente responsable y con relaciones laborales participativas. Porque las empresas deben contribuir al objetivo estratégico, especialmente relevante en nuestro país y compartido en el ámbito europeo, de desarrollar una economía basada en el conocimiento, de configurar un tejido productivo capaz de competir sobre la base de la inversión en formación, tecnología e investigación, con empleos de calidad y con mayor cohesión social.

3. Sin embargo, las prácticas empresariales se alejan de estos objetivos cuando se constata una dilución creciente de la responsabilidad de las empresas ante la falta de transparencia en la toma de decisiones, la gestión inadecuada de los recursos económicos y las retribuciones escandalosas de los directivos, las repercusiones negativas sobre el medio ambiente de los procesos productivos, la subcontratación en cadena, las reestructuraciones de plantilla, o comportamientos antisindicales y resistencias a la participación de los trabajadores en la vida de la empresa (los sindicatos hemos tenido que luchar intensamente por el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea, los Comités de Empresa Europeos, o la Directiva sobre Información y Consulta).

4. Para CCOO la responsabilidad básica de las empresas con la sociedad es el cumplimiento de las normas laborales, sociales y medioambientales. Las prácticas responsables deben afectar en primer lugar a los trabajadores y a las relaciones laborales en la empresa. A la contratación y al empleo, a la inversión en formación y cualificación, garantizando la salud y seguridad en el trabajo; mediante la aplicación efectiva de la igualdad de trato y la no discriminación en el trabajo. Además deben asegurar la representación y la acción colectiva de los trabajadores y trabajadoras a través de los sindicatos, el derecho a la negociación colectiva y a la participación en la organización del trabajo y en los procesos de cambio y de reestructuración. Asimismo, es exigible que las empresas sean socialmente responsables en sus prácticas externas y, especialmente, en el respeto al medioambiente, a los derechos fundamentales en el trabajo, sobre todo en sus actividades internacionales y en la cadena de suministros mundiales cuando actúan como empresa principal en terceros países.

5. En los últimos años, está tomando relevancia creciente el concepto de responsabilidad social de las empresas y su tratamiento en el marco internacional. La Comisión Europea, OIT, OCDE, Naciones Unidas, han definido conceptos, directrices e instrumentos, siempre con el carácter de recomendación y de voluntariedad para las empresas. También éstas, especialmente las transnacionales, y para mejorar su imagen corporativa ante las protestas sindicales y de otras organizaciones sociales, adoptan medidas unilaterales o se someten voluntariamente a procedimientos que, mediante códigos y certificaciones reconocidos internacionalmente, las califican como socialmente responsables.

6. CCOO considera que el concepto propugnado desde algunos de estos organismos de responsabilidad social de las empresas, entendida como la integración voluntaria de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus actuaciones comerciales y en las relaciones con accionistas, proveedores y consumidores, puede contribuir a nuestra exigencia sindical general de que las empresas sean socialmente responsables. Pero este comportamiento significa cumplir plenamente las normas legales ya existentes, e ir más allá, invirtiendo en las personas, en la actividad productiva y en el entorno. Asimismo creemos que las acreditaciones formales no pueden sustituir a las normas y regulaciones de obligado cumplimiento, ya sean laborales, sociales o medioambientales. Y en todo caso afirmamos que la responsabilidad social no puede limitarse a ser un ejercicio publicitario basado en la voluntariedad unilateral de las empresas, y debe ser contrastada por procedimientos reglados y participados.

Objetivos que nos proponemos

1. Poner en evidencia que las empresas tienen responsabilidades internas y externas, con sus trabajadores y trabajadoras y con el conjunto de la sociedad, que se extienden también al ámbito internacional.

2. Definir actuaciones para que la responsabilidad social de las empresas no se convierta en una mera cuestión publicitaria. Promover el desarrollo de normas, códigos e instrumentos de evaluación y control.

3. Reivindicar el papel del sindicato en los foros y organismos que se ocupan de la responsabilidad social de las empresas y delimitar nuestro campo de participación.

Propuestas de actuación

1. Propugnamos un modelo distinto de empresa, una empresa innovada, comprometida con la generación de riqueza y con el interés general, con la inversión en innovación, tecnología y formación, con la calidad de los bienes y servicios producidos. Una empresa más democrática y con mayor participación, en las relaciones laborales en primer lugar, pero también en las relaciones con los accionistas y con los consumidores. Vincular la responsabilidad social de las empresas a la exigencia de cumplimiento de las normas y derechos laborales básicos, frente a la empresa que “externaliza” costes, riesgos y responsabilidades.

2. Identificamos varios campos de actuación preferente para pautar la responsabilidad social de las empresas, tanto en el ámbito nacional como internacional. El cumplimiento de los derechos básicos del trabajo. El empleo, su calidad y las consecuencias que sobre ambos tienen los cambios técnicos y organizativos en la empresa. La salud y seguridad en el trabajo. La igualdad de trato y la no discriminación. La inversión en formación y cualificación de los trabajadores y trabajadoras. La participación sindical en la organización del trabajo, en los procesos de cambio y en las reestructuraciones. El comportamiento responsable en los procesos de descentralización y subcontratación, incluidos los proveedores de terceros países. El cumplimiento de las normas medioambientales. La transparencia en la gestión empresarial de los recursos económicos.

3. Propugnar, en el ámbito nacional e internacional, el desarrollo de normas mínimas y reglas de juego equitativas para definir un modelo de conducta y de prácticas empresariales socialmente responsables. Considerar los sistemas de gestión, elaboración de informes, validación y auditorías, códigos de conducta, etiquetas, etc. Dichas prácticas deben ser definidas y evaluadas con la participación de los actores implicados, sindicatos, organizaciones sociales, de consumidores, accionistas. Se requiere también la acción e intervención pública para promover y garantizar la transparencia y credibilidad de la responsabilidad social de las empresas. A su vez, las Administraciones Públicas deben integrar los principios sociales y medioambientales en sus propios sistemas de gestión y de relaciones.

4. Defender la obligatoriedad, para las empresas de 500 o más trabajadores y que coticen en bolsa, de realizar un “triple balance” (contable, social y medioambiental), incluidas las consecuencias sobre el nivel de empleo y su calidad, las prácticas y estrategias en el extranjero.

5. Hacer valer la participación del sindicato en las iniciativas que desde distintos ámbitos se vienen desarrollando, así como en los organismos y foros que se ocupan de la responsabilidad social de las empresas. Rechazar las iniciativas unilaterales de las propias empresas, o en colaboración con ong afines a ellas, y al margen de las organizaciones sindicales.

6. Actuar también desde la negociación colectiva en sentido amplio. Promover la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales a través de acuerdos marco sectoriales de ámbito europeo, pactos y convenios colectivos sectoriales y de empresas multinacionales. Dichas iniciativas deben implicar a las empresas y a sus proveedores y subcontratistas, especialmente cuando actúan en otros países donde se constatan incumplimientos reiterados de los derechos laborales y sindicales.

Instrumentos de intervención y evaluación

1. Hacer valer todos los derechos de participación sindical en la empresa de que disponemos actualmente, y promover otros nuevos, especialmente los referidos a la organización del trabajo, para avanzar en la democratización de las relaciones laborales y en el desarrollo de la empresa participada.

2. Desarrollar un trabajo confederal coordinado para identificar los ámbitos de intervención del sindicato respecto a la responsabilidad social de las empresas, poner en común las iniciativas (estudios, debates, propuestas o acuerdos) que desde las distintas estructuras del sindicato se están empezando a desarrollar, y establecer propuestas e instrumentos de intervención, coordinados con el marco europeo e internacional.

3. Utilizar los criterios y recomendaciones sobre responsabilidad social de las empresas establecidos en el Libro Verde de la Comisión Europea, la Declaración Tripartita de la OIT, el Pacto Mundial de Naciones Unidas, y las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales, entre otros.

4. Disponer de interlocutores sindicales, bajo la coordinación confederal, en los foros nacionales e internacionales que tratan la responsabilidad social de las empresas, los Puntos Nacionales de Contacto del Ministerio de Economía, el Foro Europeo Multilateral, la Mesa Cuadrada del Global Compact. Promover la creación de un Observatorio en España.

5. Utilizar también la negociación colectiva para el desarrollo de acuerdos internacionales, acuerdos marco sectoriales europeos, convenios colectivos de empresas multinacionales en nuestro país.

II. OBSERVATORIO (selección de documentos)

La realidad es que las organizaciones sociales cuentan por problemas de dimensión y especialización y con una capacidad relativa en términos de medios humanos y financieros para poder conocer el impacto social y medioambiental de las corporaciones con las que directa o indirectamente se relacionan y para poder entablar un diálogo constructivo con ellas. De ahí la necesidad de unir esfuerzos y aprovechar sinergias a través de un observatorio de la RSC donde cada entidad aporte su conocimiento y especialización.

El Observatorio es una plataforma de pensamiento, investigación y generación de opinión de la sociedad civil para la comunicación y sensibilización sobre RSC, que nace como complemento de las alianzas entre empresas o asociaciones empresariales que se han gestado en los últimos tiempos en torno a este tema.

El Observatorio:

- realizará un seguimiento independiente de estas iniciativas empresariales.
- permitirá que sus organizaciones miembro unan esfuerzos y aprovechen sinergias donde cada una de ellas aporta su conocimiento y especialización.
- será el altavoz que traslade a dichas empresas, a la sociedad (beneficiaria de su labor social) y a los poderes públicos una opinión clara desde los actores a los que representa sobre los diferentes actuaciones que vayan produciéndose en el campo de la RSC en nuestro país.
- será un organismo independiente capaz de servir de complemento y también de contrapeso a la actividad de las empresas: colaborar con el sector privado, pero también vigilar que el concepto de RSC no se desvirtúe, y que su implantación en España sea plena y satisfactoria.

Por coherencia, las organizaciones sociales deben aplicar internamente los mismos criterios de RSC que se exigen a las empresas. Deben conocer las implicaciones que la RSC supone para su organizaciones y los riesgos inherentes a ello, discutir de forma compartida los procedimientos que se deben seguir para poner en práctica dichos principios y sobre todo para comunicarlos a la sociedad. En tal sentido, el Observatorio se concibe también como red o canal de comunicación interna, sensibilización y formación en temas de RSC entre las propias entidades sociales participantes.

El Observatorio hace un análisis del debate existente entre los conceptos de RSC, teniendo en cuenta que en la práctica de otras empresas y organizaciones se presentan los siguientes preocupantes problemas:

- un desenfoque del concepto básico de la RSC, al fomentarse sobre todo los acercamientos basados en modelos cerrados, defensivos y casi endogámicos.
- una confusión generalizada en la opinión pública entre la RSC y actividades de acción social o marketing social, que pone en riesgo el prestigio y la confianza de los sistemas, estrategias y esfuerzos planteados por distintas organizaciones para gestionar adecuadamente su RSC. Esta situación puede llevar a resultados contrarios a los buscados en el campo de la percepción sobre las organizaciones, corporaciones y marcas, por parte de los distintas partes interesadas, así como por la opinión pública y la sociedad en general.
- la ausencia del diálogo sistematizado entre las empresas y la sociedad civil, que se manifiesta en los procesos y políticas de RSC aplicadas, exceptuando las actividades centradas en colaboraciones de acción y marketing social.
- en la mayoría de los casos las empresas no desarrollan estrategias de RSC vinculadas a las actividades y negocios clave, sino que se plantean como un área periférica a la gestión de las mismas, entrando en altos riesgos de incoherencias en la gestión, que tarde o temprano se manifiestan. Esto es debido fundamentalmente al gran desconocimiento de cómo gestionar y medir aspectos relacionados con la RSC, y en especial con los derechos humanos y sociales, así como al desconocimiento técnico y práctico de cómo gestionar la RSC a través de la cadena y sistema de valor.

Ante esta situación, el Observatorio toma posición, considerando que:

- la RSC no es una cuestión del ámbito puramente empresarial, sino más bien un cuestionamiento sobre qué tipo de sociedad se quiere construir y cuál es el papel de cada una de las partes que la conforman. El reconocimiento del relevante papel que las empresas desarrollan en la sociedad globalizada, así como la importancia del impacto que éstas generan en ella, hacen que el concepto de la RSC traspase el marco de las herramientas de gestión de las propias empresas.
- la formalización de este nuevo papel de las empresas en la sociedad provoca un replanteamiento sobre su función y responsabilidad en un entorno global, resaltando todo lo relacionado con los impactos y su percepción que generan en los distintos grupos que conforman la misma.
- esta forma de entender las relaciones de la sociedad hace que los distintos agentes que la conforman no sean ajenos, sino partes muy interesadas de cómo se desarrollan e implantan los conceptos y modelos de la RSC.
- los Estados, las organizaciones civiles, sindicales, de consumidores y de usuarios, sociales y de otro tipo cada vez reconocen con mayor frecuencia la RSC como una palanca para resolver o mitigar algunos de los problemas de la sociedad y de la economía globalizada.
- por tanto, las administraciones públicas, los Estados, las organizaciones multilaterales o supranacionales, como responsables del desarrollo sostenible y de una gestión justa de la sociedad que garantice el respeto a los derechos humanos, no deben ser ajenos al desarrollo de la RSC en los distintos ámbitos, ni en la forma ni en el fondo, sino que deben liderar el mismo con diversas iniciativas.

El Observatorio considera que la sociedad civil organizada tiene también un importante papel en:

- la definición de estrategias de gestión por parte de las empresas de su RSC.
- las políticas que los estados apliquen para su regulación y promoción;
- la credibilidad en los sistemas de aseguramiento, escrutinio, verificación y transparencia de las políticas difundidas de RSC;
- la percepción de los comportamientos sociales de las empresas y, por tanto, en la generación de confianza en ellas por parte de la opinión pública .

La gestión de la RSC supone el reconocimiento e integración en la gestión y las operaciones de la organización de las preocupaciones sociales, laborales, medioambientales y de respeto a los derechos humanos, que generen políticas, estrategias y procedimientos que satisfagan dichas preocupaciones y configuren sus relaciones con sus interlocutores.

Los objetivos específicos del Observatorio son:

- efectuar un seguimiento y valoración del desarrollo e implantación de la RSC en España.
- sensibilizar y servir de centro de promoción de la RSC entre las empresas españolas.
- sensibilizar al ciudadano y acercarle el concepto de la RSC, haciéndole sentirse parte integrante de la RSC.
- dar a conocer el impacto positivo de la responsabilidad social en las empresas y en la sociedad.
- subrayar y divulgar las buenas prácticas de empresas en RSC, como premio a las empresas más responsables y como ejemplo a seguir para las que se van incorporando al proceso.
- poner de manifiesto ante la sociedad aquellos quebrantos de los compromisos en responsabilidad social y ambiental que las empresas incurren.
- conocer las tendencias del sector empresarial en materia de responsabilidad social.
- dar seguimiento de las iniciativas políticas que se adopten en materia de RSC, así como la aplicación práctica de las mismas en los distintos niveles de la Administración Pública.
- servir de plataforma de discusión y de intercambio de información e ideas sobre RSC, para abrir vías de comunicación dentro del tercer sector y hacia el sector público y privado, generando un centro de pensamiento que sea al mismo tiempo generador de opinión.

Las dimensiones contempladas por el Observatorio se agrupan en cuatro:

- sociales
- laborales
- medioambientales
- respeto a los derechos humanos

El concepto central utilizado es el de la relación “multistakeholder”, tanto en la gestión como en el diálogo.

Instrumentos base de las normas

1. Derechos humanos. Las empresas son responsables del cumplimiento, respeto y fomento de los Derechos Humanos, tal como está expuesto en el preámbulo de la DUDH, donde se hace un llamado a asegurar el reconocimiento y aplicación de estos derechos “por medidas progresivas”.

Las responsabilidades empresariales que se derivan, dentro del dominio de sus actividades e influencias, son las siguientes:

- emplear toda influencia posible para fomentar la ejecución de los Derechos Humanos en todos aquellos países en que operen. Especialmente, deben estar alerta cuando se trate de zonas de conflicto en las que se cometen graves violaciones a los derechos humanos.
- mantenerse al tanto del impacto que cualquier forma de actividad empresarial pueda tener sobre los derechos humanos en un determinado lugar, antes de establecerse allí.
- incluír una referencia explícita a la DUDH u otros tratados sobre los derechos humanos, en un código de conducta mediante el cual se garantice el cumplimiento de estos derechos. Tal código debe garantizar los derechos humanos de sus trabajadores, así como también proteger los derechos humanos de los miembros de la comunidad en la que las empresas se desenvuelven.

2. Trabajo. En este campo, la fuente principal son los convenios de OIT, encaminados sobre todo hacia la acción responsable de las autoridades locales en el campo de los derechos laborales. En particular, la Plataforma destaca: los cuatro derechos fundamentales recogidos en la Declaración de 1998; y los contenidos en la Declaración de 1976 sobre EMN, que incorpora normas primarias complementarias relacionadas sobre todo al desenvolvimiento responsable de las empresas (seguridad laboral, salario mínimo, condiciones laborales sanas y seguras, máximo de horas laborales).

Tanto esta Declaración como las Directrices de OCDE, presentan importantes disposiciones referentes a la política general de los trabajadores, por ejemplo: formación, proceso de reclamos y conflictos laborales; notificación de cambios y reorganizaciones con antelación razonable; la no amenaza de traslado cuando se ejerza el derecho a la organización; el no manejo de estándares laborales dobles; la guía y empleo en sus actividades a todo el personal local disponible posible; el permiso a los representantes de sus trabajadores de negociar y deliberar con quienes toman las decisiones.

3. Medio ambiente. Los principales antecedentes son:

- la Cumbre de Río, que reconoció el desarrollo sostenible como objetivo universal, y establece principios generales destinados a la prevención de posibles efectos negativos en el medio ambiente y la seguridad: el principio de precaución, y el principio de quien contamina paga.
- el convenio de Aarhus (1998), que estableció por primera vez la relación entre los derechos humanos y el derecho ambiental, definiendo importantes cláusulas respecto de la participación de los stakeholders, la transparencia y el acceso a procedimientos jurídicos.
- el tratado de la Comunidad Europea sobre política ambiental, se encuentran otros principios generales: el principio para la acción preventiva, y la responsabilidad de la fuente por el daño ambiental.

Otros tratados y convenios importantes describen las responsabilidades que tienen las empresas respecto a las consecuencias que pueden tener sus procesos, productos y servicios, para el agua, aire, suelo, clima, biodiversidad, seguridad biológica y salud: el Convenio sobre Diversidad Biológica (1992), el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad Biológica (2000), el Protocolo de Kyoto, la Convención de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes (2001), la Convención de Rotterdam sobre el Consentimiento Previamente Informado (1998). También las Directrices de OCDE tienen contenidos adecuados.

4. Interés del consumidor. El principal antecedente es las Directrices de ONU para la Protección del Consumidor (revisadas en 1999), al dar legitimidad internacional a sus intereses, estableciendo los siguientes derechos: al acceso a bienes y servicios de primera necesidad; a la seguridad; a la información; a la elección; a ser escuchado; a la apelación y compensación; a la educación; a la sostenibilidad.

5. Salud. Los principales antecedentes provienen del DUDH y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, al establecer el derecho universal a la salud manifiesta que toda persona tiene derecho a acceder al más alto estándar de salud posible.

De acuerdo al Comité DESC de N.U. (ICESCR), si bien solo los Estados toman parte en los acuerdos y por lo tanto la responsabilidad recae en ellos, todos los miembros de la comunidad, incluyendo las empresas, tienen obligaciones respecto al cumplimiento del derecho a la salud. Ello significa que las empresas tienen el deber de colaborar, entre otras, con las siguientes obligaciones estatales: no discriminar, asegurando el acceso a facilidades sanitarias, bienes y servicios, especialmente a grupos vulnerables o marginados; asegurar el acceso a una base básica alimentaria, un nivel básico habitacional y sanitario, así como al abastecimiento de suficiente agua potable; instruir y proporcionar información acerca de los problemas de salud más importantes dentro de la comunidad, así como proporcionar información sobre métodos de prevención y control.

Además, las empresas tienen deberes específicos con relación al derecho a condiciones laborales saludables y a un medio ambiente saludable, como parte del derecho a la salud, lo que incluye: la obligación de tomar medidas preventivas para evitar accidentes y enfermedades relacionados al desempeño del oficio; la reducción al mínimo de riesgos sanitarios inherentes al ambiente laboral; la creación de condiciones laborales higiénicas y seguras.

6. Lucha contra la corrupción. El principal antecedente es el Convenio de lucha contra la corrupción de agentes públicos extranjeros en las transacciones internacionales de la OCDE (1992), donde se formula la regla de la prohibición del soborno a funcionarios estatales extranjeros.

7. Otros. Otros aspectos referidos a la RSE ya se encuentran formulados en diversos instrumentos, sobre todo las Directrices de la OCDE, pero todavía están sujetos a polémica social. La Plataforma considera que, teniendo en cuenta la condición “activa” del Marco, son temas que jugarán más adelante un importante papel en el desarrollo de la RSE, señalando los siguientes:

- competencia.
- impuestos.
- ciencia y tecnología
- respeto a la soberanía nacional y a los entes regionales y locales.

Aspectos operacionales

1. Responsabilidad en las cadenas. La RSE está relacionada a las actividades centrales de la empresa y es una pieza clave dentro de las actividades empresariales. Estos significa que la RSE debe extenderse hacia todos los abastecedores, contratistas, subcontratistas, concesionarios, asociaciones comerciales y hacia cualquiera que realice cualquier tipo de trabajo para la empresa. En ello, no importa cuál es la relación formal de la empresa, el carácter del producto o servicio que proporcione, o su ubicación geográfica.

La definición de las cadenas, así como el alcance que una cadena determinada pueda tener, deberán ser designados mediante la intervención de los stakeholders. Se espera entonces que una empresa haga todo lo que esté dentro de la medida de sus posibilidades para ejercer y fomentar la RSE a lo largo de toda la cadena.

2. Compromiso de los stakeholders. El rendimiento de cuentas requiere de la disposición a realizar un diálogo con los stakeholders, se entiende a todos aquellos individuos o grupos que puedan influir o recibir influencia directa o indirecta por las acciones, decisiones, política, prácticas y objetivos de una empresa. Las empresas deberán encaminarse al diálogo con todos los interesados, entre los cuales se encuentran los trabajadores, los proveedores, la población local, los consumidores, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades.

En lo que respecta al diálogo y la consulta, deberán cumplirse como mínimo las normas nacionales e internacionales concernientes a la consulta con los trabajadores, los representantes de estos, los comités y los gremios.

La participación de los stakeholders se caracteriza por el intercambio de información, el diálogo, la consulta y la participación estructural a largo plazo de la política de RSE de las empresas, incluso acerca de temas o asuntos que aún no han sido considerados por convenios o por la ley.

Se espera que las empresas estén dispuestas a participar del diálogo con los stakeholders, basándose en el consenso de normas, valores, derechos mutuos y obligaciones. En este diálogo deberán verse involucrados todos aquellos quienes toman las verdaderas decisiones dentro de una empresa. Las empresas deberán garantizar que el dialogo con los stakeholders se lleve a cabo a través del reporte y de la verificación independiente y transparente.

El objetivo final del proceso de comunicación y dialogo con los stakeholders, es el enriquecimiento de la política de RSE de la empresa, a través del desarrollo conjunto de un plan de trabajo y de metas e indicadores nítidos y mensurables. A través del compromiso de los stakeholders, se desarrolla el entendimiento de los dilemas con los que una empresa se ve confrontada. Asimismo, se genera concientización dentro de la empresa con respecto al entorno de ésta y al rendimiento de cuentas en lo relacionado a los efectos de su política.

3. Transparencia y reporte. Se espera que una empresa ejerza una política transparente y que rinda cuentas respecto a su funcionamiento social. En esto, el monitoreo desempeña un rol central. Por el momento, el estándar más conocido de monitoreo sostenible son las directrices de la iniciativa global de monitoreo (GRI) (1992).

Entre otras cosas, el monitoreo cumple una función informativa a favor de los stakeholders. Estos deberán obtener suficiente información relevante acerca de los efectos del accionar de la empresa y las consecuencias que éste pueda tener para los distintos stakeholders, para así poder tomar decisiones responsablemente.

Las empresas deberán rendir cuentas de su accionar de manera transparente, proporcionando, regular y periódicamente, información fidedigna y relevante (por propia iniciativa o a pedido). Esto puede darse a través de:

- Reportes públicos periódicos de sus iniciativas. Las empresas deberán rendir información adecuada y puntual acerca de su política social, ética y ambiental, y/o acerca de otros códigos de conducta a los que éstas estén suscriptas, debiendo también especificar su desenvolvimiento con respecto a estos criterios.

- Suministro de información. Las empresas deberán proveer a los stakeholders de información relevante. Por ejemplo, a través de asesorías de impacto, reportes anuales, etiquetaje, sellos de calidad, asambleas informativas y capacitaciones. Las empresas se desenvolverán responsablemente en las cadenas al revelar su política a todos los stakeholders pertinentes. Esto puede llevarse a cabo, por ejemplo, mediante la difusión de su código de conducta, de la traducción de las normas al idioma local o a través de capacitaciones.

- Publicación de datos y consulta. Para poder estar al tanto de determinados riesgos (para proyectos) de la RSE, las empresas deberán consultar sus planes con los stakeholders desde el inicio. A través del monitoreo social y ambiental, debe informarse a los stakeholders de los posibles efectos ambientales de los planes de una empresa.

4. Verificación independiente. La calidad, utilidad y veracidad de los reportes ofrecidos por una empresa y de los procesos y sistemas administrativos subyacentes, se ven enriquecidas a través de un proceso de verificación independiente. Este proceso implica, entre otras cosas, el que una empresa controle por sí misma (monitoreo) su seguimiento de la política de RSE (su plan de ejecución, metas e indicadores). Esto se logra a través de la implementación de un sistema de control interno extendido al resto de la cadena. El seguimiento de la política de la RSE deber{a ser, por lo tanto, independientemente controlado. Esta verificación deberá ser realizada por una organización que no esté ligada a la empresa y que, a su vez, disfrute de la confianza de los stakeholders implicados. Finalmente, los resultados de la verificación deberán ser revelados de manera confiable.

El objetivo final de la RSE es que se presente una real mejoría en la situación de los actuales y futuros stakeholders. Por esto, es importante que al realizarse la política de la RSE se abran vías de reclamo –como parte del monitoreo y la verificación- para los trabajadores y otros involucrados que vean sus derechos quebrantados. El suministro de información acerca del accionar social de una empresa, no debe conllevar a medidas disciplinarias, a la discriminación o al despido.

Las empresas deberán además ofrecer una compensación razonable al constatarse el incumplimiento de la política de la RSE. En caso de incumplimiento, las faltas deberán ser corregidas y los planes deberán ser apropiadamente reformulados y llevados a la práctica.

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lunes, 14 de julio de 2003

Alfredo Urdaci en las III Jornadas Hispano-hondureñas de Periodismo

Convocadas conjuntamente por el colegio de Periodistas de Honduras, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras y la Embajada de España, las III Jornadas Hispano-hondureñas de Periodismo cuentan con un invitado muy especial: Alfredo Urdaci, Director de Informativos de TVE, que participará con la conferencia "La información en la nueva televisión: la presencia de América en la agenda de la televisión española". Igualmente, está previsto que participe en una mesa redonda bajo el tema "Poder, política y libertad de expresión", junto con Fernando Jáuregui, director de Diario Directo-Canoa.
Completarán el grupo los periodistas hondureños Rodrigo Wong Arévalo y Armando Villanueva, lo mismo que el diputado Gilberto Goldstein y el publicista Sebastián Pastor.

Urdaci, se hizo especialmente célebre en España, tras la huelga general del 20-J en el 2002. Ésta revistió en Madrid una mayor dureza porque se quería por parte del Gobierno escenificar en la capital el fracaso de la jornada. La represión policial implicó decenas de detenidos. La manipulación informativa adquirió tal grado de escándalo que el director de Informativos de TVE, Alfredo Urdaci, fue denunciado por CCOO y condenado en una sentencia histórica: "La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado favorablemente la demanda interpuesta por el sindicato CCOO contra Radiotelevisión Española y Televisión Española Sociedad Anónima por vulneración de los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical como consecuencia del tratamiento informativo ofrecido durante la pasada huelga del 20 de junio de 2002. La sentencia, que no es firme, obliga a Televisión Española a emitir durante un día una información completa del fallo en todos sus telediarios. Radiotelevisión Española y Televisión Española Sociedad Anónima han recurrido esta sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo."

Una sentencia sin precedentes, por el cual tiene actualmente un capítulo propio en la historia reciente del sindicato.

Por otra parte, su posterior falta de rigor en la ejecución de la Sentencia, generó la exigencia de su cese fulminante como Director de Informativos por parte del PSOE, IU y CCOO.

Más información en Gaceta Sindical

viernes, 27 de junio de 2003

CCOO participa en el II Encuentro de la Plataforma Sindical Común Centroamericana en San Pedro Sula

Fuente La Tribuna

Dentro del Encuentro "Por la Defensa de los Derechos Laborales, Centroamérica Unida" de la Plataforma Sindical Común Centroamericana las centrales obreras centroamericanas, reunidas en San Pedro Sula, exigen participar en decisiones que realizan sus gobiernos sobre el TLC

Con la intención de adoptar un posición unánime, sobre los Tratados de Libre Comercio (TLC), las organizaciones obreras de Honduras, El Salvador, Guatemala y Nicaragua, realizarán la "Presentación de la Plataforma Sindical Común Centroamericana".

Así lo informó ayer Israel Salinas, secretario general de la Confederación Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH), al referirse que el pueblo tiene que tener una participación directa en la toma de decisiones de estos acuerdos comerciales.

En ese sentido, se está librando una lucha por la integración social a nivel centroamericano, ya que la demanda de la sociedad civil es la misma en todos los países de la región.

El acto, previsto para el próximo sábado en San Pedro Sula, coincide con un proyecto de apoyo de Comisiones Obreras de España, por lo que estarán presentes miembros de la Plataforma Sindical Común Centroamericana (PSCC) y las fundaciones Pau i Solidaritat de CCOO y Joseph Comanposada UGT, ambas de Catalunya, España.

Salinas destacó, que a la denominada "Presentación de la Plataforma Sindical Común Centroamericana", se invitó a miembros del sector privado, maquila y Secretaría del Trabajo, así como a las demás centrales obreras de todo el territorio nacional.

Dijo, que por los momentos únicamente se tiene una organización sindical por país. Sin embargo, el propósito es integrar a todos los grupos afines, para que el pueblo tenga mayor participación en la toma de decisiones que hace el gobierno, particularmente sobre los TLC.

sábado, 1 de marzo de 2003

Normas Fundamentales del Trabajo Internacionalmente Reconocidas en Honduras

Fuente: CIOSL

INFORME PARA EL EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES DEL CONSEJO GENERAL DE LA OMC CON RESPECTO A HONDURAS
(Ginebra, 29 de septiembre-1 de octubre de 2003)

SINOPSIS

Honduras ha ratificado los ocho Convenios fundamentales de la OIT. En vista de las restricciones impuestas a los derechos sindicales de los trabajadores/as, y continuos problemas de discriminación y trabajo infantil, se requieren medidas concretas para cumplir con los compromisos que Honduras aceptó en Singapur, Ginebra y Doha en las Declaraciones Ministeriales de la OMC entre 1996 y 2001, y en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo.

Honduras ha ratificado los Convenios fundamentales sobre el Derecho de Sindicalización y Negociación Colectiva y sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicalización. Sin embargo, tanto en la ley como en la práctica, existen restricciones a la libertad de formar sindicatos, al derecho a la huelga y al derecho de negociación colectiva, tanto en el sector privado como en el público. No hay suficiente protección contra la discriminación antisindical.
Honduras ha ratificado los dos Convenios de la OIT sobre discriminación. Sin embargo, en la práctica, las mujeres tienen peor acceso a un empleo de calidad, reciben salarios inferiores, y cuentan con menos protección. Muchas de ellas están empleadas en las Zonas Francas que se dedican a la producción a gran escala para la exportación, y se enfrentan a graves violaciones de los derechos sindicales, incluyendo desigualdades en cuanto a salarios y oportunidades y distintas formas de acoso.

Honduras ha ratificado los dos Convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo infantil, sin embargo el trabajo infantil aún prevalece y constituye un grave problema. Los niños trabajan especialmente en pequeñas explotaciones agrícolas o tiendas familiares, como vendedores ambulantes o en el sector de servicios a pequeña escala. El trabajo infantil también tiene lugar en el sector de la construcción, en la pesca de langosta y en la agricultura orientada a la exportación, viéndose expuestos a riesgos de salud y seguridad.
Honduras ha ratificado los dos Convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo forzoso. El trabajo forzoso tiene lugar en la explotación sexual comercial (tráfico nacional e internacional de mujeres y niñas), así como en el tráfico de droga (generalmente niños). También se produce trabajo forzoso en las Zonas Francas, donde se suele obligar a los trabajadores/as a realizar horas extraordinarias. 





Recomendaciones:





  1. Varias disposiciones en la ley restringen la libertad sindical, incluyendo la prohibición de que exista más de un sindicato en una misma empresa, el requisito de que haya más de 30 trabajadores para formar un sindicato, y el requisito de que la organización sindical deba incluir entre sus miembros a más de un 90% de hondureños. Se requiere una reforma de la legislación para que el Código Laboral guarde relación con el Convenio No. 87.
  2. Existen restricciones legales con respecto al derecho a la huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar huelgas, y se requiere contar con una mayoría de dos tercios de los votos de todos los miembros de una organización sindical para convocar una huelga. El Ministerio de Trabajo está capacitado para poner fin a las disputas en los servicios de producción, refinería, transporte y distribución de petróleo. Y se necesita una autorización previa o un período de preaviso de seis meses para cualquier suspensión del trabajo en los servicios públicos que no dependen directamente del Estado. Estas restricciones deberían revisarse para que la legislación se corresponda con el Convenio No.87.
  3. Se necesita una legislación que proporcione una adecuada protección, con castigos disuasivos y lo suficientemente efectivos, contra actos de discriminación antisindical por pertenecer a un sindicato o realizar actividades sindicales y contra cualquier acto de interferencia por parte de los empleadores o sus organizaciones en los asuntos sindicales.
  4. Hace falta una aplicación más firme de la legislación laboral en las Zonas Francas (Maquiladoras), especialmente con respecto al derecho a la sindicalización, el derecho a la huelga, el derecho a la negociación colectiva, las desigualdades en salarios y oportunidades entre hombres y mujeres, y las duras condiciones de trabajo para las mujeres. Se necesita disponer de mejores datos estadísticos sobre la distribución de los empleos en las empresas de las Zonas Francas, y sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres.
  5. Siguen existiendo desigualdades salariales entre hombres y mujeres. La legislación sobre igual remuneración por sí misma no bastará para mejorar la posición de las mujeres. Se requieren medidas activas para eliminar la discriminación salarial directa y mejorar el acceso de las mujeres a la educación y la formación. Además, se necesita información estadística con un indicativo de los salarios, así como información estadística sobre la
    distribución de hombres y mujeres en los distintos cargos y distintos empleos.
  6. Se requieren mayores progresos para la efectiva eliminación del trabajo infantil. Se necesita un mayor control del trabajo infantil, especialmente en el sector informal y la agricultura. Condiciones peligrosas e insalubres en la construcción, las exportaciones agrícolas y la pesca de langosta deben eliminarse. Ha de promoverse la educación y destinar mayores recursos a la educación. Honduras debe mantener e intensificar su participación en el programa IPEC de la OIT.
  7. En general se necesitan más inspecciones laborales para garantizar la aplicación del Código Laboral, así como la formación de inspectores laborales.
  8. Hay que eliminar efectivamente la prostitución forzosa y el tráfico de mujeres y niños/as.
  9. En conformidad con los compromisos aceptados por Honduras en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur, Ginebra y Doha y sus obligaciones como miembro de la OIT, el Gobierno de Honduras debería presentar informes regulares a la OMC y a la OIT sobre los cambios legislativos y sus programas de implementación con respecto a todas las normas fundamentales del trabajo.
  10. La OMC debería llamar la atención de las autoridades de Honduras con respecto a los compromisos contraídos en las Conferencias Ministeriales de la OMC en Singapur y Doha de observar las normas fundamentales del trabajo. La OMC debería requerir a la OIT que intensifique su labor con el Gobierno de Honduras en estos ámbitos y que presente un informe al Consejo General de la OMC con ocasión del próximo examen de política comercial.

Descarga la versión íntegra del informe: Normas Fundamentales del Trabajo Internacionalmente Reconocidas en Honduras


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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

miércoles, 1 de enero de 2003

Proyectos CCOO - Catalunya en Honduras

Fuente: Paz y Solidaridad

PROGRAMA REGIONAL CENTROAMERICANO DE FORMACIÓN DE FORMADORES PARA LA PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS LABORALES



  • Países: Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador
  • Contraparte en Honduras: Central Unitaria de Trabajadores Hondureños, CUTH
  • Este proyecto se dirigió al fortalecimiento de las estructuras organizativas y de incidencia pública de seis sindicatos, mediante la puesta en marcha de cursos regionales de formación en los que participaron 60 líderes sindicales. En ellos se trataron temas de organización, gestión y acción sindical, promoción y defensa de los derechos humanos en el ámbito laboral, e impacto de la globalización y de los procesos de integración económica en el trabajo.

FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES Y APOYO A

LA REGIONALIZACIÓN DEL MOVIMIENTO SINDICAL
CENTROAMERICANO

  • Países: Honduras, Guatemala, El Salvador y Nicaragua
  • Contraparte en Honduras: Central Unitaria de Trabajadores Hondureños, CUTH
  • Este proyecto se llevó a cabo con la participación de cuatro sindicatos centroamericanos con el objetivo de promover el respeto por los derechos humanos y fortalecer las organizaciones de incidencia pública y consenso sindical. Para ello se crearon oficinas técnicas en cada país que permiten potenciar la capacidad de incidencia de los mismos y promover su participación en defensa de los derechos laborales, favoreciendo a los movimientos sindicales en procesos de democratización e integración regional y la cooperación entre los países del Sur.


PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO SINDICAL Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS LABORALES EN EL ÀREA CENTROAMERICANA «PLATAFORMA SINDICAL COMÚN CENTROAMERICANA»
  • Países: El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua
  • Contraparte: FUNDASPAD
  • El proyecto favoreció la realización de un encuentro regional centroamericano entre sindicatos y organizaciones internacionales, en el cual se intercambiaron experiencias y estudiaron agendas comunes sobre cooperación y promoción de los derechos humanos laborales. Se estableció una coordinación colegiada de las organizaciones sindicales que asumió la responsabilidad del desarrollo del programa de trabajo.

Honduras: Informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales (2003)


Fuente: CIOSL 

Las numerosas restricciones legislativas con respecto a los sindicatos continúan tal cual.

LA LEGISLACIÓN

Si bien la ley reconoce el derecho a formar sindicatos y a afiliarse a ellos, impone al mismo tiempo restricciones al respecto. Para constituir un sindicato se requieren por lo menos 30 trabajadores/as y no puede haber más de uno en una empresa o institución. Por lo menos un 90% de los miembros del sindicato deben ser ciudadanos hondureños y los extranjeros no pueden ocupar altos cargos sindicales.

Asímismo, se reconoce -aunque en forma limitada- el derecho de huelga. Las federaciones y confederaciones no pueden convocar una huelga. Para convocar una huelga se requieren dos tercios de la mayoría de los votos de la membresía total del sindicato. Los funcionarios no pueden hacer huelga. Los empleados de empresas estatales deben dar un aviso de seis meses y contar con la aprobación del gobierno antes de iniciar una huelga.

El derecho de negociación colectiva está protegido por la ley y cualquier represalia por actividades sindicales por parte del empleador está prohibida.

LOS DERECHOS EN LA PRÁCTICA

En la práctica los trabajadores/as son hostigados e incluso despedidos por sus actividades sindicales y en las zonas francas los trabajadores sindicalizados son a veces incluidos en listas negras.

Algunas empresas han establecido organizaciones de tipo solidaristas como una alternativa dócil, sobre todo en las zonas francas.

EVENTOS EN 2002

Honduras sigue siendo el país menos desarrollado de América Central. Persisten serias disparidades económicas y la delincuencia y la violencia no han menguado. El presidente Ricardo Maduro hizo una declaración formal de “guerra a la delincuencia”. Se incrementaron los asesinatos de menores de edad a manos de escuadrones de la muerte.

Niegan derecho de asociación sindical

Cuando el Sindicato de Trabajadores de Corazón Apparel (SITRACOR) sometió su solicitud de reconocimiento sindical el 9 de agosto, cuatro sindicalistas fueron despedidos inmediatamente. Tres de ellos fueron luego reincorporados a sus puesto de trabajo cuando el cuarto aceptó recibir las indemnizaciones.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo intentó entorpecer el proceso de registro del sindicato. Según la ley hondureña, el despacho del Trabajo tenía hasta el 30 de agosto para notificar al sindicato en caso de existir irregularidades o si faltaba información en la solicitud. A pesar de haberse vencido este plazo, Inspectores del Trabajo llegaron a la fábrica el 1 y 2 de septiembre para solicitar la lista completa de afiliados/as de SITRACOR, indicando que el Ministerio había recibido una segunda solicitud y tendrían que decidir a cuál se iba a otorgar el reconocimiento. Según la FITTVC, la segunda solicitud fue presentada por un sindicato patronal y hay dudas en cuanto a la legitimidad de la solicitud de reconocimiento.

Esta actitud del Ministerio no cumple con la ley hondureña, puesto que la presentación de una lista completa de afiliados no es un requisito para obtener el reconocimiento, sobre todo cuando ya había vencido el plazo para solicitar información adicional.

El representante del Ministerio en San Pedro Sula, Sr. Echeverría, mantuvo reuniones con representantes de la empresa y con la presidenta del sindicato patronal en las oficinas de la empresa, lo que constituye también una situación irregular.

Reprimen manifestación de la Unión de Cafeteros de Honduras:

El 14 de agosto, una manifestación en Tegucigalpa de trabajadores/as del café fue duramente reprimida por la policía. Al menos 14 personas resultaron heridas. La policía utilizó balas de goma y gases lacrimógenos para dispersar a los manifestantes.
 
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* CCOO integra la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres - CIOSL

domingo, 15 de diciembre de 2002

La mafia del mar ha tocado fondo en España: empresa española contrata pastores en Honduras como marineros

REPORTAJE: CATÁSTROFE ECOLÓGICA- La ley de los nuevos piratas
LAS BANDERAS DE CONVENIENCIA Y LOS PARAÍSOS FISCALES BLINDAN A ARMADORES Y FLETADORES ANTE CATÁSTROFES COMO LA DEL 'PRESTIGE'
Fuente: El País

'Un barco, una compañía', es el lema de los armadores para que no haya nada que embargar. Tras la sociedad del 'Prestige' sólo hay humo El transporte marítimo internacional, por donde circula la mayor parte de mercancías del planeta, esconde su peor rostro detrás de paraísos fiscales y exóticas banderas de conveniencia que ocultan la identidad de los navieros que controlan un gigantesco negocio a veces basado en la explotación de las tripulaciones. Catástrofes como la del 'Prestige' sacan a flote el pirateo y los trucos que utilizan algunas compañías para eludir sus responsabilidades
One ship, one company (Un barco, una compañía). Éste es el lema que figura en el libro de cabecera de los armadores que navegan en las sucias aguas de piratas por las que viajaba el Prestige y circula la mayoría del transporte marítimo internacional, en especial los petroleros y barcos basura escudados en banderas de conveniencia. Unas aguas en las que los paraísos fiscales, la explotación laboral y las sociedades instrumentales son habitual moneda de cambio.

La cabeza y el tronco de Alfa Group, el grupo ruso que fletó el 'Prestige', está a buen recaudo en Liechtenstein, Gibraltar, Luxemburgo, Man y Suiza
El Gobierno todavía ignora quién era el dueño del buque panameño 'Casón', que explotó en 1987 en Galicia. Tras el 'Erika' había una larga cadena de sociedades
"A veces se amañan las inspecciones para evitar que un barco esté parado. He visto cómo llegaba un señor con un maletín y salíamos dos horas después"
"La mafia del mar ha tocado fondo en España. Una empresa de Bilbao contrata pastores en Honduras. Gente excelente, pero inútil para navegar"
La sociedad Mare Shipping Inc., domiciliada en Liberia y dueña del buque siniestrado en Galicia, es propietaria sólo del petrolero que ahora yace a 3.600 metros de profundidad en aguas españolas escupiendo 125 toneladas diarias de fuel. No hay más bienes ni barcos a su nombre que hagan frente a una demanda de responsabilidad civil para cobrar los daños causados, según fuentes próximas a la compañía. Solo queda humo.
Todo lo que figura a nombre de esta sociedad pantalla, inscrita en el registro del cálido y agitado país africano, se ha perdido. El lema Un barco, una compañía, una consigna clave en el negocio marítimo, se ha cumplido a rajatabla, y los propietarios del buque que se esconden tras Marc Shipping Inc. han conseguido que esta estrategia mercantil impida a los jueces españoles embargar nada que vaya más allá del casco y los hierros retorcidos del Prestige, el único bien que figura a nombre de esta sociedad de Liberia, un país de África occidental con tres millones de habitantes que ha convertido las discutidas banderas de conveniencia en un lucrativo negocio.
Los Coulouthros, una familia de armadores griegos, son los dueños del PrestigePrestige, que han contratado en Londres los servicios de Inc. and Co., el despacho de abogados de derecho marítimo más prestigioso de la City. y las personas que están detrás de Mare Shipping Inc., la sociedad pantalla contra la que actuará la justicia española cuando el siniestro llegue por la vías penal y civil a los tribunales. Pero casi nadie habla de esta saga de navieros tan influyente como discreta. La cara virtual en Monrovia de Mare Shipping actúa de eficaz parachoques y difumina la identidad de los dueños del
El Prestige tenía un seguro con la London Mutual Insurance, una mutualidad londinense, de unos 25 millones de euros, la mínima cuantía para un buque de su tamaño, según exige el convenio de reparación por daños de buques petroleros, aprobado en Bruselas en 1969, tres años después del desastre del Torrey Canyon, ocurrido en las costas del sur de Inglaterra. Un convenio que estableció que el responsable de los daños de contaminación es el dueño del buque, es decir, los griegos parapetados tras Mare Shipping Inc. Pero esta cantidad no cubrirá los daños, hasta ahora sin cuantificar, de la marea negra que ha destrozado las costas gallegas y amenaza a Cantabria, el País Vasco, Portugal y Francia.
La táctica de Un barco, una compañía y la opacidad de las sociedades instrumentales que utilizan la mayoría de los armadores ha dado excelentes resultados a los empresarios que abanderan sus barcos en los países más lejanos e intentan huir de las responsabilidades de una catástrofe. El Gobierno español todavía se pregunta quién era el dueño del buque panameño Casón, que se incendió en 1987 en la Costa de la Muerte cargado de sodio y provocó el desalojo de los habitantes de Finisterre y Corcubión. Veintitrés de los 31 tripulantes del cargero perdieron la vida.
"El domicilio ficticio de la naviera estaba en Panamá, y la sociedad tenedora de acciones, en Hong Kong. Al final, el Ministerio de Asuntos Exteriores descubrió que era propiedad del Gobierno chino a través de un holding de empresas. No se pudo cobrar ni un duro del propietario", recuerda José Luis Gavaldón, 54 años, profesor de Derecho Marítimo en la Universidad Carlos III de Madrid y representante de España en foros internacionales.

Cadena de sociedades

En el desastre en 1999 del Erika, un barco con bandera de Malta que se partió en dos frente al cabo de Penmarch (Bretaña) y arrojó 20.000 toneladas de fuel, la búsqueda del propietario fue un fracaso. "Había una cadena de sociedades, cada una había creado la siguiente, y así sucesivamente. No se llegaba nunca al dueño del buque porque el rosario de compañías era interminable", recuerda Galvaldón, quien recomienda que las futuras leyes obliguen a identificar al naviero.
En el desastre del Erika, al final se actuó contra el fletador de la carga, el poderoso grupo petrolero TotalFinaElf, que tuvo que abonar parte de las operaciones de limpieza. Los afectados todavía no han cobrado la totalidad de las indemnizaciones. José Ramón González, 50 años, secretario de la Federación de Transporte de CC OO de Euskadi, critica la opacidad de la propiedad: "Los dueños de los buques que causan estas catástrofes están ocultos tras empresas interpuestas. Es una forma de escapar a la responsabilidad del accidente. Hay que cambiar la ley y obligar a que responda el dueño de la carga". Valeriano Palacios, capitán cántabro que ha navegado por todo el mundo, corrobora la dificultad de cazar al armador: "Todo se dispone para evitar su localizacion".
Las gigantescas petroleras se han desecho de la flota propia y alquilan barcos como el Prestige para que respondan otros en caso de catástrofe. Es el caso de Mijaíl Fridman, el empresario ruso de 38 años que fletó las 70.000 toneladas de fuel que transportaba el buque accidentado en Galicia. Fridman también ha blindado su compañía Crown Resources, con sede en Zug, una tranquila localidad suiza rodeada de lagos en la que guardan su fortuna algunos de los hombres más ricos del mundo. La compañía, que se lava las manos y anuncia que "no va a pagar ni un euro porque nos limitamos a alquilar una nave que se estropeó", depende de un holding de múltiples negocios, incluyendo una televisión, denominado Alfa Group, cuya sede está en Liechtenstein, un paraíso fiscal especializado en fundaciones en pleno corazón de Europa. La cabeza de la compañía del amigo de Putin, a la que no parece preocuparle su reputación, arranca en el diminuto país de los castillos y desciende a Gibraltar, Luxemburgo y Suiza (véase gráfico), otros fortines inexpugnables para la justicia a la hora de identificar a los auténticos propietarios. Esta semana, la UE ha sido incapaz de acabar con el férreo secreto bancario de esos países.

Banderas para todo

La bandera de conveniencia (BDC) de Bahamas que ondeaba en la cubierta del Prestige y su tripulación de aterrorizados e inexpertos filipinos es todo un símbolo de las sombras, trampas y abusos que se esconden tras la pulcra fachada de muchos de los barcos que navegan con cargas contaminantes. Para los sindicatos del mar, un barco tiene pabellón de conveniencia cuando la empresa propietaria del buque reside en un país distinto de la enseña que enarbola. Navegar bajo una de estas banderas supone no pagar impuestos, pasar menos y más flexibles controles de seguridad y pagar a la mayoría de la tripulación sueldos que en ocasiones bordean la esclavitud.
El uso de la BDC se remonta a la Segunda Guerra Mundial, y el primer boicoteo mundial a esta práctica la inició, en 1948, la Federación Internacional del Transporte (IFT), un sindicato creado en los viejos muelles de Londres en 1896 y que hoy agrupa a 137 países. Aquella batalla sindical contra la explotación de los tripulantes de conveniencia, de distinta nacionalidad de la bandera que enarbola el barco, duró un mes y se bautizó como Panlibhonco, las iniciales de Panamá, Liberia, Honduras y Colombia, los primeros países que abrieron registros para abanderar buques mercantes.
Diez años después, en 1958, la entrada de Liberia en el consejo rector de la OMI (Organización Marítima Internacional), agencia dependiente de la ONU, cuestionó la existencia de las BDC, pero EE UU, Rusia, Japón y la mayoría de países de Europa las apoyaron, y el Tribunal Internacional de La Haya falló a favor de Liberia y las consagró. Actualmente, una tercera parte de la flota mundial navega bajo estas banderas, y 29 países, algunos díficiles de encontrar en el mapa, han convertido las BDC en un formidable negocio. En España, 125 de los 328 barcos mercantes ondean estas banderas.
La República de Liberia, donde está registrada Mare Shipping, la propietaria del Prestige, es un buen ejemplo. Este país de 111.000 kilómetros cuadrados, en guerra civil entre los rebeldes y las fuerzas leales al Gobierno de Charles Taylor y sin administración marítima capaz de controlar la seguridad de los buques, es en la actualidad la segunda potencia mundial en flota mercante, detrás de Panamá, con 1.566 barcos inscritos en su registro marítimo. Un registro con sede en Nueva York y gestionado por una compañía norteamericana de seguros de vida.
Un abogado español que trabaja para importantes navieras internacionales y pide no ser identificado lo explica así: "Éste y otros registros similares se gestionan como un simple negocio y no hay control de ninguna clase. En Liberia no hay inspectores para controlar los buques. Todo es pura fachada. El registro de Bahamas en el que se inscribió el Prestige está en Londres".
Sobre el papel, tanto Liberia, como Bahamas, Vanuatu, San Vicente y las Granadinas, y otras islas del Caribe que han creado registros marítimos, han ratificado los convenios internacionales de la OMI sobre seguridad y derechos laborales, pero los sindicatos, juristas y el colegio de Marina Mercante coinciden en que no se cumplen. "Hay un incumplimiento sistemático en la mayoría de los barcos que ondean banderas de conveniencia, aunque existen excepciones y algunos armadores respeten las leyes", dice González, el sindicalista vizcaíno de CCOO.
Joaquín Buelga, 52 años, presidente del colegio oficial de Marina Mercante que agrupa a más de 3.000 capitanes, jefes de máquina y oficiales, recuerda que llevan 25 años luchando contra las BDC. "Suscribo todo lo que dicen los sindicatos. El rigor en las inspecciones de esos países es mucho más bajo y hemos tenido casos en los que en la disputa han aparecido hasta 15 nacionalidades distintas. Se rompen todos los vínculos para que no se pueda localizar al dueño. ¿Cómo se puede perseguir un siniestro así? ¿ A cuál de los 15 persigues?".

Esclavitud

Los 24 filipinos y rumanos que tripulaban el Prestige representan la cara más oscura de las banderas de conveniencia: inexperiencia y explotación. El 13 de noviembre, cuando el barco iba escorado, dieron muestras de pánico y tuvieron que ser evacuados. "Otra tripulación nunca habría reaccionado así. Esta clase de tripulantes son kamikazes, les dan un cursillo rápido y no saben ni echar un cabo cuando llegan a puerto. La explicación es que un filipino le cuesta al armador 400 dólares al mes (400 euros), y un europeo, más de 3.000", dice el capitán Palacios.
Los sindicalistas de la ITF, a cuya federación pertenecen UGT, CCOO y ELA-LSTV, vigilan con una red de 130 inspectores en todo el planeta el trato a estas tripulaciones compuestas por marineros de países cada vez más lejanos del propietario del buque. Seis de los inspectores están en Bilbao, Tenerife, Barcelona, Algeciras, A Coruña y Valencia. Fiscalizan la seguridad y las condiciones de trabajo de los barcos mercantes que atracan en los puertos españoles.
Miguel Coronado, 60 años, afiliado a UGT y coordinador de todos los inspectores de ITF, ha visto de todo: "Examinamos hasta 40 certificaciones que van desde los aparatos de navegación, sistema eléctrico hasta la estructura del buque. Hablamos con los tripulantes y comprobamos sus salarios, alimentación y habitabilidad. Cuando apreciamos fallos de seguridad los denunciamos a la capitanía marítima".

Sabuesos marinos

Los sabuesos de la ITF hacen unas 750 inspecciones al año y han embargado en puertos españoles decenas de barcos, la mayoría con bandera de conveniencia, por impago de salarios. El buque Eurolink, propiedad de un armador griego y con bandera panameña, sigue atracado en el muelle Levante del puerto de Barcelona. Su tripulación paquistaní llevaba tres meses sin cobrar. El barco se ha subastado y los marineros han cobrado, al menos, la mitad de la deuda.
José Ramón Gónzález, el sindicalista de CCOO, denuncia algunas trampas a las que se somete a los inspectores de ITF cuando suben al barco: "A veces se falsifican las nóminas de los trabajadores, a los que se les hace firmar en blanco. Por supuesto, lo hace un apoderado de una empresa en Nassau o Bahamas que no tiene nada que ver con el armador. Entonces, si no ves un abuso claro no puedes hacer nada". Cuando algún capitán se niega a que los inspectores crucen la escalerilla de sus barcos, el sindicato "lo persigue y boicotea" por todo el mundo, especialmente en los países nórdicos, donde la ley favorece la fiscalización sindical. El 30% de los barcos se escapa al control de ITF. El Convenio de Formación, Titulación y Guardia de la Gente del Mar (STCW) es el que regula internacionalmente las condiciones de los trabajadores. Según los sindicatos, muchas veces no se cumple.
La mafia del mar, calificativo que aplican algunos capitanes consultados a la degradación que sufre el tráfico marítimo internacional, ha tocado fondo en España. Una conocida empresa de Bilbao, dedicada a buscar tripulantes baratos y poco conflictivos en los puntos más lejanos y exóticos del planeta, contrató recientemente a un grupo de pastores de Honduras. "Buscan al personal más barato posible. Están trayendo peruanos, hombres del campo y de la selva que nunca han visto el mar. Quieren personas pacíficas y no conflictivas a las que todo les parezca bien. El oficial que navegó con este grupo de pastores me dijo que eran personas sencillas, maravillosas, de un gran corazón, pero completamente inútiles para navegar", confiesa un capitán. Todos los tripulantes que navegan bajo estas banderas firman los contratos en sus países de origen, nunca donde reside el armador.

Sueldo de origen

Manuel Carlier, 47 años, director general de la Asociación de Navieros Españoles (ANAVE), que agrupa a los armadores, tiene una visión completamente distinta. "Se entiende que el salario que se paga a estas personas es de miseria, pero para otros puede ser completamente digno. Hablamos de gente que está a bordo durante meses y luego regresa a sus países. Si usted es sueco, pretende ganar con el nivel de vida de su país. ¿Por qué no se les puede pagar conforme a su nivel de vida?".
El representante de los navieros sostiene que "no hay esclavitud" y que se cumplen las normas laborales internacionales. Carlier evita hablar de banderas de conveniencia y los denomina "registros abiertos". "La mala prensa de estas banderas proviene de los sindicatos", y pone como ejemplo el segundo registro de Canarias, creado en 1992 para evitar que la flota española lo hiciera en los paraísos fiscales, y que la propia ITF ha borrado recientemente de su lista.
¿Por qué la UE ni siquiera ha mencionado las BDC en sus anunciadas reformas para combatir catástrofes como la del Prestige? Buelga, el representante de los capitanes y oficiales, contesta con otra pregunta: "¿Como las va atacar la UE si los principales beneficiarios son europeos? Los dueños de esos barcos están en Madrid y en Vigo". Rafael Goiria, 46 años, secretario del sindicato de trabajadores de la Marina Mercante, una escisión de CCOO, señala "al enorme poder" de las multinacionales y dice que "en Europa no hay voluntad de enfrentarse con el gran capital". Todos los sindicalistas consultados coinciden en que los intereses de los navieros son demasiado fuertes para que la UE acabe con un negocio tan lucrativo. "El pirateo no se va a eliminar de un plumazo", dice el capitán Palacios.
Importantes navieros españoles, como José Silveira Cañizares, presidente de la privatizada Elcano, y dueño del remolcador Ría de Vigo, al que el Ministerio de Fomento ha anunciado que va a demandar por un supuesto incumplimiento de contrato en la tarea de salvamento del Prestige, tiene sus barcos bajo banderas de conveniencia, al igual que los grandes petroleros españoles.
El profesor José Luis Gavaldón es pesimista: "Se tenía que haber establecido un régimen más severo, pero ahora la globalización y liberalización del sector impide cualquier cambio. Exigir que el dueño del buque sea de la misma nacionalidad que la bandera es imposible. No encaja en la corriente liberal actual".
El Colegio de Marina Mercante ha denunciado la progresiva reducción de plantilla, de un 25% a un 35%, para abaratar costes. El Memorándum París obliga a inspeccionar al 25% de los buques extranjeros que atraquen en España, pero faltan inspectores. Un capitán acusa: "Se cumple con la cantidad, pero no con la calidad. A veces se amañan para evitar que un barco esté parado una semana. Yo he visto cómo llegaba un señor con un maletín y salíamos dos horas después. Todo es posible en el mar".

viernes, 1 de noviembre de 2002

Miriam Reyes, sindicalista hondureña, en la Revista de la Unió Sindical de CCOO del Barcelonès.

En la edición de noviembre/diciembre de la Revista de la Unió Sindical de CCOO del Barcelonès, se dedica un artículo al "ABCDario de Miriam Reyes", dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH) con motivo de su estadía conjuntamente con Nora Yesenia Córdova en la sede del Sindicato para tratar la temática de las maquilas en Centroamérica: "En Centroamérica, más de 1.500.000 personas trabajan en las maquilas. En Honduras son 100.000. Las maquilas son “zonas francas” de explotación laboral, puestas al servicio de empresas extranjeras para producir con el menor coste posible, sin ningún derecho laboral y con jornadas que pueden sobrepasar las 14 horas. Es lo más cercano a la esclavitud en el siglo XXI. Además, en muchos casos, son la única opción para encontrar trabajo y sobrevivir. La esperanza para mejorar esta situación está en los sindicatos que, poco a poco y pese a todas las dificultades –incluyendo
violencias de todo tipo– se están implantando maquila por maquila. Sólo entonces, mediante convenios colectivos consiguen ir dignificando las condiciones laborales y de vida.
Así nos lo han explicado, en su estancia en Barcelona Miriam Reyes, de la dirección de la CUTH y Nora Yesenia Córdova, trabajadora y dirigente sindical de una maquila. Este es su abecedario."


núm.160 novembre-desembre 2002

jueves, 10 de octubre de 2002

Un milagro llamado 'Ciudad España'

Fuente: El Mundo

Lo que el viento se llevó no podrán recuperarlo. Pero más de 1.500 familias hondureñas damnificadas por el huracán Mitch recibirán próximamente las llaves de sus nuevas viviendas. Casas con agua, saneamiento y electricidad, en una comunidad con escuela, mercado y centro de salud. El milagro se llama 'Ciudad España'.
Este ambicioso proyecto está situado en el Valle de Amarateca, a 27 kilómetros de Tegucigalpa. En la urbanización, levantada con el sudor de sus moradores, vivirán miles de personas que ocupaban los macroalbergues de la capital desde que, el 24 de octubre de 1998, vientos de más de 300 kilómetros por hora y grandes trombas de agua provocaron una catástrofe sin precedentes en Centroamérica. La tragedia se saldó con 10.000 víctimas (7.000 en Honduras) y dejó sin techo a millón y medio de personas.
El día del sorteo de las viviendas fue una jornada de fiesta para los beneficiarios, que vistieron sus mejores galas para la ocasión. Unos querían las casas de ladrillo, "porque son más fresquitas"; otros esperaban vivir en las de colores, "para dejar atrás tanta tristeza" y los más previsores confiaban en obtener morada en los bloques contiguos al centro de salud. El nerviosismo era evidente.
 
Un sueño hecho realidad 
 
Todos colaboraron en la preparación de las mesas donde se realizó el sorteo ante notario y en la elaboración de los platos y aperitivos con los que agasajaron a los asistentes. Nadie quiso perderse el acontecimiento.
Esta actuación ha sido sufragada por Cruz Roja, la Agencia de Cooperación Internacional, Naciones Unidas y la ONG Eco Vida. Cruz Roja Española apoya la construcción de 958 viviendas, la puesta en marcha de proyectos educativos y económicos y de programas de salud comunitaria y de apoyo a personas mayores. Fuentes de la ONG afirman que "Ciudad España es el proyecto habitacional de mayor envergadura puesto en marcha por Cruz Roja, que cierra con esta actuación el Plan Especial Mitch".

martes, 18 de junio de 2002

HONDURAS-ESPAÑA Suscribirán acta de V Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación


Tegucigalpa, 18 jun (EFE).- Los gobiernos de Honduras y España  suscribirán el próximo jueves el Acta de la V Reunión de la Comisión Mixta Hispano Hondureña de Cooperación 2002-2006, informó hoy la Embajada española en Tegucigalpa.
El acta será suscrita en Tegucigalpa por el canciller, Guillermo Pérez-Cadalso Arias, y la ministra de Cooperación, Brenie Matute, por parte de Honduras, y el Director General de Cooperación para Iberoamérica, Juan López-Dóriga, por España.
Como testigos de honor asistirán el vicepresidente hondureño, Vicente Williams, y el embajador de España acreditado en Tegucigalpa, Javier Nagore San Martín.
La reunión se enmarca en el Convenio Básico General de Cooperación Científico-Técnica entre Honduras y el Reino de España, suscrito el 8 de diciembre de 1981, y el Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica, de julio de 1994.
La delegación española la presidirán Juan López-Dóriga y el embajador Nagore San Martín, acompañados del subdirector general de Cooperación con México, América Central y el Caribe, Rafael Gamanzo, y el subdirector general de Programas y Convenios Culturales y Científicos, Miguel Utray.
En un comunicado, la Embajada de España indicó que ambos países ratificarán el alto nivel de satisfacción por las excelentes relaciones de amistad y el espíritu de estrecha colaboración con la que Tegucigalpa y Madrid desarrollan el programa de cooperación.
Además, se comprometerán a que las acciones acordadas en la V Reunión de la Comisión Mixta "tengan una responsabilidad compartida a lo largo del próximo cuatrienio".
Honduras recibe el 55 por ciento de la Cooperación Española destinada al desarrollo en Centroamérica.
La cooperación española a Honduras en los próximos cuatro años se centrará en justicia, seguridad, educación, fortalecimiento del desarrollo municipal, vulnerabilidad ecológica, turismo, descentralización y patrimonio histórico y cultural.

martes, 12 de marzo de 2002

Tratado de Doble Nacionalidad

Siguiendo el espíritu del Tratado de Doble Nacionalidad entre el Estado Español y la República de Honduras, según el cual "los hondureños y los españoles se encuentran plenamente identificados por lazos de tradición, sangre, cultura y lengua. [...] tal identificación hace que de hecho, los hondureños en España y los españoles en Honduras se sientan en su propia Patria", ha sido publicado el Protocolo adicional entre el Reino de España y la República de Honduras modificando el Tratado de Doble Nacionalidad de 15 de junio de 1966, hecho "ad referendum" en Tegucigalpa el 13 de noviembre de 1999.

Accede al texto íntegro del Protocolo en: http://www.boe.es/boe/dias/2002/12/03/pdfs/A42174-42174.pdf

Consulta igualmente el Canje de Notas de 8 de diciembre de 1993 y el Instrumento de ratificación del Tratado de Doble Nacionalidad entre el Estado Español y la República de Honduras.

viernes, 1 de febrero de 2002

Publicado: Las maquilas un ejemplo de la globalización

"No existe un acuerdo unánime acerca del momento en que aparecieron las maquilas en Centroamérica. En cualquier caso, es en los años 60 y 70 cuando se instalan las primeras plantas maquiladoras, amparadas por las transnacionales de Estados Unidos, pero su extensión y desarrollo se produce en la década de los 90 con la liberalización del comercio internacional y la mundialización de la economía.
En concreto es en el año 1974 cuando surgen las primeras zonas francas en El Salvador; en 1976 en Honduras; en 1980 en Guatemala y a mediados de los 80 en Costa Rica." (...)


La Fundació Pau i Solidaritat País Valencià - CCOO, acaba de publicar el Cuaderno n° 4 "Las maquilas un ejemplo de la globalización" dentro de la colección Cuadernos sobre la Deslocalización y la Organización Mundial del Comercio.


Accede al documento en http://www.pazysolidaridad.ccoo.es/imagenes/GeL%20Cuaderno%204.pdf